NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 62
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de setiembre de 2007 353856 PODER EJECUTIVO INTERIOR Autorizan viaje de Personal y tripulación de la Policía Nacional del Perú a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 060-2007-IN/PNP Lima, 21 de setiembre de 2007 Que, el día de hoy viernes 21 de setiembre de 2007, la Segunda Sala de la Corte Suprema de Justicia de la República de Chile, ha concedido la extradición del ciudadano ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, por siete de los trece delitos imputados por las autoridades judiciales peruanas; Que, resulta necesario autorizar el viaje al extranjero en comisión de servicios del personal y tripulación de la Policía Nacional del Perú - PNP en el Avión ANTONOV AN-32B de matrícula policial PNP-228 a la ciudad de Santiago de Chile; Que, con Informe Nº 1156-07-DIREJADM-DIRECFIN- PNP/DIVEJPRE-V del 21 de septiembre de 2007, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú remite a la O ficina Central Nacional Interpol - Lima, el proyecto de liquidación de viáticos por comisión de servicios a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del Director General de la Policía Nacional del Perú, General PNP David Nicolás Rodríguez Segeu; Coronel PNP Arturo Eloy Barraza Luyo; Coronel de Servicios PNP Augusto Víctor Saldarriaga Guerra; Comandante PNP Windson Arbildo Ramírez, Mayor PNP Elmer Noé Lozano Vásquez y el Mayor PNP Marcial Jesús Alvarado Vera, en calidad de pasajeros; y de la tripulación conformada por el Coronel PNP Javier Luis Uribe Altamirano; Comandante PNP Orlando Velasco Mujica; Mayor PNP Ricardo Cueva Cañari; Mayor PNP Paul Cuadros Gamboa y el Sub O ficial Técnico de Tercera PNP Ricardo Flores Sotelo; a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente resolución; Que, mediante O ficio Nº 1717-22007-DIRAPOL-PNP/ OFAD del 21 de septiembre de 2007, la Dirección de Aviación Policial de la Policía Nacional del Perú remite la liquidación de viáticos respecto de la tripulación; Que, mediante O ficio Nº 1644-2007-DIRSAL PNP/ SEC del 21 de septiembre de 2007, la Dirección de Salud de la Policía Nacional del Perú remite la liquidación de viáticos respecto del personal de servicios de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, estableced que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fico de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal del 2007; la Ley Nº 27238, Ley de la Policía Nacional del Perú y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, que aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero en comisión de servicios del Director General de la Policía Nacional del Perú, General PNP David Nicolás Rodríguez Segeu; Coronel PNP Arturo Eloy Barraza Luyo; Coronel de Servicios PNP Augusto Víctor Saldarriaga Guerra; Comandante PNP Windson Arbildo Ramírez; Mayor PNP Elmer Noé Lozano Vásquez y el Mayor PNP Marcial Jesús Alvarado Vera, en calidad de pasajeros; y de la tripulación conformada por el Coronel PNP Javier Luis Uribe Altamirano; Comandante PNP Orlando Velasco Mujica; Mayor PNP Ricardo Cueva Cañari; Mayor PNP Paul Cuadros Gamboa y el Sub O ficial Técnico de Tercera PNP Ricardo Flores Sotelo, a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, del 21 de septiembre al 23 de septiembre de 2007, para los fines a que se contrae la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el presente viaje se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora Nº 002 - Dirección de Economía y Finanzas, respecto del personal policial de la Policía Nacional del Perú, con cargo a la Unidad Ejecutora Nº 020 - Dirección de Salud, respecto del personal de servicios de la Policía Nacional del Perú y respecto a la tripulación con cargo a la Unidad Ejecutora Nº 018- Dirección de Aviación Policial, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: General PNP David Nicolás Rodríguez Segeu Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 Coronel PNP Javier Uribe Altamirano Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 Coronel PNP Arturo Eloy Barraza Luyo Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 Coronel de Servicios PNP Augusto Víctor Saldarriaga GuerraViáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 Comandante PNP Windson Arbildo Ramírez Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 Mayor PNP Elmer Noé Lozano Vásquez Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 Mayor PNP Marcial Jesús Alvarado Vera Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 Comandante PNP Orlando Velasco Mujica Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 Mayor PNP Ricardo Cueva Cañari Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 Mayor PNP Raúl Cuadros Gamboa Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 SOT3 PNP Ricardo Flores Sotelo Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00 Total US$ 600.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.