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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de octubre de 2007 355768 CONSIDERANDO: Que, es uno de los objetivos del evento, consolidar un proyecto educativo nacional de largo plazo con una clara visión prospectiva y propiciar un conjunto de propuestas que permita un salto cualitativo y de equidad en la educación peruana; De conformidad con los artículos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ofi cializar, la Conferencia Internacional sobre Educación y Tecnología, que tendrá lugar en la ciudad de Lima, del 22 al 23 de octubre de 2007. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 121613-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan permiso de operación de aviación comercial a Helitaxi Servicios Aéreos S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 200-2007-MTC Lima, 28 de setiembre del 2007Vista la solicitud de la compañía HELITAXI SERVICIOS AEREOS S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo: Carga Externa. CONSIDERANDO: Que, con Documento de Registro Nº 2007-020430 del 21 de junio del 2007 precisado con Documentos de Registro Nº 060413 del 19 de julio del 2007 y Nº 065466 del 02 de agosto del 2007 la Compañía HELITAXI SERVICIOS AEREOS S.A.C., solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial –Trabajo Aéreo: Carga Externa; Que, según los términos del Memoranda Nº 732-2007- MTC/12 y Nº 840-2007-MTC/12; Memorando Nº 3218-2007-MTC/12.04; Informes Nº 060-2007-MTC/12.07.ECO y Nº 088-2007-MTC/12.07.ECO, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, mediante Ofi cio Nº 798-2007-INRENA-IANP/ DOANP, el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA no otorga opinión favorable a la parte de las rutas que incluyan sobrevuelos al Santuario Histórico de Machupicchu, lo cual incluye la operación en el aeródromo “El Rocotal”; así como se ha pronunciado por ciertas restricciones en algunos aeródromos; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General;Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía HELITAXI SERVICIOS AEREOS S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Carga Externa, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para iniciar sus operaciones aéreas la compañía HELITAXI SERVICIOS AEREOS S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Carga Externa AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Helicóptero MI-8T ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, HELIPUERTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS Los sobrevuelos en los aeródromos de Esperanza Amuesha - ubicado en el Parque Nacional Yanachaga Chemillen, Villa América - ubicado en la Reserva Comunal Yanesha, Sayla - ubicado en la Reserva Paisajistica Cotahuasi, Güeppi - ubicado en la Zona Reservada Güeppi, Balta - ubicado en la Reserva Comunal Alto Purús; autorizados a la empresa HELITAXI SERVICIOS AEREOS S.A.C. no podrán operar en alturas menores a 3,000 pies sobre el nivel de la superfi cie, salvo para el caso de las operaciones de aterrizaje y despegue, a fi n que en ningún caso sea perceptible al nivel del suelo el ruido de los motores, de conformidad con lo dispuesto por el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA mediante OFICIO Nº 798-2007-INRENA-IANP/DOANP. DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Nuevo El Valor, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huaraz / Anta, Helipuerto Yanacancha. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Chivay, Helipuerto de Sayla, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Cajamarca, Jaén, Santa Cruz. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Kirigueti, Kiteni, Las Malvinas, Miaria, Nuevo Mundo, Pacria - Nueva Luz, Patria, Taini, Tangoshiari, Timpia, Yauri.