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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de noviembre de 2007 358282 DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Procedimiento Técnico Dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles contados desde la publicación del presente Decreto de Urgencia, el COES elaborará y presentará, para aprobación del OSINERGMIN, el Procedimiento Técnico a que se refi ere el artículo 1º del presente Decreto de Urgencia. En tanto el Procedimiento Técnico referido en el párrafo anterior no sea publicado, el COES aplicará lo establecido en el Procedimiento Técnico Nº 33 respecto a la operación a mínima carga, para el cálculo de las compensaciones por la operación de las unidades referidas en el artículo 1° del presente Decreto de Urgencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 136837-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan transferencia a favor del RENIEC, en el marco de Acuerdo del Consejo Directivo del Programa JUNTOS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 345-2007-PCM 20 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 451-2006-PCM de fecha 28 de diciembre 2006, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2007, de conformidad con la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007”, el cual ha sido modifi cado por la incorporación de nuevas actividades, Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios” y Modifi caciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programático; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM, y en el marco del Plan Nacional para la Superación de la Pobreza, se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - “JUNTOS”, con la fi nalidad de ejecutar transferencias directas en benefi cio de las familias más pobres de la población, rural y urbana; Que, con fecha 25 de setiembre del 2007, se suscribió el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional, entre el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS y el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, que tiene por objeto realizar el trámite y entrega del Documento Nacional de Identidad (DNI), el cual contiene el Código Único de Identidad (CUI) que acredite la identidad de los titulares de hogares y de los niños y niñas comprendidos en el marco de las acciones del Programa, así como establece las obligaciones de las partes (RENIEC y Programa JUNTOS) y la responsabilidad de supervisión a cargo del Programa JUNTOS; Que, de acuerdo al reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF de fecha 7 de noviembre de 2007, existe Crédito Presupuestario dentro de la Actividad 1.27569 Transferencias Financieras - JUNTOS, Componente 3.73860 Transferencias Financieras - JUNTOS y Finalidad de Meta Presupuestaria 27675 Apoyo al Fortalecimiento de la Oferta de Servicios en las Zonas de Extrema Pobreza, de la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 010 Programa de Apoyo Directo a los Más Pobres, por un importe de hasta por S/. 63 205 317,00 para la atención de transferencias fi nancieras que se programen y autoricen con la correspondiente documentación y normatividad vigente; Que según Ofi cio Nº 711-2007-PCM/PNADP-DE, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS, solicita el trámite de aprobación del Proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una transferencia fi nanciera de recursos por el importe de DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000,00), a favor del Pliego 033 Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, en el marco del Acuerdo Nº 03-V SESIÓN 2007/PNADP-CD - Quinta Sesión del Consejo Directivo del Programa JUNTOS, de fecha 25.07.2007, que a la letra dice: “Que la Dirección Ejecutiva, elabore un Convenio específi co con la RENIEC, para efectos de facilitar el proceso de entrega de documentos de identidad a los benefi ciarios del Programa (...) para estos efectos el Programa JUNTOS, transferirá a la RENIEC el monto de S/. 10 000 000,00”; Que, la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652 modifi ca el artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411, cuyo numeral 75.4, literal e) establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios que la Presidencia del Consejo de Ministros deba efectuar, con cargo al Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego; Contando con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM modifi cado por Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM, la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, realizar una transferencia fi nanciera de recursos, por la suma de DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000,00), a favor del Pliego 033 Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, en el marco del Acuerdo Nº 03-V SESIÓN 2007/PNADP-CD - Quinta Sesión del Consejo Directivo del Programa JUNTOS, de fecha 25.07.2007 y del Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional, entre el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS y el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional Modifi cado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 010 Programa de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS, Actividad 1.27569 Transferencias Financieras - JUNTOS, Componente 3.73860 Transferencias Financieras - JUNTOS y Finalidad de Meta Presupuestaria 27675 Apoyo al Fortalecimiento de la Oferta de Servicios en las Zonas de Extrema Pobreza, cadena de Gasto 5.4.22.40 Subvenciones Sociales de la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres