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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2007 (21/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de mayo de 2007 345752 adjudicación y suscrito los contratos de supervisión de obras. Artículo Cuarto.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano y otro de mayor circulación Regional . POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 62112-3 Solicitan al Presidente Regional informe sobre el Régimen Laboral y remunerativo de los Funcionarios y Servidores en el Gobierno Regional de Lima ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 028-2007-CR/GRL Huacho, 10 de abril de 2007 VISTOS : El pedido de la Consejera Regional por la Provincia de Huaura, doctora Marianela Junco Barrera, por medio del cual solicita la revisión del Régimen Laboral y Remunerativo en el Gobierno Regional de Lima; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por la Ley Nº 27902, siendo sus atribuciones tal como lo dispone el inciso a) del artículo 15 de la referida ley, de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten sus asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, en la sesión ordinaria del Consejo Regional de Lima, llevada a cabo en la ciudad de Huaral, el 2 de abril del año en curso, en la estación de pedidos que luego pasarán a la Orden del Día, la Consejera Regional por la Provincia de Huaura, doctora Marianela Junco Barrera, solicitó la revisión del Régimen Laboral y remunerativo en el Gobierno Regional de Lima, que luego de escuchado a las Consejeras y los Consejeros y con el voto unánime de sus integrantes; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA: Artículo Unico.- SOLICITAR al Presidente del Gobierno Regional de Lima, un informe sobre el Régimen Laboral y remunerativo de los Funcionarios y Servidores, en el Gobierno Regional de Lima. POR TANTO:Mando se registre, comunique y publique.NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 62112-4 Expresan voto de confianza al Presidente del Gobierno Regional ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 029 -2007-CR/GRL Huacho, 3 de mayo de 2007VISTO Y OIDO: el Informe del Presidente del Gobierno Regional de Lima, Ingeniero Nelson Oswaldo Chui Mejía, sobre los primeros noventa días de su gestión, los cuales fueron declarados en emergencia mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 001-2007-CR/GRL de fecha 3 de enero del año en curso; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo yfi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por la Ley Nº 27902, siendo sus atribuciones tal como lo dispone el inciso a) del artículo 15º de la referida ley, de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten sus asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, por Acuerdo de Consejo Regional Nº 001-2007- CR/GRL de fecha 3 de enero del 2007, se declaró en emergencia la Región Lima por el período de noventa días calendario con las facultades de ley al Presidente Regional, con cargo a dar cuenta al Consejo Regional, por lo que en cumplimiento del citado Acuerdo de Consejo, en sesión extraordinaria del Consejo Regional de Lima, llevada a cabo en la ciudad de Huacho el 24 de abril del 2007, luego de recibido el informe del Presidente Regional de Lima, escuchado a los señores Consejeros y señoras Consejeras Regionales, y con el voto unánime de sus integrantes; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA:Artículo Unico.- DAR UN VOTO DE CONFIANZA al Presidente del Gobierno Regional de Lima. POR TANTO:Mando se registre, comunique y publique.NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 62112-5 Remiten a comisión la revisión del Régimen Laboral y remunerativo de los Funcionarios y Servidores en el Gobierno Regional de Lima ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 030-2007-CR/GRL Huacho, 3 de mayo de 2007 VISTOS: El pedido de la Consejera Regional por la provincia de Huaura, doctora Marianela Junco Barrera, por medio del cual solicita la revisión del Régimen Laboral y remunerativo en el Gobierno Regional de Lima, habiéndose recibido el Informe del Subgerente Regional de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa