NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 63
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de setiembre de 2007 353857 Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 111706-1 Autorizan cesión en uso al INPE de parte de inmueble de la Dirección de Operaciones Especiales de la PNP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0676-2007-IN Lima, 21 de setiembre del 2007VISTO, el O ficio Nº 676-2007-INPE/01 del Presidente del Consejo Nacional Penitenciario, por el que solicita la cesión en uso los ambientes para poder establecer en forma provisional un establecimiento penitenciario transitorio; CONSIDERANDO: Que, resulta necesario autorizar la cesión en uso de parte del inmueble de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú, constituida por ocho ambientes de la Jefatura de Estado Mayor de la División de Operaciones Especiales de la referida Dirección, a favor del Instituto Nacional Penitenciario, a fin que sean habilitados por dicha entidad como Establecimiento Penitenciario Transitorio; Con la opinión favorable del Director General de la Policía Nacional y de conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 – Ley del Ministerio del Interior y Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Supremo Nº 024-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la cesión en uso a título gratuito al Instituto Nacional Penitenciario, de parte del inmueble de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú, ubicada en calle Marco Puente Llanos sin número, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, constituida por 190 metros cuadrados al interior de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú; a fin de que sean habilitados por dicha entidad como Establecimiento Penitenciario Transitorio. Artículo 2º.- Establecer que la entrega en cesión en uso de las instalaciones referidas en el artículo anterior, será por un plazo no mayor de 30 días a partir de la expedición de la presente Resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú, a suscribir los documentos necesarios para efectivizar la entrega en uso a la que se re fiere el artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 111706-3 Precisan que con la cesión en uso al INPE de parte de inmueble de la Dirección de Operaciones Especiales de la PNP , el Poder Judicial utilizará parte del mismo como Sala de Juzgamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0677-2007-IN Lima, 21 de setiembre del 2007VISTO, la Resolución Suprema Nº 155-2007-JUS del 21 de setiembre de 2007, por la que se autoriza al Instituto Nacional Penitenciario la apertura y funcionamiento del Establecimiento Penitenciario Transitorio Provisional Barbadillo; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 155-2007- JUS de fecha 21 de setiembre de 2007, se autorizó al Instituto Nacional Penitenciario, la apertura y funcionamiento del Establecimiento Penitenciario Transitorio Provisional Barbadillo, ubicado al interior de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú, y que fuere entregado en cesión en uso al Instituto Nacional Penitenciario por el Ministerio del Interior, mediante Resolución Ministerial Nº 676-2007/IN; De conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 – Ley del Ministerio del Interior y Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Supremo Nº 024-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Precisar que con la cesión en uso al Instituto Nacional Penitenciario de parte del inmueble de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú, ubicada en calle Marco Puente Llanos sin número, distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; el Poder Judicial utilizará parte del mismo como Sala de Juzgamiento, asumiendo las atribuciones que la Ley Orgánica del Poder Judicial le otorga. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 111706-4 JUSTICIA Autorizan al INPE la apertura y funcionamiento del “Establecimiento Penitenciario Transitorio Provisional Barbadillo” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 155-2007-JUS Lima, 21 de setiembre de 2007VISTOS, la Resolución Ministerial Nº 676-2007-IN de 21 de setiembre de 2007 y el O ficio Nº 677-2007-INPE/01 del Presidente del Instituto Nacional Penitenciario de la misma fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el literal II) del artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, establece que es función del Ministerio de Justicia, formular, dirigir, supervisar, controlar y evaluar la política referente al sistema penitenciario y los distintos regímenes de tratamiento; Que, el artículo 135º del Código de Ejecución Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 654, dispone que el Instituto Nacional Penitenciario dirige y controla técnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional, asegurando una adecuada política penitenciaria; Que, conforme a lo previsto en la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INPE, la apertura, clausura y cambio de denominaciones de los Establecimientos Penitenciarios, se efectuará en base a las Resoluciones Supremas que se expidan a través del