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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (12/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de noviembre de 2007 357385 Habilitación Urbana Nueva, solicitada por el señor RENÁN OCTAVIO AGUILAR SÁNCHEZ; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución de Gerencia Nº 00047 (fs. 101 y 102) de fecha 23 de julio de 2007, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate se resuelve aprobar de acuerdo con el Plano signado con el Nº 029-2007-SGPUC-GDU/MDA, la Habilitación Urbana Nueva, para Uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno de 24,319.00 m² de área, constituido por parte del Lote 82-A del Fundo “La Estrella”, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, de la revisión de autos se ha verifi cado que el terreno materia del presente trámite, se encuentra inscrito en la Partida Nº 07025456 del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX-Sede Lima (fs. 03); Que, con Informe Nº 201-2007-MML-GDU-SPHU- DRD (fs. 115 al 117) de fecha 24 de setiembre de 2007, la División de Revisión de Diseño de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, concluye que la presente Habilitación Urbana Nueva para Uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno de 24,319.00 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Ate, mediante la Resolución de Gerencia Nº 00047, de fecha 23 de julio de 2007, cumple los Planes Urbanos respecto a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios de conformidad a lo establecido en las Ordenanzas Nº 157-MML, Nº 341-MML y Nº 836-MML; Que, mediante Informe Nº 298-2007-MML-GDU-SPHU- AL (fs. 118 y 119) de fecha 25 de setiembre de 2007, la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, manifi esta que de acuerdo a la evaluación técnica se determina que la presente Habilitación Urbana cumple con los Planes Urbanos, respecto a zonifi cación, vías y los aportes reglamentarios; por lo que en cumplimiento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 00047 de fecha 23 de julio de 2007, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate; Que, mediante Resolución N° 33-2006-MML-GDU de fecha 29 de marzo de 2006, se resuelve delegar la competencia administrativa para la emisión de Resoluciones en los procedimientos de Ratifi cación de las Resoluciones de Habilitaciones Urbanas emitidas por las Municipalidades Distritales a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño y la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y Leyes N° 27444, N° 26878, Ordenanzas Metropolitanas Nº 157, Nº 341, Nº 836, Nº 812, Nº 916, Decreto de Alcaldía Nº 079 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE:Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD, de la Resolución de Gerencia Nº 00047 de fecha 23 de julio de 2007, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate resolviendo aprobar, de acuerdo con el Plano signado con el Nº 029-2007-SGPUC-GDU/MDA, la Habilitación Urbana Nueva, para Uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno de 24,319.00 m² de área, constituido por parte del Lote 82-A del Fundo “La Estrella”, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo 2°.- NOTIFICAR, la presente Resolución al señor RENÁN OCTAVIO AGUILAR SÁNCHEZ; y a la Municipalidad Distrital de Ate, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR, por agotada la vía administrativa, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- OFICIAR, a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral - Sede Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, Instituto Metropolitano de Planifi cación, EMILIMA y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, remitiendo copia de esta Resolución, para su conocimiento yfi nes pertinentes. Acorde a sus competencias. Artículo 5°.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo del administrado, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 129455-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Aprueban beneficio tributario de actualización predial y amnistía tributaria ORDENANZA Nº 285-MDB Barranco, 25 de octubre del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por cuanto, El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Memorándum Nº 150-2007-GAT-MDB y el Informe Nº 058-2007-GAT-MDB, emitidos por la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 327-07-OAJ-MDB, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y el Dictamen Nº 005-2007-CRAF-CDB/MDB, respecto al proyecto de Ordenanza que aprueba Benefi cio Tributario de Actualización Predial y Amnistía Tributaria 2007; CONSIDERANDO:Que, la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales pueden crean, modifi car sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el último párrafo del artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, establece que, excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administran. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, existe el pedido de diversas Organizaciones Vecinales y contribuyentes que desean acogerse a benefi cios tributarios que les permita regularizar sus adeudos de años anteriores; De conformidad con el numeral 8, del artículo 9º, de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal; y el T.U.O. del Código Tributario; con dictamen favorable de la Comisión de Rentas, Administración y Finanzas; con el voto mayoritario de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIO TRIBUTARIO DE ACTUALIZACIÓN PREDIAL Y AMNISTÍA TRIBUTARIA TÍTULO I DEL OBJETIVO, ALCANCES, BASE LEGAL Artículo Primero.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza se otorga en toda la jurisdicción del distrito