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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de mayo de 2007 345717 investigar y castigar la discriminación hacia las mujeres. Que, el Decreto Regional Nº 002-2007-GR-LL/PRE, institucionaliza el Día 8 de marzo de todos los años, como Día Internacional de la Mujer, en la Región La Libertad. Que, en ocasión de celebrarse el 8 de marzo el Día Internacional de la Mujer, es necesario establecer las disposiciones especi fi cas en cuyo marco deberán implementarse las actividades orientadas a sensibilizar a la población en general sobre la importancia de promover acciones a favor de la igualdad entre mujeres y varones, en el marco de los derechos humanos que la Constitución del Perú con fi ere. Que, los literales c), f) y g) del Artículo 60º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establecen funciones de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades: “formular políticas, regular, dirigir, ejecutar promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia, política, familiar y sexual; promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades”, “formalizar y ejecutar políticas orientadas a la ejecución en el ámbito de su jurisdicción”. En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modi fi catoria Ley Nº 27902; Con el voto UNÁNIME de los señores integrantes del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR, el mes de marzo de cada año, como “El Mes de la Mujer”. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Social, despliegue las acciones pertinentes a fi n de dar cumplimiento a la presente ordenanza Artículo Tercero.- RECOMENDAR, a los Gobiernos Locales para que implementen la presente Ordenanza Regional en sus respectivas jurisdicciones. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR, a la Secretaría del Consejo Regional de La Libertad, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en el Diario de mayor circulación de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional La Libertad. POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la ciudad de Trujillo, sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil siete. JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 62054-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban viaje del Presidente del Gobierno Regional Lambayeque a Italia para participar en el seminario de lanzamiento del proyecto “Fronteras abiertas - Red Interregional para la cooperación transfronteriza y la integración latinoamericana” ACUERDO REGIONAL Nº 066-2007-GR.LAMB./CR Chiclayo, 16 de mayo de 2007 VISTO: La Carta de la Dirección del Centro Studi di Politica Internazionale – CeSPI de fecha 29.MAR.2007, y;CONSIDERANDO: Que, a través del documento del visto el Presidente del Centro Studi di Politica Internazionale – CeSPI efectúa invitación al Presidente del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque, Dr. Yehude Simon Munaro, para participar en el seminario de lanzamiento del proyecto “Fronteras abiertas – Red Interregional para la cooperación transfronteriza y la integración latinoamericana”, que tendrá lugar en la ciudad de Roma – República de Italia, entre los días 30 de mayo y 1 de junio del presente año, evento que forma parte de una serie de iniciativas que integran la III Conferencia Nacional sobre América Latina, organizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Italia, el Instituto Italo – Latinoamericano (IILA) y el Centro de Estudios de Política Internacional (CeSPI), el mismo que servirá para estrechar las relaciones entre el Gobierno Regional del departamento de Lambayeque y la República Italiana, así como a fi anzar los lazos de cooperación interregional los mismos que sin duda repercutirán favorablemente en favor de Lambayeque. Que, a este efecto, es necesario precisar que los gastos de estadía por el período señalado, así como los pasajes aéreos correspondientes que demande el referido viaje serán cubiertos por el CeSPI y el IILA, entidades organizadoras; razón por la que el mismo no demandará mayores gastos al Gobierno Regional de Lambayeque que no sean los gastos tributarios ordinarios correspondientes a salida al exterior. Que, a este efecto, las fechas en que el Presidente Regional deberá efectuar la comisión de servicios indicada corresponden al período que corre del 29 de mayo al 2 de junio del presente año, el mismo que deberá ser autorizado por el Consejo Regional a través de la disposición regional respectiva. Que, de conformidad con el Artículo 13º, inciso f) del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, se entiende por Comisión de Servicio, cuando un servidor es destinado para realizar acciones de servicio fuera de su centro de trabajo, ya sea en el país o en extranjero; lo que es concordante con los dispuesto por el Artículo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, conforme al cual la Comisión de Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos institucionales; Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2003-GR.LAMB/CR, modi fi cado por Ordenanza Regional Nº 020-2003-GR.LAMB/CR, prevé en su Artículo 12º, inciso 1., que es atribución del Consejo Regional de Lambayeque autorizar los viajes por comisión de servicios del Presidente Regional; Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, en su Artículo 15º, inciso k), infi ne, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores serán aprobados mediante Acuerdo del Consejo Regional, la misma que deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, de conformidad con el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37°, inciso a) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 15.MAY.2007; SE ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR el viaje en comisión de servicio del Presidente del Gobierno Regional Lambayeque, Dr. Yehude Simon Munaro, a la ciudad de Roma – República Italiana por los días 29 de mayo al 2