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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (26/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2007 356030 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29107 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN DE LA OBRA DENOMINADA “INTERCAMBIO VIAL AVENIDA DOLORES - AVENIDA ANDRÉS AVELINO CÁCERES”, ASÍ COMO LA EXPROPIACIÓN DE INMUEBLES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Artículo 1º.- Declaración de necesidad pública de la obra Declárase de necesidad pública la construcción de la obra denominada “Intercambio Vial Avenida Dolores - Avenida Andrés Avelino Cáceres” en la provincia y departamento de Arequipa. Artículo 2º.- Del objeto de la Ley Declárase de necesidad pública la expropiación de cuatro (4) bienes inmuebles ubicados en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero, los mismos que se detallan en el artículo 3º, por ser necesaria para la construcción del Intercambio Vial Avenida Dolores - Avenida Andrés Avelino Cáceres. Artículo 3º.- De los inmuebles materia de expropiación Los inmuebles a expropiarse, para los fi nes señalados en el artículo 2º, son los que se detallan a continuación:  Inmueble de propiedad de Plinio Emilio; Nidia Ernestina Dunia; Galvín Clidé y Raxina Nalú de Alarcón Salas; doña Ernestina Salas Rodríguez viuda de Alarcón y Víctor Efraín Alarcón Guzmán, con un área de 539.30 m², ubicado en la Avenida Dolores s/n, inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº 19222.  Inmueble de propiedad de Jesús Fidel Reynoso Ortiz, con un área de 322.90 m², ubicado en la Avenida Dolores Nº 174-A, cuyo derecho de propiedad se desprende de la Escritura Pública de Compra Venta Nº 1435, de fecha 10 de junio de 1983, suscrita ante el Notario Público de la Ciudad de Arequipa, doctor César Fernández Dávila.  Inmueble de propiedad de Jorge Coaquira Arcaya, con un área de 361.54 m², ubicado en la Avenida Dolores Nº 176.  Inmueble de propiedad de Sara Salas viuda de Rodríguez, con un área de 980.25 m², ubicado en la Avenida Dolores Nº 180, inscrito en el Registro Predial Urbano con Ficha Registral Nº 46408. Artículo 4º.- De la fi nalidad de la expropiación El proceso de expropiación, materia de esta Ley, tiene por fi nalidad viabilizar la construcción del Intercambio Vial Avenida Dolores - Avenida Andrés Avelino Cáceres en la provincia y departamento de Arequipa. Las razones de necesidad pública que se declaran en la presente Ley obedecen a factores que coadyuvan al desarrollo vial del distrito de José Luis Bustamante y Rivero de la ciudad de Arequipa y que permitirán la fl uidez del tránsito vehicular garantizando la seguridad, tanto de conductores como de peatones.Artículo 5º.- Del sujeto activo para el trámite de expropiación La Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero es el sujeto activo de la expropiación materia de la presente Ley, facultándosele para que inicie los trámites correspondientes al proceso de expropiación, de conformidad con la Ley General de Expropiaciones. Artículo 6º.- Del pago de la indemnización justipreciada El pago de la indemnización justipreciada, que se establezca como consecuencia del trato directo o del procedimiento judicial o arbitral correspondiente, será asumido por la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero previa tasación del Departamento de Valuaciones de la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, debiendo ser abonado con dinero en efectivo y en moneda nacional. Artículo 7º.- Del plazo para iniciar las expropiaciones El sujeto activo tendrá un plazo de dos (2) años, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, para iniciar los procesos de expropiación necesaria para la construcción del Intercambio Vial Avenida Dolores - Avenida Andrés Avelino Cáceres. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil siete. LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la República CARLOS TORRES CARO Tercer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 124778-1 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Designan representante del Ministerio ante la Junta Directiva del Centro Internacional de la Papa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 623-2007-AG Lima, 24 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0646-2004- AG se designó al Dr. Víctor Francisco Palma Valderrama como representante del Ministerio de Agricultura ante la Junta Directiva del Centro Internacional de la Papa; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 438- 2007-AG, de fecha 22 de junio de 2007, se aceptó la