Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2007 (29/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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incrementos de derecho de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, Que, atendiendo a lo dispuesto por la normatividad MORDAZA citada, es necesario modificar los procedimientos administrativos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, el Articulo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo y el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM - Aprueban lineamientos para elaboracion y aprobacion de MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2004-AG y modificado por el Decreto Supremo Nº 020-2005-AG y la Resolucion Ministerial Nº 0527-2005-AG, segun Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura

Nacional de Sanidad Agraria - SENASA aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2002-AG, modificado por la Resolucion Ministerial Nº 009-2003-AG, la Resolucion Ministerial Nº 0126-2004-AG y el Decreto Supremo Nº 043-2005-AG, segun Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura

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Relacion de plaguicidas agricolas que no cuentan con registro vigente al 26 de noviembre de 2007
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1425-2007-AG-SENASA-DIAIA
La MORDAZA, 28 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como encargado de desarrollar y promover la participacion de la actividad privada para la ejecucion de los planes y programas de prevencion, control y erradicacion de plagas y enfermedades que inciden con mayor significacion socioeconomica en la actividad agraria; siendo a su vez, el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con lo senalado por el Articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene entre otras funciones y atribuciones, las de conducir y mantener el sistema de registro y actividades post-registro de insumos agropecuarios; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, establece que la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene a su cargo, entre otras a la Subdireccion de Insumos Agricolas; Que, por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso Agricola; Que, la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Agricultura, producto de la Auditoria de Gestion Ambiental a la Subdireccion de Insumos Agricolas de la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA, periodo 2004-2005, mediante Informe Nº 0122006-2-0052, recomendo la publicacion de los plaguicidas agricolas con registro vencido; Que, mediante Memorandum Nº 3509-2007-AGSENASA-DIAIA de fecha 27 de noviembre de 2007 se remitio a la Oficina de Asesoria Juridica la relacion de plaguicidas agricolas sin registro vigente al 26 de noviembre de 2007; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 16-2000AG y sus normas modificatorias, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y la Resolucion Jefatural Nº 044-2006-AGSENASA y con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica y la Subdireccion de Insumos Agricolas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de los plaguicidas agricolas que no cuentan con registro vigente al 26 de noviembre de 2007, de acuerdo a Anexo adjunto. Articulo 2º.- Prohibir la importacion, formulacion, envasado, distribucion, comercializacion y uso de los plaguicidas agricolas listados en el Anexo MORDAZA citado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA L. MORDAZA NAKAYO Director General (e) Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria

138259-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 699-2007-AG
MORDAZA, 28 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 016-2002-AG se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, el cual ha sido modificado por la Resolucion Ministerial Nº 009-2003-AG, la Resolucion Ministerial Nº 0126-2004AG y el Decreto Supremo Nº 043-2005-AG; Que, mediante la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo, concordada con el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se senalan los casos en que los procedimientos administrativos de evaluacion previa estan sujetos a silencio positivo y en su Primera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final se establece que excepcionalmente, el silencio administrativo negativo, sera aplicable en aquellos casos en los que se afecte significativamente, el interes publico, incidiendo en la salud, el medio ambiente, recursos naturales, la seguridad ciudadana, entre otros supuestos; Que, el numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incrementos de derecho de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector; Que, atendiendo a lo dispuesto por la normatividad MORDAZA citada resulta necesario modificar los procedimientos administrativos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del SENASA; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG - Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA y el Articulo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo y el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM - Aprueban lineamientos para elaboracion y aprobacion de MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Servicio

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