Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2007 (25/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de noviembre de 2007

el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID ascendente a la suma de US$ 200,000.00 (Doscientos mil con 00/100 dolares americanos) y de otra donacion efectuada por la Corporacion MORDAZA de Fomento ­CAF, ascendente a US$ 300,000.00 (Trescientos mil con 00/100 dolares americanos); Que, en el Informe de Emergencia Nº 311-2007/ COEN/SINADECI del 29.AGO.2007, expedido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional ­ COEN, se informa acerca del movimiento sismico que afecto a los departamentos de Ica, MORDAZA y Huancavelica, el cual registro su epicentro en Sur Oeste de MORDAZA, en la provincia de MORDAZA del departamento de Ica, describiendo las acciones efectuadas por el INDECI en las regiones afectadas desde la fecha de la ocurrencia del sismo hasta la fecha de emision del Informe MORDAZA mencionado; Que, conforme a lo indicado en el Informe Tecnico Nº 086-2007-INDECI/12.0, de fecha 12.NOV.2007, la Direccion Nacional de Logistica del INDECI ha venido ejecutando las acciones necesarias para la contratacion de servicios de transporte terrestre de carga para traslado de bienes de ayuda humanitaria, asi como la contratacion del servicio de agencia de aduanas para el desaduanaje aereo y maritimo de veinte (20) contenedores destinados a la atencion de la emergencia producida por el sismo del 15.AGO.2007, siendo que dichas contrataciones totalizan a la fecha la cantidad de S/. 30,881.01 (Treinta mil ochocientos ochenta y uno con 00/100 nuevos soles) con cargo a regularizar dichas acciones, en aplicacion del articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, que define la situacion de emergencia, como causal de exoneracion de un MORDAZA de seleccion; Que, asimismo, conforme senala la Direccion Nacional de Logistica en el Informe Tecnico en mencion, la contratacion de los servicios de transporte terrestre de carga para traslado de bienes de ayuda humanitaria asi como la contratacion de servicios de desaduanaje no son definitivos debido a que los servicios van a ser requeridos en funcion a la evaluacion de danos, a la remision de donaciones de bienes de ayuda humanitaria provenientes del exterior a traves de contenedores, al destino que se asigna a dichos bienes que condiciona las rutas de transporte a ser utilizadas, y finalmente a los requerimientos de ayuda humanitaria coordinadas con la Direccion Nacional de Operaciones; Que, ademas, el inciso c) del articulo 19º de la Ley, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, de otro lado, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y normas modificatorias, en adelante el Reglamento, toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles de efectuada la contratacion, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad; Que, en tal sentido, siendo necesario cancelar los compromisos adquiridos por la contratacion de servicios de transporte terrestre de carga para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, asi como para la contratacion de servicios de agencia de aduanas, destinados para atender la situacion de emergencia senalada, la Direccion Nacional de Logistica solicita emitir la Resolucion de aprobacion de la exoneracion a fin de regularizar los procesos de seleccion correspondientes, para lo cual se cuenta con el Informe de Disponibilidad Presupuestal de vistos; Que, de otro lado, mediante Resolucion Jefatural Nº 016-2007-INDECI de fecha 15.ENE.2007, y sus modificatorias, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones ­ PAAC del INDECI, para el Ano Fiscal 2007; Que, asimismo, en aplicacion de las normas legales mencionadas se verifica que la contratacion de servicios de transporte terrestre de carga para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, asi como para la contratacion de servicios de agencia de aduanas, destinados a la atencion de la emergencia ocurrida por el sismo del 15.AGO.2007,

deben incluirse en el mencionado Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECI para el Ano Fiscal 2007; Que, en merito a lo expuesto, de conformidad con las normas glosadas y considerando lo informado por la Direccion Nacional de Logistica, y por la Oficina de Asesoria Juridica en los informes tecnico y legal de vistos, procede la regularizacion de la contratacion de servicios de transporte terrestre de carga para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, asi como para la contratacion de servicios de agencia de aduanas, destinados a la atencion de la emergencia mencionada, considerando un monto ascendente de S/. 30,881.01 (Treinta mil ochocientos ochenta y uno con 01/100 nuevos soles); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, y sus modificatorias, respectivamente; En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modificatorias y complementarias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, y con las visaciones de la Sub Jefatura, de la Direccion Nacional de Logistica, de la Unidad de Abastecimiento, de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo Primero.- MODIFICAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones ­ PAAC del INDECI para el Ano Fiscal 2007 a fin de incluir la contratacion de servicios de transporte terrestre de carga para traslado de bienes de ayuda humanitaria y la contratacion del servicio de agencia de aduanas para el desaduanaje aereo y maritimo de veinte (20) contenedores, destinados para la atencion de la emergencia derivada del sismo ocurrido el 15.AGO.2007, segun Anexo Nº 1: Reformulacion, que consta de (01) folio y que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- APROBAR la exoneracion por situacion de emergencia y la regularizacion de la contratacion de servicios de transporte terrestre de carga para traslado de bienes de ayuda humanitaria y la contratacion del servicio de agencia de aduanas para el desaduanaje aereo y maritimo de veinte (20) contenedores, destinados a la atencion del sismo ocurrido el 15.AGO.2007, por un monto ascendente a S/. 30,881.01 (Treinta mil ochocientos ochenta y uno con 01/100 nuevos soles); cuyo detalle se consigna en el Anexo Nº 2 y que forma parte integrante de la presente Resolucion; contrataciones que se realizaron contando con el Informe de Disponibilidad Presupuestal de Vistos, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Articulo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General remita MORDAZA de la presente Resolucion Jefatural y de los Informes Tecnico y Legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles de emitida la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Direccion Nacional de Logistica ingrese la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE del CONSUCODE y que se encargue de su publicacion a traves del Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision. Articulo Quinto.- DISPONER que la Secretaria General ingrese la presente Resolucion en el Archivo General Institucional y notifique a la Sub Jefatura, Direccion Nacional de Logistica, Organo de Control Institucional, Oficina de Planificacion y Presupuesto, Oficina de Asesoria Juridica y a la Oficina de Estadistica y Telematica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

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