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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de noviembre de 2007 358497 mantener actualizada la información técnica sobre la infraestructura de los recursos informáticos de las entidades de la Administración Pública del país; comprendiendo al conjunto de entidades localizadas en el ámbito central, regional y local, a efectos de medir sus capacidades y potencialidades en materia de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC); para lo cual, requiere de la aplicación de una Encuesta Nacional de Recursos Informáticos en la Administración Pública; Que, el Gobierno Nacional, así como los Gobiernos Regionales y Locales precisan obtener información sobre las Tecnologías de Información de sus respectivos ámbitos, para proceder a actualizar o elaborar sus respetivos planes estratégicos en Tecnología de la Información y Comunicaciones - TIC; Que, habiéndose aplicado periódicamente la citada encuesta, es necesario actualizar la información para lo cual se requiere autorizar la ejecución de la “VI Encuesta Nacional de Recursos Informáticos en la Administración Pública”, así como la aprobación de los documentos técnicos de gestión; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la “VI Encuesta Nacional de Recursos Informáticos en la Administración Pública”, dirigida a las entidades de la Administración Pública, comprendiéndose a los Organismos Centrales, Organismos Públicos Descentralizados, Empresas del Estado, Poderes Públicos y Organismos Autónomos, Universidades, Municipalidades y, las Direcciones Regionales Sectoriales. En el caso del Lima y Callao se comprende a la totalidad de las instituciones mencionadas en el párrafo precedente, en tanto que para las regiones, las entidades públicas participantes serán seleccionadas por un proceso de muestreo, y se les hará llegar el cuestionario respectivo. En general se exceptúan, a los Institutos Superiores, los Colegios Nacionales, las Postas de Salud, las Comisarías de la Policía Nacional del Perú, las Agencias Agrarias y las Áreas de Desarrollo Educativo. Artículo 2º.- El monitoreo y coordinación general, estará a cargo de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática – ONGEI. Artículo 3º.- Aprobar el cuestionario y el glosario de términos de la referida Encuesta, las mismas que forman parte de la presente Resolución y que serán publicados en el portal de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática – ONGEI: www.ongei.gob.pe Artículo 4º.- Las entidades públicas a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución, accederán al cuestionario y documentos citados en el Artículo 3º, por medio de formatos físicos que les serán entregados en la sede de las entidades seleccionadas para participar en la citada Encuesta, o podrán ser obtenidos a través de la página Web de la ONGEI: www.ongei.gob.pe Las consultas que pudieran surgir respecto de la información que deberá ser recopilada en el cuestionario, se realizarán a la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI, a través del correo electrónico: ongei@pcm.gob.pe, o a través de los siguientes números telefónicos: 274-4356 y/o 274-4358, Anexos 104, 107 y 112. Artículo 5º.- El período de Ejecución de la Encuesta en referencia, será del 29 de noviembre de 2007 al 31 de diciembre de 2007. Artículo 6º.- En las entidades públicas, los responsables del diligenciamiento del formulario serán los Directores, Jefes o Encargados de las Direcciones de Informática o el Órgano que haga sus veces. De existir alguna entidad sin recursos informáticos, de todos modos debe cumplir con diligenciar sólo el Capítulo I, Datos del Informante y Observaciones respectivas de la Encuesta. En el llenado del cuestionario, se utilizará el método de auto - empadronamiento Artículo 7º.- Las entidades públicas que incumplan con el diligenciamiento y entrega del cuestionario de la “VI Encuesta Nacional de Recursos Informáticos en la Administración Pública”, serán puestas en conocimiento de la Contraloría General de la República como omisas al cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 137482-1 Autorizan a la PCM efectuar transferencia financiera a la Municipalidad Provincial de Chincha que será destinada a la remoción de escombros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2007-PCM Lima, 28 de noviembre de 2007 Vistos, los Ofi cios Nºs. 066 y 069-2007-FORSUR-G.G., Informe Nº 003-2007-FORSUR/GG e Informe Nº 003-2007-FORSUR/LEGAL y Acuerdo Nº 005-02-2007-D-FORSUR, relacionados con la solicitud de transferencia de recursos para el fi nanciamiento de actividades de remoción de escombros por parte de la Municipalidad de Chincha; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29110, se autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros a ejecutar las transferencias fi nancieras económicas a organismos, entidades, instituciones y empresas del sector público, mediante resolución ministerial, hasta por la suma de S/. 10 000 000,00, para que en el marco del Estado de Emergencia dispuesto por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y sus normas ampliatorias y modifi catorias, se ejecuten acciones de remoción de escombros, funcionamiento de escombreras, su mantenimiento y cierre, en las áreas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007; Que, mediante Decreto Supremo Nº 177-2007-EF, se autorizó una transferencia de partidas a favor del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo a la Reserva de Contingencia, por un importe de S/. 10 000 000,00 para el fi nanciamiento de las acciones dispuestas por la Ley Nº 29110, entre otras, la requerida por la Municipalidad Provincial de Chincha por la suma de S/. 2 000 000,00, destinada a la remoción de escombros; Que, por Resolución Ministerial Nº 451-2006-PCM de fecha 28 de Diciembre de 2006, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2007, de conformidad con la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007”, el cual ha sido modifi cado por la incorporación de nuevas Actividades, Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios” y Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 364-2007- PCM, se aprobó la desagregación de recursos autorizados mediante Decreto Supremo Nº 177-2007-EF, dentro del Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros; Contando con la visación de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2007, la Ley Nº 29136, Ley que modifi ca los artículos 1º, 4º, 5º, 7º y 8º de la Ley Nº 29078 Ley que crea el FORSUR, Ley Nº 29110 – Ley que autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros, la transferencia de recursos fi nancieros del FORSUR para realizar labores de remoción de escombros, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera a la Municipalidad Provincial de Chincha, hasta por la suma de S/. 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y