Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2007 (14/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de setiembre de 2007

del Estado y su Reglamento articulos 146º, 147º y 148º , con cargo a los fondos del canon minero. Articulo 4º.- Encargar a la oficina de administracion de la municipalidad Distrital de PALLASCA, la adquisicion de la citada maquinaria, en el MORDAZA de la normatividad del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento. Articulo 5º.- Autorizar amplia y suficientemente al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAMAYALLI, MORDAZA del Concejo Distrital de PALLASCA para que realice todos y cada una de las gestiones y tramites, conducentes a la formalizacion y ejecucion del presente acuerdo. Articulo 6º.- Disponer la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano conforme al inciso c) del Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 0832004-PCM., encargando a la Oficina de Administracion la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitir MORDAZA del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos en la Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA HUAMAYALLI MORDAZA 107992-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de inmueble MORDAZA para la construccion de MORDAZA deportivo y local de institucion educativa
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 492-2007-MDPL Pueblo Libre, 11 de setiembre del 2007. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE. VISTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 11 de setiembre del 2007, el contenido del Informe legal Nº 103-2007-MDPL/AJ, respecto a la exoneracion del MORDAZA de seleccion, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, y tambien cuando se da la URGENCIA como causal, para la Adquisicion de inmueble MORDAZA, bajo contrato de compra venta, de la Sucesion MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que adjunta en su carta Nº 01 -EPTC/ING.RLA, ingresado a la Municipalidad por Mesa de Partes el 5 de setiembre del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, de conformidad con lo establecido en el Inc. E.) del art. 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004 PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico. Que, la causal descrita precedentemente guarda relacion con lo normado en el art. 141 del Decreto Supremo Nº 84-2004-PCM, que en su MORDAZA paragrafo establece:

"la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos...", cuyo requisito es de aplicacion en el presente caso, toda vez que la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, requiere contar con un terreno MORDAZA de 8,519.32 m2, ubicado en Coyrocsho, al borde de la carretera Catucancha, para la ejecucion de la obra: Construccion de un MORDAZA deportivo, y posteriormente la construccion de la Institucion Educativa de Coyrocsho, siendo dicho terreno unico y especifico, asi como unico el proveedor. Que, en tal sentido, la adquisicion y la exoneracion del MORDAZA de seleccion, debe darse mediante Acuerdo de Concejo Municipal ,cumpliendo con las exigencias del Inc. "C" del Art. 20 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, disponiendose el cumplimiento del Art. 148 del D.S MORDAZA referido; en cuyo caso, la adquisicion debe ser inmediata y con caracter de definitivo, para la suscripcion del contrato respectivo por el titular del Pliego, por no ser procedente un MORDAZA MORDAZA de seleccion en adelante. Que, el Gobierno Local, esta en la obligacion de atender de modo prioritario la mejora de los servicios basicos de la poblacion, como es la educacion y el deporte, en apoyo a la poblacion estudiantil ubicada en MORDAZA de extrema pobreza. Que, asimismo, debera tenerse presente lo que dispone el Inc. 2 del Art. 150 del Decreto Supremo Nº 084-2004 PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, que dispone que los actos que aprueban la exoneracion no son impugnables, tanto mas, si por Acuerdo de Concejo Municipal Nº 492-2007-MDPL, se ha aprobado la compra venta del terreno, en un area total de 8,519.32 M2. Por las consideraciones expuestas, de conformidad con los Arts. 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, por UNANIMIDAD del pleno de regidores; SE ACUERDA: Primero.- Aprobar el contenido del Informe Legal Nº 103-2007 MDPL/AJ, y ratificar el contenido del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 492-2007 MDPL, para los fines de ley. Segundo.- Exoneracion del MORDAZA de seleccion, por las causales: cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, y se da la urgencia tambien como causal, para la adquisicion de inmueble MORDAZA, bajo contrato de compra venta, de la Sucesion MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva del terreno, presentado en la carta Nº 01 EPTC/ ING.R.L.A, por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ejecutar la obra: Construccion de un MORDAZA deportivo, y posteriormente, la construccion del local de la Institucion Educativa de Coyrocsho, en el Distrito de Pueblo Libre, por un valor referencial de S/. 25,557.96 nuevos soles, que sera abonado con recursos del CANON. Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, el cumplimiento del Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art. 148º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM; cuya adquisicion de terreno MORDAZA, tendra el caracter de definitivo, para la firma del contrato respectivo por el Titular del Pliego, al no ser procedente en adelante MORDAZA MORDAZA de seleccion. Cuarto.- Remitir MORDAZA del Acuerdo de Concejo Municipal y del informe legal que lo sustentara la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Quinto.- Ordenar la publicacion del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA VASQUEZ. MORDAZA 107290-1

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