NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2007 353735 la conducción del Concurso Público de Ofertas y el otorgamiento de la buena pro; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 903- 2005-MTC/03, publicada el 2 de diciembre de 2005, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispuso la realización del Concurso Público de Ofertas para el otorgamiento de la buena pro para la asignación de frecuencias y el otorgamiento de la concesión para la prestación del servicio de comunicaciones personales – PCS, en la Banda D: (1865 - 1870 MHz/ 1945 - 1950 MHz) y la Banda E: (1882,5 - 1895 MHz/ 1962,5 -– 1975 MHz) de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las Bases del Concurso. Asimismo, se encargó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del citado Concurso Público de Ofertas y el correspondiente otorgamiento de la Buena Pro; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 009- 2006-EF, publicada el 1 de marzo de 2006, se rati fi có el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en virtud del cual se acordó incorporar al Proceso de Promoción de la Inversión Privada la entrega en concesión de la prestación del Servicio Público de Comunicaciones Personales - PCS, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM. Asimismo, se encargó al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos la conducción del citado proceso de selección; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 103-2006- EF, publicada el 16 de diciembre de 2006, se rati fi có el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 27 de setiembre de 2006, mediante el cual se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada de la entrega en concesión de la prestación del Servicio Público de Comunicaciones Personales – PCS, en la Banda D: (1865 - 1870 MHz / 1945 - 1950 MHz) y Banda E: (1882,5 - 1895 MHz / 1962,5 - 1975 MHz), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; Que, el 27 de julio de 2007, se adjudicó la buena pro de la Licitación Pública Especial para la entrega en concesión al sector privado del Servicio Público de Comunicaciones Personales - PCS, en las Bandas D y E y la asignación de frecuencias a la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A.; Que, mediante Informe Nº 174-2007-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, señala que es procedente el otorgamiento de concesión para la prestación del Servicio Público de Comunicaciones Personales - PCS a favor de la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A.; Con, Memorándum Nº 088-2007-MTC/01 de fecha 11 de setiembre de 2007, se dispuso que el Viceministro de Transportes conozca el procedimiento de otorgamiento de concesión de la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A., en atención a la abstención formulada por la Viceministra de Comunicaciones, de acuerdo al artículo 90º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, las Resoluciones Supremas Nºs. 009 y 103-2006-EF, el Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y del Despacho del Viceministro de Transportes;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A., concesión para la prestación del Servicio Público de Comunicaciones Personales - PCS, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A., para la prestación del servicio público a que se re fi ere el artículo precedente, el que consta de veintiún (21) cláusulas y nueve (09) anexos que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones, encargado de las funciones de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2° de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 110146-1 VIVIENDA Aprueban transferencias financieras a favor del Gobierno Regional de Junín y de la Municipalidad Distrital de Curgos para la elaboración de expedientes técnicos de proyectos de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 458-2007-VIVIENDA Lima, 17 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante Ley Nº 28927, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, incorporado al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con Resolución Ministerial Nº 505-2006-VIVIENDA por la suma de UN MIL TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 036 801 539, 00) por toda Fuente de Financiamiento;