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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de mayo de 2007 344970 Unidad dependa del Despacho de la O fi cina General de Plani fi cación Agraria del Ministerio de Agricultura encargada de la formulación de las políticas nacionales del sector agrario, a fi n de mejorar la plani fi cación y la implementación de acciones, mediante una mejor comprensión de los temas; De conformidad con el artículo 118º, inciso 8) de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modi fi cación del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 051-2006-AG Modifíquese el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 051- 2006-AG conforme al siguiente texto: “Artículo 2º.- Dependencia La Unidad de Desarrollo del Seguro Agrario constituye una Unidad Funcional del Ministerio de Agricultura, dependiente del Despacho de la O fi cina General de Plani fi cación Agraria.” Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los diez días del mes de mayo del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 59200-1 Designan Viceministro de Agricultura RESOLUCIÓN SUPREMA N° 013-2007-AG Lima, 10 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 012-2007-AG, de fecha 4 de mayo de 2007, se aceptó con efectividad al 30 de abril de 2007, la renuncia de la ingeniera Vanessa Vereau Ladd al cargo de Viceministra de Agricultura; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley N° 25902 y Ley N° 27594; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al economista WALTER MILTON GUERRERO RODRIGUEZ en el cargo de Viceministro de Agricultura. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 59200-8 Designan Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur” adscrito al INRENA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 371-2007-AG Lima, 9 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28214 se declaró de necesidad pública, interés nacional y ejecución preferente, el Proyecto “Corredor Vial Interoceánico Perú - Brasil - IIRSA SUR”, el cual se busca constituir en el medio para la integración y desarrollo de las áreas y poblaciones en el ámbito de in fl uencia que comprende los departamentos de: Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna; Que, mediante Decreto Supremo Nº 113-2006-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento - CAF hasta por la suma de US$ 10 000 000 (diez millones de dólares americanos) destinados a fi nanciar el programa de Inversión del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur”; Que, mediante Ley Nº 28750 se autorizó la creación de la Unidad Ejecutora del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur” y su adscripción al Instituto Nacional de Recursos Naturales; Que, en el Anexo B del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur” establece que debe constituirse dos instancias, el Consejo Consultivo del Programa y el Comité de Coordinación de índole multisectorial, los mismos que han sido formalizados mediante Resolución Suprema N° 295-2006-PCM; Que, el Anexo B, anteriormente glosado, establece que previa convocatoria y preselección por el INRENA, y a partir de una terna de candidatos propuesta por el Comité de Coordinación integrado por Consejo Nacional del Ambiente quien lo preside, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Transportes Comunicaciones y el INRENA, el cargo de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora del Programa será designado por el Ministro de Agricultura; Que, mediante Carta N° 520-2007CONAM/PCD, el Consejo Nacional del Ambiente hace entrega del resultado de la evaluación efectuada a los candidatos preseleccionados por el INRENA, por lo que es necesario proceder a la designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo N° 560, Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Ing. Julio Fernando Alegría Galarreta como Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora del “Programa para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur” adscrito por Ley N° 28750 al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSE SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 58427-1 Inician procedimientos administrativos a personas naturales titulares de contratos de concesión forestal con fines maderables por presuntas contravenciones a la legislación forestal y de fauna silvestre RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 016-2007-INRENA-OSINFOR Lima, 19 de abril de 2007 VISTO: El Informe Técnico Legal Nº 015-2007-INRENA- OSINFOR-URAN-USEC, elaborado en forma conjunta por la Unidad de Regulación y Asuntos Normativos, y la Unidad de Supervisión, Evaluación y Control de la OSINFOR, que da cuenta de las posibles contravenciones a la legislación forestal en que habría incurrido el concesionario César Celso Simón Príncipe, titular del Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-067-02; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 6 de agosto de 2002, el Instituto Nacional de Recursos Naturales y el señor César Celso Simón Príncipe, suscriben el Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-067-02 para el aprovechamiento de los recursos forestales de las Unidades de Aprovechamiento Nos. 44 y 45, cuya super fi cie es de 12,500 ha ubicadas en el Bosque de Producción