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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de mayo de 2007 345721 ACUERDA: Artículo Primero.- Fijar la remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Barranco, en la suma de S/. 5,850.00 (Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) para el año fi scal 2007. Artículo Segundo.- Fijar en 30% de la remuneración mensual del Alcalde, el monto total que, por concepto de DIETAS, les corresponde percibir a los Regidores, por la asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, precisándose que serán solo dos (2) sesiones rentadas al mes, para el año fi scal 2007. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 005-2007-CDB Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración Financiera y O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 62131-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Autorizan viaje del Alcalde a Argentina para recibir la distinción “Gobernador Enrique Tomás Cresto” ACUERDO DE CONCEJO N° 041-2007 La Molina, 10 de mayo del 2007EL ALCALDE DE LA MOLINAVista, la invitación efectuada por la señora Laura Martínez Pass de Cresto, Senadora de la Nación Argentina, al Alcalde de La Molina, Ing. José Luis Dibos Vargas Prada, para viajar a la Republica Argentina para recibir la Distinción “Gobernador Enrique Tomas Cresto” por la labor desarrollada en la mejora de la Seguridad Ciudadana en el distrito, y por ser un “Líder para el Desarrollo”; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los Artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Estado, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es competencia de los gobiernos locales en materia de seguridad ciudadana, organizar el servicio de Serenazgo en su distrito así como coordinar las acciones de seguridad ciudadana con la Policía Nacional; Que, dentro del marco de estas competencias, la Municipalidad de La Molina, ha diseñado y aplicado una serie de políticas, directivas y estrategias para organizar e implementar un servicio de Serenazgo e fi ciente, conjugando el uso de la tecnología de punta en materia de seguridad ciudadana, la participación vecinal organizada y el apoyo de la Policía Nacional; Que, este trabajo organizado y plani fi cado ha permitido reducir sustancialmente los niveles de delincuencia en el distrito, brindando una sensación de seguridad a los vecinos molinenses así como a todas aquellas personas que circulan por el distrito, convirtiéndose esto en una experiencia exitosa pasible de ser replicada en otras ciudades; Que, en ese sentido constituye un verdadero orgullo para la Municipalidad de La Molina y para el Distrito, que el Gobierno Argentino luego de conocer nuestra experiencia en Seguridad Ciudadana, haya decidido distinguirla en la persona del Alcalde del Distrito con el premio “Gobernador Enrique Tomas Cresto” mereciendo además la cali fi cación de “Líder para el desarrollo”, por lo que es necesario que el Señor Alcalde acepte dicha invitación y distinción y asista en representación de toda la comunidad molinense a recibir tan alto honor; Que, mediante Memorando N° 172-2007-MDLM- GPP e Informe N° 072-2007/MDLM-GA la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Administración respectivamente, remiten el detalle del gasto que representan la participación del señor Alcalde en el evento en mención, el mismo que cuenta con la cobertura presupuestal correspondiente; Que, mediante Ley N° 27619 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM se regula el trámite de autorización de viaje al exterior para funcionarios y servidores públicos, debiendo expedirse el acto administrativo que autorice el viaje del Señor Alcalde así como el egreso que ocasione el mismo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje, que en comisión de servicios y representación de la municipalidad, realizará el Señor Alcalde del Distrito de La Molina, Ing. José Luis Dibos Vargas Prada a la Ciudad de Buenos Aires – Argentina , del 3 al 9 de junio del 2007, para recibir la distinción “Gobernador Enrique Tomas Cresto” otorgada en la sede del Senado Argentino e instituida por la Federación Argentina de Municipios, la Federación Latinoamericana de Ciudades, Municipios y Asociaciones de Gobiernos Locales y el Club Shalom. Artículo Segundo.- AUTORIZAR el egreso de US $ 1,448.15 (Mil cuatrocientos cuarenta y ocho y 15/100 dólares americanos) para cubrir los gastos de participación del Ing. José Luis Dibos Vargas Prada, Alcalde de La Molina, en el citado evento, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje Aéreo Lima – Buenos Aires –Lima US.$ 217.90 - TarifaCorpac 30.25 - Viáticos(seisdías) 1,200.00 ------------------------ Total US.$ 1,448.15 Artículo Tercero.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la especí fi ca del gasto correspondiente del Presupuesto Institucional del presente ejercicio fi scal. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración el cumplimiento de lo dispuesto de la presente resolución. Regístrese. comuníquese y cúmplase.LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 62110-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Disponen el Embanderamiento General de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003- 2007-MDSL San Luis, 17 de mayo de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS CONSIDERANDO: Que, el próximo 23 de mayo se conmemora el Trigésimo Noveno Aniversario de la Creación Política del distrito de San Luis, en la provincia de Lima; Que, en consecuencia, corresponde se ostente el Símbolo Patrio del Pabellón Nacional en la fachada de los inmuebles de la jurisdicción distrital; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo