Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2007 (23/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de noviembre de 2007

contrataciones de la Municipalidad Provincial de Tayacaja, cuyo valor referencial es la suma de S/. 59,615.00 Nuevos Soles Registrese, comuniquese y cumplase. J. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 134978-1

como anexos, La exposicion de motivos, la metodologia para determinar los criterios del costo de los arbitrios municipales, el informe tecnico legal y estructura de costos Nº 001-2007-AE-MDC, lo mismo que forma parte de los anexos Articulo Tercero.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano de acuerdo al Art. 44 Publicidad de Normas Municipales Inc., C), de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades y los Anexos seran publicados en la pagina WEB www.municarampoma.gob. pe. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 135321-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARAMPOMA
Aprueban Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana
ORDENANZA Nº 015- MDC-2007 Carampoma, 6 de agosto del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARAMPOMA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Carampoma en sesion ordinaria de fecha 15 de MORDAZA por mayoria se aprobo lo siguiente CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el numeral 4 del Articulo 195º de la ley de Reforma Constitucional Nº 27780 y por el Articulo 74 de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones, tasas y arbitrios, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y dentro de los limites que senala la Ley Que, la MORDAZA II del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, establece que el termino generico de tributo comprende al impuesto de las contribuciones y las siendo este ultimo un tributo cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por el estado de un servicio publico individualizado en el contribuyente teniendo dentro de la clasificacion de tasa los Arbitrios; Que, el Articulo 69º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal establece que la determinacion del costo efectivo a prestar debera sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, asi como el beneficio individual prestado, y que para la distribucion entre los contribuyentes de una municipalidad se podra utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio publico involucrado entre otros criterios que resulten validos el uso, el tamano y la ubicacion del predio. De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de aprobacion del acta y con el MORDAZA unanime de los miembros del concejo ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana el mismo que consta de dos Capitulos quince Articulos y ocho disposiciones Transitorias y finales Articulo Segundo.- Con respecto al informe Tecnico y en aplicacion del articulo 69, 69-A y 69 B del Texto Unico Ordenado de la ley de Tributacion Municipal, apruebese

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUASAHUASI
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de terreno para ejecucion de proyecto de construccion del MORDAZA de Abastos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 1-2007/MDH Huasahuasi, 16 de noviembre de 2007 VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 6­ 2007 de fecha 16 de octubre de 2007, bajo la presidencia del senor MORDAZA Edgard MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contando con la asistencia de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Wiliams MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha dado el siguiente acuerdo; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa, en MORDAZA de su competencia de conformidad con el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades Que, el articulo 41 de la Ley 27972 establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referido a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, mediante Informe Nº 364-2007-GDU/UOP/MDH de fecha 19 de octubre de 2007 de la Subgerencia de Obras, senala, que siendo la Municipalidad una organizacion que debe promover la actividad de servicio y para lo cual se debe implementar el proyecto de Construccion del MORDAZA de Abastos, para lo cual necesario e imprescindible la adquisicion del Terreno ubicado en el Barrio Malambo de propiedad de MORDAZA V. MORDAZA y Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cuanto el predio es apto y adecuado para llevar adelante este proyecto, por otra parte dentro de la Jurisdiccion del Distrito de Huasahuasi no existe otro terreno de similar caracteristicas, para llevar a delante el proyecto de Construccion del MORDAZA de Abastos; que en caso de que la Municipalidad no llegue a comprar este terreno, perdera el organismo proponente, lo que sera perjudicial por cuanto el proyecto priorizado no

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