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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de noviembre de 2007 358381 la Décima Tercera Disposición Final de la Ley N° 29035 y por la Ley N° 29070 lo otorguen en base a la escala establecida en el Anexo N° 1 que forma parte de la presente Ley. Esta disposición se aplica sin el requisito del cumplimiento de los ratios referidos en el numeral 2 del artículo 9° del Decreto de Urgencia N° 033-2005. 2.2 Los ratios establecidos en el numeral 2 del artículo 9° del Decreto de Urgencia N° 033-2005 son de obligatorio cumplimiento, debiendo, los rectores y el Consejo Universitario de cada universidad pública, cumplir con dichos ratios a más tardar el 31 de julio de 2008, bajo responsabilidad administrativa y legal. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Las universidades públicas que, a la entrada en vigencia de la presente norma, hayan otorgado el incremento dispuesto por la Décima Tercera Disposición Final de la Ley N° 29035 y por la Ley N° 29070, cumpliendo los ratios referidos en el numeral 2 del artículo 9° del Decreto de Urgencia N° 033-2005, podrán ajustar los montos pagados conforme al Anexo 1 de la presente Ley, siempre que dichos montos pagados hayan sido menores a los establecidos en dicho Anexo, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.- Deróganse o déjanse sin efecto, en su caso, las normas y disposiciones legales y administrativas, generales y específi cas, sin excepción, que se oponen o limitan la aplicación de lo establecido por la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil siete. LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la República ALDO ESTRADA CHOQUE Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANEXO 1 CUADRO QUE REEMPLAZA EL INCREMENTO DISPUESTO POR LA DÉCIMA TERCERA DISPOSICIÓN FINAL DE LA LEY Nº 29035 CATEGORÍAS DOCENTES UNIVERSITARIOSINCREMENTO DEDICACIÓN EXCLUSIVA PRINCIPAL ASOCIADOAUXILIAR TIEMPO COMPLETO PRINCIPAL ASOCIADOAUXILIAR1 200 580300 1 170 560280 137343-1PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Austria y la República Checa y encargan su Despacho al Ministro de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 251-2007-PCM Lima, 26 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO:Que el Perú ejerce en la actualidad la Presidencia Regional de América Latina y el Caribe para la Cumbre ALC-UE, cuya V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno se realizará en la ciudad de Lima en mayo de 2008; Que, en el proceso de preparación de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno, resulta necesario sostener reuniones de trabajo con altas autoridades de países europeos respecto a la organización, la agenda establecida, la asistencia de los Jefes de Estado a la Cumbre, entre otros importantes temas cuyo tratamiento directo con dichas autoridades es indispensable para asegurar el éxito de la próxima reunión de Jefes de Estado y de Gobierno; Que en ese sentido, es necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores a la República de Austria y la República Checa, del 3 al 6 de diciembre de 2007, en el marco de las reuniones de trabajo programadas con los distintos miembros de la Unión Europea, antes de la realización de la Cumbre en Lima; Que, asimismo, las reuniones de trabajo del señor Canciller permitirán reforzar y dinamizar las relaciones bilaterales con los mencionados países europeos, con el propósito de profundizar el diálogo político, incrementar el intercambio comercial y las inversiones; De conformidad con el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, del 3 al 6 de diciembre de 2007, para efectuar visitas de trabajo a las ciudades de Viena, República de Austria, y Praga, República Checa, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones por concepto de pasajes US$ 3,853.62, viáticos US$ 1,560.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 30.25, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, Allan Wagner Tizón, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.