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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2007 356035 Protegidas no presenta objeciones a otorgar una concesión con fi nes ecoturísticos en la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Tambopata; Que, mediante Memorándum Nº 335-2007-INRENA- OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica recomienda la actualización de la opinión de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas sobre el otorgamiento de la mencionada concesión con fi nes ecoturísticos en la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Tambopata; Que, mediante Memorándum Nº 1454-2007-INRENA- IANP-DOANP, la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, reitera su opinión de no presentar objeciones a otorgar una concesión con fi nes ecoturísticos en la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Tambopata al Sr. Abraham Aguirre Apaza; Que, en los artículos 16º y 19º de las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones de Ecoturismo, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG y su modifi catoria la Resolución Ministerial Nº 0412-2006-AG, la cual establecen el contenido de la Propuesta Técnica y los criterios para su califi cación; Que, con Resolución Jefatural Nº 212-2006-INRENA de fecha 8 de agosto de 2006, se aprobó los criterios de califi cación de las Propuestas Técnicas para Concesiones de Ecoturismo tanto en los procesos de Concurso Público como de Concesión Directa. Que, mediante el Informe Nº 130-2007-INRENA- IFFS(DACFFS) de fecha 12 de marzo de 2007 se evaluó la Propuesta Técnica presentada por el Sr. Abraham Aguirre Apaza , la cual ha obtenido el 71.5% del puntaje, superando el puntaje mínimo, requerido en el numeral 18.3 del artículo 18º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG y su modifi catoria la Resolución Ministerial Nº 0412-2006-AG; Que, el numeral 22.1º del artículo 22º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG dispone que la concesión se otorga mediante Resolución Jefatural, la cual es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano e incluye la aprobación de la Propuesta Técnica, en caso de concesión directa; Que, el literal a) del artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre es la encargada de proponer las políticas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestión y administración de recursos forestales, además de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecución; En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso j) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la “Propuesta Técnica” presentada por el Sr. Abraham Aguirre Apaza. Artículo 2º.- Otorgar una concesión para ecoturismo a favor del Sr. Abraham Aguirre Apaza, bajo la modalidad de concesión directa, a desarrollarse en un área de 1276.38 hectáreas, ubicada en el distrito de Inambari, provincia de Tambopata, por un período de 40 años renovables. Artículo 3º.- Defi nir que el área que se otorga en concesión, se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas geográfi cas y de acuerdo al mapa que como Anexo 1 forma parte de la presente Resolución Jefatural. VERTICE ESTE NORTE VERTICE ESTE NORTE V1 416997 8567772 V7 419803 8565976V2 421803 8567772 V8 419803 8566629V3 421803 8566629 V9 417803 8566629V4 420803 8566629 V10 417803 8565629V5 420803 8565629 V11 418647 8565629V6 420252 8565629 V12 416997 8562758 Artículo 4º.- Disponer que la Dirección de Administración y Control Forestal y de Fauna Silvestre, se encargue de supervisar el estricto cumplimiento de lo establecido en el Capítulo VI “Seguimiento y Evaluación de la Concesión” de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG; con lo cual se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo. Artículo 5º.- Precisar que el otorgamiento de la concesión se complementa con la suscripción del contrato correspondiente; en consecuencia para que la concesión se haga efectiva el interesado deberá suscribir el referido contrato con el INRENA, conforme a lo estipulado en el artículo 22º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG, modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 0412-2006-AG. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISAAC ROBERTO ÁNGELES LAZO JefeInstituto Nacional de Recursos Naturales 123891-1 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican la R.M. Nº 314-2007-EF/15 que aprobó la delegación de facultades para declarar la viabilidad de Proyectos de Inversión Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 647-2007-EF/15 Lima, 25 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cada por las Leyes Nºs. 28522 y 28802, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el Artículo 9º de la citada Ley, dispone que corresponde a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público declarar la viabilidad de los proyectos de inversión pública que se fi nancien con recursos provenientes de operaciones de endeudamiento u otras que conlleven el aval o garantía del Estado; Que, el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 015- 2007 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a delegar, total o parcialmente, su atribución de declaración de viabilidad de los proyectos que se fi nancien con operaciones de endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantía del Estado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 314-2007- EF/15 se delegó a las Ofi cinas de Programación e Inversiones de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales la facultad que la Ley Nº 27293, modifi cada por las Leyes Nºs. 28522 y 28802, confi ere a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública que se fi nancien con recursos provenientes de operaciones de endeudamiento interno y cuyos monto de inversión no superen los S/. 10 000 000.00 (Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, por otro lado, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, prevé excepciones al ejercicio del derecho de acceso a la información pública respecto de la información expresamente clasifi cada como secreta, que se sustente en razones de seguridad nacional, en el ámbito militar, tanto en el frente interno como externo, por lo que resulta necesario otorgar delegación sin límites a favor de la Ofi cina de Programación e Inversiones del Sector Defensa para los proyectos de Inversión Pública referidos a ampliación, recuperación, mejoramiento o modernización de unidades e infraestructura militar,