Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2007 (16/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2007

ser renovado automaticamente por un periodo igual, con el pago de los correspondientes derechos de pesca, siempre que se mantenga la vigencia de los requisitos presentados para la obtencion del permiso de pesca, conforme a lo establecido en el numeral 7.3 del articulo 7º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE. Articulo 3°.- Las operaciones que se autorizan a traves de la presente resolucion, estan sujetas a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE, asi como las normas sobre sanidad y medio ambiente y; demas que le MORDAZA aplicables. Articulo 4°.- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcacion pesquera a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion Directoral, esta condicionado a llevar a bordo a un observador de la Comision Interamericana de Atun Tropical (CIAT) encargado de efectuar las investigaciones cientificas y apoyo en el control de las operaciones de pesca, conforme a lo establecido en el numeral 9.1 del articulo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del atun, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE. Asimismo supeditado a la instalacion del Sistema de Seguimiento SatelitalSISESAT a bordo de la referida embarcacion, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2006PRODUCE. Articulo 5°.- El armador propietario de la embarcacion materia del presente procedimiento, debera contratar como minimo el 30% de tripulantes peruanos, sujetandose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables, conforme a la legislacion nacional, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 9.4 del articulo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE. Articulo 6°.- Terminada la vigencia del permiso de pesca otorgado mediante la presente resolucion, la empresa pesquera a traves de su representante legal en el MORDAZA, debera entregar mediante declaracion jurada expresa a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la captura realizada por la embarcacion pesquera por especies y expresadas en toneladas, para fines estadisticos del Ministerio de la Produccion. Articulo 7°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, sera causal de caducidad del permiso de pesca o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25977Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Articulo 8°.- La Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, del Ministerio de la Produccion, efectuara las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumplimiento del derecho administrativo otorgado a traves de la presente resolucion; debiendo informar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, para las acciones a que MORDAZA lugar. Articulo 9°.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, impedira que la embarcacion a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion, abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca, registrara alguna obligacion pendiente frente al Ministerio de la Produccion, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente resolucion. Articulo 10°.- La autorizacion que se otorga por la presente resolucion no exime al recurrente de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demas dependencias de la Administracion Publica. Articulo 11°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 132458-6

SALUD
Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Investigacion de la Oficina General de investigacion y Transferencia Tecnologica del Instituto Nacional de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 955-2007-MINSA MORDAZA, 13 de noviembre del 2007 Visto la renuncia presentada por el medico cirujano Fredy MORDAZA Canchihuaman MORDAZA y el Oficio Nº 18542007-J-OPD/INS; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 063-2007/ MINSA del 17 de enero de 2007, se designo al medico cirujano Fredy MORDAZA Canchihuaman MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Investigacion de la Oficina General de Investigacion y Transferencia Tecnologica del Instituto Nacional de Salud; Que, resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por el mencionado funcionario; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; articulo 77º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM y articulo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el medico cirujano Fredy MORDAZA CANCHIHUAMAN MORDAZA, al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-3, de la Oficina Ejecutiva de Investigacion de la Oficina General de Investigacion y Transferencia Tecnologica del Instituto Nacional de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 132456-2

Aceptan renuncia de Director de la Direccion de Atencion Integral de Salud de la Direccion General de Salud de las Personas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 956-2007/MINSA MORDAZA, 13 de noviembre del 2007 Visto la renuncia del medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pena y el Memorandum Nº 4039-2007-DGSP/ MINSA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 015-2005/ MINSA del 11 de enero de 2005, se designo al medico

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