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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2007 (20/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de mayo de 2007 345706 americanos). La donación fue destinada a Socios en Salud - Sucursal Perú, para uso del Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de las Estrategias DOTS-PLUS en el Perú 2001-2005, suscrito entre: el Ministerio de Salud del Perú, el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social Escuela de Medicina de Harvard, Boston USA y Socios en Salud - Sucursal Perú. Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por International Dispensary Association (IDA) a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por International Dispensary Association (IDA) a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU consistente en 187 bultos conteniendo 331,300 tabletas de Cipro fl oxacin 500 mg., 5,192 unidades de PAS sodium granules 60% (p-aminosalicylate sodium) x 100 gr., 120,600 cápsulas de Cycloserine 250 mg., y 181,100 tabletas de Amoxicillin 500 mg. + Clavulanic acid 125 mg., con un peso bruto manifestado de 2,143.00 kilos y un peso bruto recibido de 2,078.70 kilos, según Volante de Despacho Nº 00841683 de fecha 15-Feb-04, y valorizados en US$ 149,784.44 (Ciento cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y cuatro y 44/100 Dólares americanos). La donación fue destinada a Socios en Salud - Sucursal Perú, para uso del Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de las Estrategias DOTS-PLUS en el Perú 2001-2005, suscrito entre: el Ministerio de Salud del Perú, el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social Escuela de Medicina de Harvard, Boston USA y Socios en Salud - Sucursal Perú. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 61053-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0504/RE Lima, 4 de mayo de 2007Vistos, los Expedientes Nº 15080-2005 y Nº 9291- 2006, presentados por la asociación SOCIEDAD PERUANA DE LA CRUZ ROJA - CRUZ ROJA PERUANA, mediante los cuales solicitan la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de THE GABRIELE CHARITABLE TRUST, con sede en 6901 Lugano - Suiza; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación SOCIEDAD PERUANA DE LA CRUZ ROJA - CRUZ ROJA PERUANA se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA, que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Acta de Donación de fecha 6 de diciembre de 2004, legalizada por el Consulado General del Perú en la ciudad de Zurich - Suiza, se observa que THE GABRIELE CHARITABLE TRUST, ha efectuado una donación a favor de la asociación SOCIEDAD PERUANA DE LA CRUZ ROJA - CRUZ ROJA PERUANA; Que, el bien donado consiste en 1 ambulancia marca Ford, año de fabricación 2000, motor Nº 1FDSS34F9YHA30772, chasis Nº 1FDSS34F9YHA30772, color amarillo, 8 cilindros, con un valor FOB de US$ 21,000.00 (Veintiún mil y 00/100 dólares americanos) con un peso manifestado de 2,900 kilos y un peso recibido de 3,030.00 kilos, amparada con DUA 118-2005-10-040793-00 que será destinada a la Filial Nazca de la Cruz Roja Peruana; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por THE GABRIELE CHARITABLE TRUST, a favor de la asociación SOCIEDAD PERUANA DE LA CRUZ ROJA - CRUZ ROJA PERUANA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por THE GABRIELE CHARITABLE TRUST, a favor de la asociación SOCIEDAD PERUANA DE LA CRUZ ROJA - CRUZ ROJA PERUANA, el bien donado consiste en 1 ambulancia marca Ford, año de fabricación 2000, motor Nº 1FDSS34F9YHA30772, chasis Nº 1FDSS34F9YHA30772, color amarillo, 8 cilindros, con un valor FOB de US$ 21,000.00 (Veintiún mil y 00/100 dólares americanos) con un peso manifestado de 2,900 kilos y un peso recibido de 3,030.00 kilos, amparada con DUA 118-2005-10-040793-00 que será destinada a la Filial Nazca de la Cruz Roja Peruana. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 61053-3