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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de noviembre de 2007 358506 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes US$ 1998.33 x 3 personas Viáticos US$ 260.00 x 15 x 3 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 3 personas Artículo 3º.- El Personal Militar citado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 4º.- El señor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término del viaje, sin exceder el período total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a liberación o exoneración de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 138260-10 Autorizan viaje de personal militar y civil del Ejército a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 426-2007-DE/EP/S.1.a/1-1 Lima, 28 de noviembre de 2007 Visto; la Resolución de Contraloría General Nº 095- 2007-CG, del 15 de marzo de 2007. CONSIDERANDO:Que, con Resolución de Contraloría General Nº 095- 2007-CG, del 15 de marzo de 2007, el Contralor General aprueba el Plan Anual de Control de la Auditoría General del Ejército para el AF-2007, en el cual se encuentra considerada la Acción de Control Nº 4, correspondiente al Examen Especial a la Agregaduría Militar del Perú en los Estados Unidos de América; Que, con Hoja de Recomendación Nº 002 AGE/ J.1b/31.13, de julio del 2007, el Comando del Ejército aprueba la participación del Personal Militar y Civil del Ejército del Perú, para que integre la Comisión de Examen Especial a la Agregaduría Militar del Perú en los Estados Unidos de América, a realizarse en la ciudad de Washington - Estados Unidos de América, en el período comprendido del 9 al 15 de diciembre del 2007, conformada por: - Crl Int Carlos Manuel REYES TELLO (Subauditor General del Ejército) - EC F-4 CPC Micaela Dominga ANGELES LAVERIANO (Auditor Encargado) - EC SPC José Antonio FIGUEROA HERNÁNDEZ (Auditor); Que, los gastos que demande el viaje al exterior en Comisión de Servicio, serán efectuados por el Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, AF-2007;Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria, Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004; y, Estando a lo recomendado por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil del Ejército del Perú que se indica continuación, integrantes de la Comisión para el Examen Especial a la Agregaduría Militar del Perú en los Estados Unidos de América, a realizarse en la ciudad de Washington - Estados Unidos de América, en el período comprendido del 9 al 15 de diciembre de 2007: - Crl Int Carlos Manuel REYES TELLO (Subauditor General del Ejército) - EC F-4 CPC Micaela Dominga ANGELES LAVERIANO (Auditor Encargado) - EC SPC José Antonio FIGUEROA HERNÁNDEZ (Auditor); Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Washington (EE.UU.) - Lima$ 942.38 x 3 personas Viáticos : $ 220.00 x 3 personas x 7 días Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: $ 30.25 x 3 personas Artículo 3º.- El Personal Militar y Civil autorizado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero del 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004. Artículo 4º.- El señor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término del viaje, sin exceder el período total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 138260-11 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Chile, EE.UU. y Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1237-2007 DE/SG Lima, 27 de noviembre de 2007