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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de octubre de 2007 355761 La Asociación Peruana de Porcicultores podrá designar un representante titular y uno alterno, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo siguiente. La presidencia del Consejo Nacional de la Cadena Maíz Amarillo Duro-Avicultura-Porcicultura será ejercida alternadamente, cada dos años, por un representante de las asociaciones. Los miembros del Consejo Nacional ejercerán el cargo ad honorem y participarán con voz y voto. Artículo 3º. – Designación de representantes. Mediante resolución ministerial del Sector correspondiente, se designarán a los representantes, en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Los representantes de las asociaciones serán elegidos de acuerdo a sus normas estatutarias, acreditándolos ante el Ministerio de Agricultura para su designación mediante resolución ministerial en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de recibida la comunicación de las asociaciones. Artículo 4o. – Del Secretario EjecutivoEl Consejo Nacional de la Cadena Maíz Amarillo Duro-Avicultura-Porcicultura contará con un Secretario Ejecutivo encargado de implementar y viabilizar las decisiones del Consejo Nacional. Su titular será elegido por el Consejo Nacional a partir de una terna propuesta por las asociaciones. El Secretario Ejecutivo participará en las sesiones del Consejo Nacional con voz pero sin voto. Artículo 5º. – Funciones del Consejo Nacional de la Cadena Maíz Amarillo Duro-Avicultura-Porcicultura El Consejo Nacional de la Cadena Maíz Amarillo Duro-Avicultura-Porcicultura tiene como funciones, las siguientes: a) Efectuar el seguimiento y evaluación de los compromisos contenidos en el Acuerdo de Competitividad. b) Aprobar el Planeamiento Estratégico de la Cadena Productiva Maíz Amarillo Duro-Avicultura-Porcicultura. c) Aprobar el Plan Operativo Anual del Consejo Nacional, y d) Proponer normas, programas y proyectos para el mejor cumplimiento del Plan Estratégico de la Cadena, de acuerdo con el marco legal vigente. Artículo 6º. – Financiamiento de actividades El funcionamiento del Consejo Nacional de la Cadena Maíz Amarillo Duro-Avicultura-Porcicultura no demandará recursos del Tesoro Público. En todo caso, sus actividades podrán ser fi nanciadas por el aporte de los miembros del sector privado; por recursos de la cooperación internacional, en el marco de la normatividad vigente; y, donaciones. Artículo 7º. – Grupos ConsultivosEl Consejo Nacional de la Cadena Maíz Amarillo Duro- Avicultura-Porcicultura, a través del Secretario Ejecutivo, propiciará la conformación de grupos consultivos que prestarán asesoría técnica-normativa en el marco del Acuerdo de Competitividad. Los grupos consultivos estarán integrados por técnicos de los sectores público, privado, académico, centros de investigación, consultores especializados y cooperación técnica internacional, que participarán ad honorem y convocados por la Secretaría Ejecutiva. Los análisis y propuestas de los grupos consultivos se aprobarán por consenso y serán elevados para su discusión en el Consejo Nacional de la Cadena Maíz Amarillo Duro-Avicultura-Porcicultura. Artículo 8°.- Coordinación con Gobiernos Regionales El Consejo Nacional de la Cadena Maíz Amarillo Duro- Avicultura-Porcicultura coordinará con los Gobiernos Regionales para facilitar el seguimiento y evaluación del Acuerdo de Competitividad en los principales departamentos productores de maíz amarillo duro y para difundir y promover la constitución de espacios regionales de coordinación de la cadena productiva, en el marco del Acuerdo de Competitividad. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 122695-1 Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para la ejecución de la Quinta Etapa del Censo por la Paz RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 304-2007-PCM Lima, 18 de octubre de 2007Visto el Memorándum Nº 169-2007-PCM/CMAN del Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas de Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN, solicitando una transferencia fi nanciera de recursos; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 451-2006- PCM de fecha 28 de diciembre de 2006, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2007, de conformidad con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, el cual ha sido modifi cado por la incorporación de nuevas Actividades, Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios” y Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático; Que, mediante la Ley Nº 28592 se establece el Marco Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR para las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000. Por su parte, el Reglamento de la Ley Nº 28592, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS establece los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, a efectos de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, el artículo 76º del Reglamento de la Ley N° 28592 aprobado por Decreto Supremo N° 015-2006- JUS, dispone que en tanto se elabore el Libro Segundo del Registro Único de Víctimas (RUV) se tomará como base el Censo Por la Paz, sus actualizaciones y correcciones para implementar las medidas de reparaciones colectivas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM y modifi catorias, se conformó la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas de Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional (CMAN), integrada por representantes de los sectores del Estado y la Sociedad Civil, estableciendo como una de las funciones de la Comisión: “Coordinar, efectuar el seguimiento y monitorear, a través de su Secretaría Ejecutiva, la formulación, ajuste e implementación del Plan Integral de Reparaciones”; Que, la CMAN en su Sesión Extraordinaria del 14 de marzo de 2007, acordó ejecutar la Quinta Etapa del Censo por la Paz, con cargo a los recursos del Presupuesto de Gastos aprobado para el Plan Integral de Reparaciones 2007, por el monto ascendente a S/. 1 000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100 NUEVOS SOLES), en el marco de un Convenio de Transferencia Financiera;