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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de setiembre de 2007 353858 Sector Justicia a propuesta de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario; Que, mediante la Resolución Ministerial de vistos, el Ministerio del Interior cedió en uso al Instituto Nacional Penitenciario, un área de 190 metros cuadrados, al interior de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú, ubicada en la Avenida Marco Puente Llanos S/N, distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario en el oficio de vistos, propone la expedición de la Resolución Suprema que autoriza la apertura y funcionamiento del “Establecimiento Penitenciario Transitorio Provisional Barbadillo”, ubicado al interior de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú, en la Avenida Marco Puente Llanos S/N, distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima; De conformidad con lo establecido en los numerales 1) y 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, en los Decretos Legislativos Nºs. 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional Penitenciario, la apertura y funcionamiento del “ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO TRANSITORIO PROVISIONAL BARBADILLO”, ubicado al interior de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú, en la Avenida Marco Puente Llanos S/N, distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima, correspondiendo a la jurisdicción de la Dirección Regional Lima del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 2º.- Disponer que el Instituto Nacional Penitenciario, adopte las acciones correspondientes, concernientes a la dirección y administración general del “ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO TRANSITORIO PROVISIONAL BARBADILLO”. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 111706-2 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario O ficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario O ficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario O ficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fiel del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justi ficar y, si se agregasen grá ficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL