Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2007 (12/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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CAPITULO III MODALIDADES

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de noviembre de 2007

Articulo 12º.- AUTORIZACION MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES COMERCIALES EN LA VIA PUBLICA CON O SIN MODULO. Documento que se otorga a los comerciantes de la via publica, con una vigencia de 01 (un) ano. Al culminar el termino, caduca de pleno derecho. Se otorgara a aquellas personas que figuran en los padrones de la Municipalidad. Articulo 13º.- AUTORIZACION MUNICIPAL PARA REALIZAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN LA VIA PUBLICA EN FORMA TEMPORAL. Documento que se otorga a los comerciantes de la via publica, con una vigencia de 30 (treinta) dias; para participar en forma diaria como expositor artesanal, para la venta de productos en la Rotonda del MORDAZA Central; o como expositor-vendedor de pinturas y esculturas en el Pasaje de los Pintores del mencionado MORDAZA solo los fines de semana y dias feriados. Asimismo, excepcionalmente por MORDAZA, se otorgara autorizacion por un periodo de 90 (noventa) dias, para la venta de helados en triciclos en las playas y en la ciudad; asi como, la venta de golosinas, gaseosas envasadas, raspadillas o sandwiches, por campanas en las playas. Articulo 14º.- AUTORIZACION MUNICIPAL PARA REALIZAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN LA VIA PUBLICA EN FORMA EVENTUAL. Documento que se otorga a los comerciantes de la via publica para promocion y venta en modulos, en los perimetros de los mercados en el distrito, con una vigencia que no excedera de 05 (cinco) dias. Al culminar el termino, caduca de pleno derecho. No hay prorroga expresa ni tacita. CAPITULO IV REQUISITOS

viviendas ni predios colindantes se procedera a emitir un informe tecnico que garantice el cumplimiento de las normas senaladas en la presente Ordenanza. 2.- MORDAZA simple de carne de Sanidad vigente y extendido por autoridad competente, en caso de comercializar productos para el consumo humano. 3.- Entrega de 2 (dos) fotografias actuales, fondo MORDAZA y tamano carne. Ingresada la solicitud, la Municipalidad de oficio, efectuara la verificacion correspondiente, con informe de la Asistenta Social, de ser el caso. AUTORIZACION MUNICIPAL PARA REALIZAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN LA VIA PUBLICA EN FORMA TEMPORAL Y AUTORIZACION MUNICIPAL PARA REALIZAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN LA VIA PUBLICA EN FORMA EVENTUAL: 1.- Acreditar el giro que se comercializara 2.- Entrega de 02 (dos) fotografias actuales, fondo MORDAZA y tamano carne. Articulo 17º.- EVALUACION SOCIO ECONOMICA Para la Autorizacion Municipal, la Municipalidad podra otorgar la misma sobre la base de la verificacion de la condicion socioeconomica del solicitante, realizada por la Gerencia de Salud y Promocion Social o la que haga sus veces. Si de la evaluacion socioeconomica, se comprobara que el solicitante o su conyuge, o conviviente o alguna persona ligada al primero hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad, es titular de una o mas autorizaciones municipales para el desarrollo de actividades comerciales en la via publica de Miraflores, adicionalmente a la que tramita, o que es conductor o titular de una Autorizacion Municipal de funcionamiento dentro o fuera del distrito, la solicitud sera declarada improcedente. En todos los casos, el solicitante no debera poseer capital que exceda al importe equivalente a 02 (dos) Unidades Impositivas Tributarias. CAPITULO V

Articulo 15º.- REQUISITOS GENERALES PARA LA OBTENCION DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL. Son requisitos generales a todos los procedimientos para obtener Autorizacion Municipal para el desarrollo de actividades comerciales en la via publica los siguientes: 1. Solicitud de Declaracion Jurada que incluya el carecimiento de contar con antecedentes penales, desempenar el comercio ambulatorio como unica ocupacion economica y de no mantener parentesco, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad, con otro comerciante que cuente con autorizacion o se encuentre tramitandola. 2. MORDAZA del Documento Nacional de Identidad. 3.- Pago por derecho de tramite correspondiente. 4.- Carta de compromiso de someterse a reubicacion, si existiese queja vecinal. 5.- Croquis de la ubicacion exacta de su modulo. Articulo 16º.- REQUISITOS PARTICULARES A CADA PROCEDIMIENTO Adicionalmente a los requisitos generales senalados en el Articulo 15º de la presente Ordenanza, segun el MORDAZA de procedimiento, se debera presentar: AUTORIZACION MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES COMERCIALES EN LA VIA PUBLICA CON O SIN MODULO: 1.- Documento que contenga nombres y apellidos completos, numero de DNI, direccion y firma de vecinos de ambos frentes de la cuadra en la cual pretende su locacion, con un minimo de cincuenta (50) metros de distancia por lado, sobre la misma via, en apoyo de la ubicacion del modulo que conducira. En caso no existan

PROCEDIMIENTOS Articulo 18º.- PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR LA AUTORIZACION MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES COMERCIALES EN LA VIA PUBLICA. Los pasos a seguir para la tramitacion de la Autorizacion Municipal para el desarrollo de actividades comerciales en la via publica son: 18.1 En el modulo de la plataforma de atencion al publico, se verificara que el solicitante cumpla con los requisitos exigidos en la presente Ordenanza. 18.2 Suscrita la solicitud de Declaracion Jurada de Uso de la Via Publica se ingresara la misma, a traves de la Mesa de Partes de la Unidad de Tramite Documentario, conjuntamente con los requisitos establecidos en los Articulos 15º y 16º de la presente Ordenanza y posteriormente se: - Programara la inspeccion ocular administrativa de verificacion de ubicacion del modulo en donde se determinara si la solicitud puede o no ser atendible. - Se emitira la Resolucion correspondiente de procedencia o improcedencia, de acuerdo al resultado de la inspeccion con lo que concluye el procedimiento administrativo. Articulo 19º.- DENEGACION DE AUTORIZACION MUNICIPAL. Se denegara la Autorizacion Municipal a quien no cumpla con la MORDAZA de los requisitos establecidos en los Articulos 15º y 16º de la presente Ordenanza. La Municipalidad no esta obligada, en todos los casos, a conceder Autorizacion Municipal a quien recurra a

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