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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de noviembre de 2007 358197 impacta de manera directa a los contribuyentes del Distrito de San Juan de Mirafl ores, encontrándose estos limitados al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, sin desincentivar a aquellos contribuyentes que vienen cumpliendo con el pago de sus obligaciones tributarias en forma regular; Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Artículo 20° de la Ley N° 27972 ¬Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto MAYORITARIO de los miembros del Concejo y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA “LA MEGA CAMPAÑA TRIBUTARIA NAVIDAD SAN JUANINA 2007” EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo Primero.- OBJETIVO Y FINALIDAD Aprobar dentro de la Jurisdicción de San Juan de Mirafl ores la Mega Campaña Tributaria Navidad San Juanina 2007; La Mega Campaña, tendrá por fi nalidad brindarle a los vecinos del distrito las facilidades necesarias para la regularización de sus obligaciones tributarias con las ventajas establecidas en el Articulo 3° de la presente norma. Artículo Segundo.- DEUDA MATERIA DE ACOGIMIENTO Podrán acogerse a la presente Mega Campaña todos aquellos contribuyentes que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, mantengan deudas tributarias y no tributarias pendientes de pago, ya sea en cobranza ordinaria, coactiva o como resultado de un proceso de fi scalización tributaria, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 6° de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- BENEFICIOS DE LA MEGA CAMPAÑA Los contribuyentes que deseen acogerse a la Mega Campaña, gozaran de los descuentos señalados a continuación, en función a su deuda y su forma de pago; 3.1. Arbitrios Municipales (Casa habitación) 1. El 60% de descuento sobre el monto insoluto, así como las moras e intereses, de los Arbitrios Municipales del año 2005; 2. El 50% de descuento sobre el monto insoluto, así como las moras e intereses, de los Arbitrios Municipales del año 2006; 3. El 50% de condonación de moras e intereses, por los Arbitrios Municipales del año 2007; 3.2. Multas Administrativas. 1.- El 80 % de descuento sobre el monto de la Multa Administrativa, si paga al contado, inclusive la que se encuentra en proceso de cobranza coactiva, en cuyo caso a quienes se acojan al Programa se les condonará las costas procesales. 2.- EI 60% de descuento sobre el monto de la Multa Administrativa, si realiza el pago; mediante suscripción de un convenio de fraccionamiento; Articulo Cuarto .- PROCEDENCIA.- Procede el benefi cio de la Mega campaña con respecto a las Multas Administrativas que se encuentren en estado ordinario , coactivo o que hubieren sido fraccionadas, siempre y cuando el infractor a la fecha haya cumplido con regularizar el hecho materia de infracción o cesado la conducta infractora. En los casos donde se aprecie que la conducta infractora no es regularizable, el administrado sólo podrá acogerse al benefi cio del descuento de la multa. Artículo Quinto.- BENEFICIOS ADICIONALES Los contribuyentes que mantengan deudas en cobranza coactiva, que se acojan a la presente mega campaña gozarán del descuento adicional del 100% de las costas y gastos administrativos incurridos durante su cobranza, cuya deuda corresponda a los Arbitrios REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car.2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL