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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de noviembre de 2007 358205 Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, en su Art. 19° literal f) regula la exoneración para los procesos de selección, cuando las adquisiciones y contrataciones se realicen por Servicios Personalísimos y de acuerdo a lo que establezca el Reglamento. Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, en su artículo 145°, establece que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científi cos o tecnológicos; procede la exoneración por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores. Que, los acuerdos que aprueben exoneraciones a los procesos de selección, al amparo del Art. 145° del Reglamento de la Ley, requiere de un Informe Técnico- Legal previo, que contenga la justifi cación de la procedencia y necesidad de la exoneración. Que, por lo señalado en los considerandos precedentemente, se requiere contratar a una empresa especializada en materia tributaria para que asuma el proceso de fi scalización de los contribuyentes del Distrito, para los ejercicios fi scales correspondientes según ley, cuya contratación será previa exoneración del proceso de selección, por la casual de servicios personalísimos. Que, según Informe N° 001 -2007-ALE-MDP del 15 de agosto del 2007 de la Asesoría Legal Externa de la Municipalidad de Palca, el mismo que contiene la justifi cación técnica y legal de la contratación de la empresa, así como la necesidad de la exoneración del proceso de selección y contempla los criterios económicos de costos y oportunidad. Que, los acuerdos son normas que contienen decisiones que toma el Concejo Municipal mediante las que se puede regular asuntos específi cos de interés tanto público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano, como es la Municipalidad, para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo por mayoría y con dispensa del Tramite de Lectura del Acta. SE ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar el Informe N° 001-2007- ALE-MDP, que motiva el presente acuerdo, dejándose sin efecto cualquier acuerdo o disposición que se oponga al presente. Artículo Segundo.- Exonerar del Proceso de Selección, para celebrar el Contrato de Locación de Servicios Personalísimos con la Empresa S.J.T. Consultores del Perú S.A.C. para que se encargue del Asesoramiento, Investigación y Recuperación del cobro de las deudas tributarias municipales a ejercicios fi scales correspondientes según ley. Artículo Tercero.- Remitir copia del Acuerdo e Informe a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) para su conocimiento Artículo Cuarto.- Ordenar la publicación del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal para los efectos de ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DANIEL EDGAR AMERI SANTOS Alcalde 135390-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UCHIZA Aprueban habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 300-2007-MDU Uchiza, 25 de octubre del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UCHIZA VISTO: El Expediente Nº 3349-01, promovido por EMPRESA PALMAS DEL ESPINO S.A., representado por su Gerente General Ronald M. Campbell García, solicitando Habilitación Urbana de Ofi cio del Terreno Lote acumulado denominado Santa Lucía, con un área de 230,000.00 m2, con zonifi cación C2, Comercio Vecinal y R4 Residencial de Densidad Media, ubicado en el sector denominado Chontayacu, del Distrito de Uchiza, Provincia de Tocache, Departamento de San Martín. CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 011 – 2005 – VIVIENDA, que modifi ca el Reglamento de la Ley de Regularización de Edifi caciones, Incorpora la Décima Sétima Disposición transitoria del Reglamento de la Ley Nº 27157, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008 – 2000 – MTC, prevé la Habilitación Urbana de Ofi cio, señalando que las Municipalidades Provinciales en el ámbito del cercado y las Distritales en su Jurisdicción, identifi carán los predios ubicados en zonas urbanas consolidadas, que se encuentran como Urbanos en la Municipalidad e Inscritos como Rústicos en el Registro de Predios de Cambio de uso de rústico a urbano, acto este que será gestionado por el propietario. Que, Ronald M. Campbell García, Gerente General de la EMPRESA PALMAS DEL ESPINO S.A., solicita la Habilitación Urbana de Ofi cio del Terreno ubicado en el sector denominado Chontayacu, del Distrito de Uchiza desarrollando sobre el terreno de 230,000.00 m2. lote acumulado denominado Santa Lucía inscrito en la Ficha Nº 143 del Registro de la Propiedad Inmueble de Juanjui, adjuntando documentos de acuerdo al Artículo 10º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Decreto Supremo Nos. 010 y 011 – 05 - VIVIENDA. Que, el recurrente presenta el plano de Lotización, al cual se le asigna el plano Nº L – 01 – Lotización “Palmas del Espino S.A.” – 2007, el mismo que ha sido visado por la Dirección de Obras y el Verifi cador común de la SUNARP, Ing. Juan R. Barthelmess Barnuevo; Que, así mismo ha cumplido con cancelar mediante los recibos de pago en caja Nos: 0001891, los conceptos de Derecho de Trámite, de inspección Ocular y derecho de pago del control de obra. De conformidad a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Construcciones, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, Ley General de Habilitaciones urbanas Nº 26878, modifi cado por la Ley Nº 27135, Decreto Supremo Nº 010 – 2005 – VIVIENDA y visto del Departamento de Obras de la Municipalidad de Uchiza; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la Habilitación Urbana de Ofi cio de conformidad con el plano Nº L-01-Lotización “Palmas del Espino S.A.”- 2007, para Habilitación Urbana de Ofi cio del Terreno Lote acumulado denominado Santa Lucía, con un área de 230,000.00 m2, con zonifi cación C2 Comercio Vecinal y R4 Residencial de Densidad Media, ubicado en el sector denominado Chontayacu, del Distrito de Uchiza, Provincia de Tocache, Departamento de San Martín. Artículo Segundo.- DISPONER, la Inscripción en los Registros Públicos, de la Habilitación Urbana, de acuerdo al Plano Nº L-01- Lotización “Palmas del Espino S.A.” – 2007, Memoria Descriptiva, previo cambio de uso de rústico a urbano, acto que debe ser gestionado por el Propietario.