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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de noviembre de 2007 358383 Regionales de Amazonas, Ancash, Arequipa, Cusco, Moquegua, Puno y Tacna, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Trabajo, Promoción del Empleo y la Pequeña y Microempresa; con los cuales la Secretaría de Descentralización ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 037-2007-PCM/SD-OTME, según lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, ha elaborado el Informe Situacional del Gobierno Regional de Ica; y, de igual manera, dicho Gobierno Regional ha elaborado su respectivo Informe Situacional, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Defensa Civil, función d), a cargo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; con los cuales la Secretaría de Descentralización ha procedido a elaborar el Informe de Concordancia Nº 038-2007-PCM/SD-OTME, según lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; Que, al haber emitido los Informes de Concordancia Nº 031-2007-PCM/SD-OTME, Nº 032-2007-PCM/SD-OTME, Nº 033-2007-PCM/SD-OTME, Nº 034-2007-PCM/SD-OTME, Nº 035-2007-PCM/SD-OTME, Nº 036-2007-PCM/SD-OTME, Nº 037-2007-PCM/SD-OTME y Nº 038-2007-PCM/SD-OTME, antes mencionados, la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, debe proceder a acreditar a los Gobiernos Regionales declarados APTOS para ejercer las funciones sectoriales, en las materias antes señaladas, comprendidas en los Planes Anuales de Transferencia 2004, 2005, 2006 y 2007, que se encuentran pendientes de acreditación y transferencia; mediante la emisión de la norma correspondiente; Que, luego de proceder a la acreditación correspondiente, la Secretaría de Descentralización debe notifi car a los Ministerios de Comercio Exterior y Turismo; Educación; Agricultura; Transportes y Comunicaciones; Mujer y Desarrollo Social; Trabajo y Promoción del Empleo; y, Presidencia del Consejo de Ministros – Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, así como a dichos Gobiernos Regionales, para que procedan a la Efectivización de la transferencia de las funciones sectoriales, en las materias antes señaladas, así como de los correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociados a dichas funciones, de acuerdo al procedimiento y plazos establecidos en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD - “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867 y 28273; los Decretos Supremos Nº 038-2004-PCM, Nº 052-2005-PCM, Nº 021-2006-PCM, Nº 076-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, Nº 063-2007-PCM y Nº 093-2007-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 017-2007-PCM/SD y Nº 023-2007-PCM/SD y Nº 037-2007-PCM/SD. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acreditación de funciones en materia de Comercio, Turismo y Artesanía Certifi car que los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Callao, Huánuco, Ica, La Libertad, Piura, San Martín, Tacna y Ucayali, han cumplido los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Comercio, Turismo y Artesanía, establecidos por el Sector; y, en tal razón, se les acredita para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 1, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Acreditación de funciones en materia de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación Certifi car que los Gobiernos Regionales de Ancash, Lambayeque, Moquegua, Puno, Tacna y Ucayali, han cumplido los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación, establecidos por el Sector; y, en tal razón, se les acredita para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 2, el cual forma parte de la presente Resolución.Artículo 3º.- Acreditación de funciones en materia Agraria Certifi car que los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Huancavelica, Ica, Loreto, Pasco, San Martín y Tacna, han cumplido los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales, en materia Agraria, establecidos por el Sector; y, en tal razón, se les acredita para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 3, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Acreditación de funciones en materia de Transportes Certifi car que los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Huancavelica, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, han cumplido los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Transportes, establecidos por el Sector; y, en tal razón, se les acredita para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 4, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 5º.- Acreditación de funciones en materia de Población; y, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades Certifi car que el Gobierno Regional del Callao, ha cumplido los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Población; y Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, establecidos por el Sector; y, en tal razón, se les acredita para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 5, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 6º.- Acreditación de funciones en materia de Trabajo, Promoción del Empleo y la Pequeña y Microempresa Certifi car que los Gobiernos Regionales de Ancash, Arequipa, Cusco, Junín, Lambayeque y Puno, han cumplido los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales, en materia de Trabajo, Promoción del Empleo y la Pequeña y Microempresa, establecidos por el Sector; y, en tal razón, se les acredita para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo 6, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 7º.- Notifi cación de la Acreditación Notifi car la presente Resolución a los Ministerios de Comercio Exterior y Turismo; Educación; Agricultura; Transportes y Comunicaciones; Mujer y Desarrollo Social; Trabajo y Promoción del Empleo; y, Presidencia del Consejo de Ministros – Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; así como a los Gobiernos Regionales indicados en los artículos precedentes, los cuales han acreditado la transferencia de funciones en materia de Comercio; Turismo; Artesanía; Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación; Agraria; Transportes; Población; Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades; Trabajo, Promoción del Empleo y la Pequeña y Microempresa; y, Defensa Civil, función d), a cargo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, para que procedan a la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, prevista en la etapa de Efectivización de la Transferencia de las Funciones Sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD. Artículo 8º.- Publicación La presente Resolución y sus Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, deberán ser publicados en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, los Informes de Concordancia Nº 031-2007-PCM/SD-OTME, Nº 032-2007-PCM/SD-OTME, Nº 033-2007-PCM/SD-OTME, Nº 034-2007-PCM/SD-OTME, Nº 035-2007-PCM/SD-OTME, Nº 036-2007-PCM/SD-OTME, Nº 037-2007-PCM/SD-OTME y Nº 038-2007-PCM/SD-OTME, así como los Informes Situacionales correspondientes, referidos en la presente resolución, deberán ser publicados en la página Web de la PCM: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese.GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización