NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (14/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 60
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de setiembre de 2007 353330 del Estado y su Reglamento artículos 146º, 147º y 148º , con cargo a los fondos del canon minero. Artículo 4º.- Encargar a la o fi cina de administración de la municipalidad Distrital de PALLASCA, la adquisición de la citada maquinaria, en el marco de la normatividad del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento. Artículo 5º.- Autorizar amplia y su fi cientemente al señor MANUEL APARICIO RAFAILE HUAMAYALLI, Alcalde del Concejo Distrital de PALLASCA para que realice todos y cada una de las gestiones y trámites, conducentes a la formalización y ejecución del presente acuerdo. Artículo 6º.- Disponer la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano conforme al inciso c) del Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM., encargando a la O fi cina de Administración la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano, debiendo remitir copia del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloría General de la República dentro de los plazos establecidos en la Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL A. RAFAILE HUAMAYALLI Alcalde 107992-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Exoneran de proceso de selección la adquisición de inmueble rústico para la construcción de campo deportivo y local de institución educativa ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 492-2007-MDPL Pueblo Libre, 11 de setiembre del 2007.EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE. VISTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 11 de setiembre del 2007, el contenido del Informe legal Nº 103-2007-MDPL/AJ, respecto a la exoneración del proceso de selección, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, y también cuando se da la URGENCIA como causal, para la Adquisición de inmueble rústico, bajo contrato de compra venta, de la Sucesión Armando Olivera Veliz, según el plano y memoria descriptiva que adjunta en su carta Nº 01 -EPTC/ING.RLA, ingresado a la Municipalidad por Mesa de Partes el 5 de setiembre del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, de conformidad con lo establecido en el Inc. E.) del art. 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004 PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen, cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único. Que, la causal descrita precedentemente guarda relación con lo normado en el art. 141 del Decreto Supremo Nº 84-2004-PCM, que en su segundo parágrafo establece: “la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos…”, cuyo requisito es de aplicación en el presente caso, toda vez que la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, requiere contar con un terreno rústico de 8,519.32 m2, ubicado en Coyrocsho, al borde de la carretera Catucancha, para la ejecución de la obra: Construcción de un campo deportivo, y posteriormente la construcción de la Institución Educativa de Coyrocsho, siendo dicho terreno único y especí fi co, así como único el proveedor. Que, en tal sentido, la adquisición y la exoneración del proceso de selección, debe darse mediante Acuerdo de Concejo Municipal ,cumpliendo con las exigencias del Inc. “C” del Art. 20 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, disponiéndose el cumplimiento del Art. 148 del D.S antes referido; en cuyo caso, la adquisición debe ser inmediata y con carácter de de fi nitivo, para la suscripción del contrato respectivo por el titular del Pliego, por no ser procedente un nuevo proceso de selección en adelante. Que, el Gobierno Local, está en la obligación de atender de modo prioritario la mejora de los servicios básicos de la población, como es la educación y el deporte, en apoyo a la población estudiantil ubicada en zona de extrema pobreza. Que, asimismo, deberá tenerse presente lo que dispone el Inc. 2 del Art. 150 del Decreto Supremo Nº 084-2004 PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, que dispone que los actos que aprueban la exoneración no son impugnables, tanto más, si por Acuerdo de Concejo Municipal Nº 492-2007-MDPL, se ha aprobado la compra venta del terreno, en un área total de 8,519.32 M2. Por las consideraciones expuestas, de conformidad con los Arts. 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, por UNANIMIDAD del pleno de regidores; SE ACUERDA:Primero.- Aprobar el contenido del Informe Legal Nº 103-2007 MDPL/AJ, y rati fi car el contenido del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 492-2007 MDPL, para los fi nes de ley. Segundo.- Exoneración del proceso de selección, por las causales: cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, y se da la urgencia también como causal, para la adquisición de inmueble rústico, bajo contrato de compra venta, de la Sucesión Armando Olivera Veliz, según el plano y memoria descriptiva del terreno, presentado en la carta Nº 01 EPTC/ING.R.L.A, por el Ing. Richard Eduardo Lucano Ángeles, para ejecutar la obra: Construcción de un campo deportivo, y posteriormente, la construcción del local de la Institución Educativa de Coyrocsho, en el Distrito de Pueblo Libre, por un valor referencial de S/. 25,557.96 nuevos soles, que será abonado con recursos del CANON. Tercero.- Encargar al Comité de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, el cumplimiento del Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que señala el Art. 148º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; cuya adquisición de terreno rústico, tendrá el carácter de de fi nitivo, para la fi rma del contrato respectivo por el Titular del Pliego, al no ser procedente en adelante nuevo proceso de selección. Cuarto.- Remitir copia del Acuerdo de Concejo Municipal y del informe legal que lo sustentara la Contraloría General de la República, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Quinto.- Ordenar la publicación del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.PAUL CRISTIAN DIAZ VASQUEZ. Alcalde 107290-1