Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2007 (21/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 21 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345745

CONSIDERANDO: Que el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005EF, senala que para la declaracion de la base imponible de los derechos arancelarios y demas tributos aduaneros, los valores se expresaran en dolares de los Estados Unidos de America; Que asimismo el tercer parrafo del citado articulo senala que en el caso de valores expresados en otras monedas extranjeras, estos se convertiran a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA debiendose establecer un mecanismo de difusion que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipacion los factores de conversion monetaria: Que teniendo en cuenta lo senalado anteriormente resulta necesario actualizar los factores de conversion establecidos en la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 212-2007-SUNAT/A, considerando los factores fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros; En uso de las facultades conferidas por el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, por el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 1152002-PCM y por Resolucion de Superintendencia Nº 1222003/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijese los factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible a que se refiere el tercer parrafo del articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Nº 0112005-EF, de acuerdo al detalle siguiente:
MORDAZA Union Europea Angola MORDAZA MORDAZA Aruba Australia Bolivia Brasil Bulgaria Canada MORDAZA China Republica Popular de Colombia Corea Republica de Dinamarca Ecuador Filipinas Guatemala Hong MORDAZA MORDAZA Indonesia Japon Malasia, Federacion de Mexico Nigeria Noruega Panama MORDAZA Reino Unido (Inglaterra) Rusia Federacion de Suecia Suiza Tailandia Taiwan (China Nacionalista) MORDAZA y Tobago Turquia Ucrania Venezuela Viet Nam MONEDA MORDAZA DE CAMBIO ($) MORDAZA 1.364800 Kwanza 0.012541 Dinar Argelino 0.014235 Peso MORDAZA 0.323625 Florin Arubeno 0.558659 Dolar Australiano 0.832570 Boliviano 0.125945 Real 0.493024 Lev 0.698519 Dolar Canadiense 0.900982 Peso MORDAZA 0.001904 Yuan 0.129786 Peso Colombiano 0.000476 Won 0.001075 MORDAZA MORDAZA 0.183197 Sucre 0.000040 Peso de Filipinas 0.021110 MORDAZA 0.130804 Dolar de Hong MORDAZA 0.127864 Rupia de la MORDAZA 0.024366 Rupia de Indonesia 0.000110 Yen Japones 0.008368 Dolar Malasio o Ringgit 0.292398 MORDAZA Peso Mexicano 0.091241 MORDAZA 0.007849 MORDAZA Noruega 0.168056 Balboa 1.000000 Guarani 0.000196 Libra Esterlina 1.999500 Rublo 0.038927 MORDAZA MORDAZA 0.149296 MORDAZA Suizo 0.828295 Baht 0.030581 MORDAZA Dolar de Taiwan 0.030020 Dolar de MORDAZA y 0.159744 Tobago MORDAZA 0.733676 Hryvnia 0.199641 MORDAZA Venezolano 0.000466 Dong 0.000062

Articulo 2º.- Los factores a que se refiere el articulo anterior deberan ser utilizados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 61764-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2008
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2007-CR/RL POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 27 de MORDAZA del 2007; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 191º senala que "los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones"; asimismo que, "la estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Presidente como organo ejecutivo, y el Consejo de Coordinacion Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como organo consultivo y de coordinacion con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les senala la ley"; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, senala en su Articulo 18º, numeral 18.2 que "los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector publico como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperacion internacional", precisando su Articulo 20º, numerales 20.1 y 20.2, que "los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados"; asi tambien, que "los presupuestos de inversion se elaboran y ejecutan en funcion a los planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados conforme a lo previsto en esta Ley, sujetandose a las normas tecnicas del Sistema Nacional de Inversion Publica"; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 27902, establece en su Articulo 11º-B, en sus incisos a) y b) senala que "los miembros del Consejo de Coordinacion Regional emiten opinion consultiva, concertando entre si, sobre: a) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; y, b) El Plan de Desarrollo Regional Concertado"; Que, la misma Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su Articulo 15º, incisos b y c, establecen como atribucion del Consejo Regional "aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional" y, "aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal"; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en su Articulo 1º define el MORDAZA del

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