Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2007 (12/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de noviembre de 2007

localidades afectadas por el sismo del 15 de Agosto y declaradas en emergencia, a utilizar, previa aprobacion del Concejo Municipal, los recursos que perciben por ingresos provenientes de canon, sobre canon y regalia minera a que se refiere la Ley Nº 28528 para destinarlos exclusivamente a la asistencia y ayuda de la poblacion damnificada por dicho desastre natural y asi como la reconstruccion, rehabilitacion y reparacion de la infraestructura afectada. Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el articulo VIII la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala que los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, de acuerdo al articulo 32º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades es inherente a su gestion la funcion de brindar los servicios asegurando el equilibrio presupuestario de la Municipalidad. Que mediante Acuerdo de Concejo Regional Nº 0332007-GORE-Ica se declara en situacion de emergencia el territorio de la Region Ica. Que, mediante el inf.rme Nº 05-2007-GM/MDPN de fecha 29 de Octubre de 2007 de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 1835-2007/DO-MDPN de fecha 18 de Octubre del 2007 del Departamento de Obras dan cuenta que la ayuda que se viene recibiendo de las entidades particulares no permite solucionar la apremiante necesidad de remocion de escombros y limpieza de calles y avenidas del distrito, habiendo transcurrido mas de sesenta dias del desastre sin poder solucionar esta situacion; y por tanto existe la urgente necesidad de realizar la remocion de escombros, limpieza de las avenidas y calles del distrito, y la eliminacion de desmonte producidos que se estiman en mas de 106,740 m3, calculando su eliminacion en 60 dias calendario . Que la situacion descrita pone en riesgo fisico y sanitario a la poblacion del distrito, asi mismo atenta contra el libre MORDAZA, la actividad economica y la posibilidad de iniciar la reconstruccion de las zonas afectadas. Que, los informes de Gerencia Municipal y el Departamento de Obras senalan que es apremiante contar con el servicio de maquinarias y equipos que en forma oportuna que puedan atender la emergencia y ayudar a las poblaciones afectadas, Que, la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA suscribio el Convenio de Cooperacion con la ONG THE SAVE THE CHILDREN FUND a efectos de que se sufrague parte de los gastos que ocasionaria dicho servicio como donacion no reembolsable hasta por un monto de S/. 201,500.00; la misma que se MORDAZA efectiva una vez efectuado y cancelado el servicio por parte de esta Municipalidad. Que mediante informe Nº 063-2007-OPP/MDPN de fecha 29 de Octubre de 2007 la Oficina de Planificacion y Presupuesto da cuenta sobre la modificacion Presupuestal necesaria a efectos de atender los servicios de remocion de escombros que requiere esta comuna hasta por la suma de S/. 503,000.00 en los rubros 07 Fondo de Compensacion Municipal y 18 Canon y Sobre canon, segun anexo que forma parte del presente Acuerdo de Concejo. Que, mediante Informe Legal Nº 020-AJ/MDPN de fecha 29 de Octubre 2007 opina sobre la viabilidad a traves de Acuerdo ce Concejo segun lo dispuesto en lo articulos 19º al 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo Nº 142 de su Reglamento, que establece que las medidas a adoptar deben prever la atencion y satisfaccion de la necesidad sobrevenida. Que, senala el Informe de Asesoria Juridica que ante esta situacion el MORDAZA legal vigente en materia

de contrataciones y Adquisiciones del estado, permite adecuarse a la exoneracion de Procesos de Seleccion a traves de la declaratoria de Situacion de emergencia, y estando al MORDAZA de las citadas normas es procedente que el Concejo Municipal, apruebe la contratacion del servicio de eliminacion de escombros con el uso de maquinarias pesadas y volquetes, hasta por un Monto de S/. 503,000.00 (Quinientos Tres Mil con 00/100 Nuevos Soles) por exoneracion bajo causal de situacion de emergencia, Estando a lo expuesto y de conformidad con los articulo 9º, 32º y 74º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y lo previsto en los articulos 19º a 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo Nº 142º de su Reglamento; y demas normas pertinentes con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta. SE ACORDO: Articulo 1º.- Se declare en situacion de emergencia los servicios de remocion de escombros, limpieza de las avenidas y calles, y eliminacion de desmonte del distrito de Pueblo MORDAZA, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, por un periodo de 60 dias. Articulo 2º.- En ejecucion de las acciones que corresponda adoptarse por el Estado de emergencia a nivel del ambito distrital de Pueblo MORDAZA, declarar de urgente necesidad la contratacion de los servicios que se requieran para afrontar la situacion de emergencia que corresponde a los servicios de remocion de escombros en el territorio del Distrito de Pueblo MORDAZA, Provincia de Chincha, departamento de Ica, por el periodo precisado en el articulo primero de esta norma. Articulo 3º.- Aprobar en via de regularizacion una modificacion Presupuestal de S/. 503,000.00 (Quinientos Tres Mil con 00/100 Nuevos Soles) en los rubros 07 Fondo de Compensacion Municipal y 18 Canon y Sobre canon, segun anexo que forma parte del presente Acuerdo de Concejo Articulo 4º.- Aprobar en via de regularizacion la exoneracion del MORDAZA de Seleccion que corresponda a la contratacion del Servicio de remocion de escombros, con el uso de maquinaria pesada y volquetes en el Distrito de Pueblo MORDAZA hasta por un Monto de S/. 503,000.00 (Quinientos Tres Mil con 00/100 Nuevos Soles) que se efectuaran conforme a los procedimientos establecidos en los articulos 19º, 20º y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y 142º de su Reglamento, con cargo a las MORDAZA de Financiamiento: Fondo de Compensacion Municipal, Canon y Sobre canon. Articulo 5º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA realizar todas las acciones y tramites conducentes a la formalizacion, ejecucion y/o regularizacion de las contrataciones descritas en el numeral 4º del presente Acuerdo conforme a los procedimientos establecidos en los articulos 19º, 20º y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 142º de su Reglamento. Articulo 6º.- Encargar a la Secretaria de la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano conforme lo dispone el inciso c) del articulo 20º del Decreto Supremo Nº 03-2004-PCM, y se remita una MORDAZA del mismo y los Informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado dentro de los plazos establecidos en la Ley. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 130061-1

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