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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de noviembre de 2007 358389 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión definitiva a CONENHUA S.A. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 049-2007-EM Lima, 26 de noviembre de 2007 VISTO: El Expediente Nº 14147506, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentada por el Consorcio Energético Huancavelica S.A.- CONENHUA S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11462714 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO:Que, la solicitud presentada por el Consorcio Energético Huancavelica S.A. - CONENHUA S.A. tiene por objeto obtener la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión a través de la Línea de Transmisión de 220 kV SE Cajamarca Norte - Pórtico SE Gold Mill, actualmente existente, la cual está ubicada en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca, cuyas coordenadas UTM , en el sistema PSAD56, fi guran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 097-2007- MEM/AAE de fecha 25 de enero de 2007, se aprobó el Estudio de Impacto Ambiental de la Línea de Transmisión de 220 kV SE Cajamarca Norte - Pórtico SE Gold Mill; Que, la petición se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 209-2007-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a Consorcio Energético Huancavelica S.A. - CONENHUA S.A., concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 220 kV SE Cajamarca Norte - Pórtico SE Gold Mill, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3º de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida / Llegada de la línea de transmisiónTensión (kV)Nº de ternasLongitud (km)Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) SE Cajamarca Norte - Pórtico SE Gold Mill220 02 11 25 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 307- 2007 a suscribirse con Consorcio Energético Huancavelica S.A. - CONENHUA S.A., el que consta de 18 cláusulas y 03 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión Nº 307-2007, referido en el artículo 3º de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial “El Peruano” por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 137343-7 Aprueban modificación al Contrato de Concesión Nº 024-94 sobre concesión definitiva de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Mantaro RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2007-EM Lima, 26 de noviembre de 2007 VISTOS: El Expediente Nº 11014293, organizado por Empresa de Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A., sobre concesión defi nitiva para desarrollar las actividades de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Mantaro; y la solicitud de modifi cación del Contrato de Concesión Nº 024-94, presentada el 9 de agosto de 2007; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 058- 94-EM, publicada el 4 de octubre de 1994, Empresa de Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A. es titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Mantaro, ubicada en los distritos de Colcabamba, Pampas y Ahuaycha, de la provincia de Tayacaja, y en los distritos de Acoria y Mariscal Cáceres, de la provincia de Huancavelica, en el departamento de Huancavelica, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 024-94, elevado a Escritura Pública el 14 de febrero de 1995; Que, con fecha 9 de agosto de 2007, ELECTROPERU S.A. solicitó la modifi cación del Contrato de Concesión Nº 024-94, con el objeto de modifi car la potencia instalada de la Central Hidroeléctrica Mantaro de 684 MW a 798 MW, para lo cual indicó que no se consideró inicialmente la potencia instalada del grupo generador de reserva de 114 MW, correspondiendo a 798 MW la potencia instalada total de los siete (7) grupos generadores de 114 MW, cada uno; Que, ELECTROPERU S.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refi ere el Informe Nº 193-2007-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la modifi cación al Contrato de Concesión Nº 024-94, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53º y el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación al Contrato de Concesión Nº 024-94, en los aspectos referidos a Cláusula