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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (24/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 24 de setiembre de 2007 353985 CONSIDERANDO: Que, el Art. del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo establecido en el Inc. E) del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen, cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, la causal descrita precedentemente guarda relación con lo normado en el Art. 141º del Decreto Supremo Nº 84-2004-PCM, que en su segundo parágrafo establece: “La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos…”, cuyo requisito es de aplicación en el presente caso, toda vez que la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, viene ejecutando la obra: “Construcción de la Plaza de Marca”, ubicada en la estancia de Marca; y por cuyo motivo, requiere contar con un área adicional: Terreno rústico, para su ampliación, vale decir por la colindancia del lado SUR-ESTE, en una extensión super ficial de 264 M2, de forma triangular, que tiene las siguientes colindancias; por el SUR: Con la carretera que conduce a la estancia de Carhua, con 12 metros lineales; por el ESTE: Con parte de los terrenos del mismo vendedor, con 44 metros lineales; por el NORTE: Con la carretera de acceso a la plaza de Marca; y por el OESTE: Con la misma plaza de Marca en construcción, en los dos (2) tramos con 44 metros lineales; según los requerimientos que fluyen del expediente técnico de su propósito; siendo el colindante en dicho punto cardinal solamente la persona del señor: MARCIANO ISMAEL MENDEZ VALLEJOS; quien tiene el dominio inscrito en la Ficha Registral Nº 000208144 y el terreno anotado en la Unidad Catastral Nº 8 1908985 63582, según el título de propiedad expedido por el PETT- Ministerio de Agricultura; Que, en tal sentido, la adquisición y la exoneración del proceso de selección, debe darse mediante Acuerdo de Concejo Municipal, cumpliendo con las exigencias del Inc. “C” del Art. 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, disponiéndose el cumplimiento del Art. 148º del D.S antes referido; en cuyo caso, la adquisición debe ser inmediata y con carácter de de finitivo, para la suscripción del contrato respectivo por el titular del Pliego, por no ser procedente un nuevo proceso de selección en adelante; Por las consideraciones expuestas, de conformidad con los Arts. 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, por UNANIMIDAD del pleno de Regidores; SE ACUERDA:Primero.- Aprobar el contenido del Informe Legal Nº 107 -2007 MDPL/AJ, en todos sus términos para los fines de ley. Segundo.- Exonerar del proceso de selección, por la causal cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, y se de la urgencia también como causal, para la adquisición de inmueble rústico, bajo contrato de compra venta, de su único propietario el señor: MARCIANO ISMAEL MENDEZ VALLEJOS; quien tiene el dominio inscrito en la ficha registral Nº 000208144, y el terreno anotado en la unidad catastral Nº 8 1908985 63582, según el titulo de propiedad expedido por el PETT- Ministerio de Agricultura, para la construcción de la plaza de Marca; ampliación y remodelación, en la extensión super ficial de 264 M2, de forma triangular, que tiene las siguientes colindancias; por el SUR: Con la carretera que conduce a la estancia de Carhua, con 12 metros lineales; por el ESTE: Con parte de los terrenos del mismo vendedor, con 44 metros lineales; por el NORTE: Con la carretera de acceso a la plaza de Marca; y por el OESTE: Con la misma plaza de Marca en construcción, en los dos tramos con 44 metros lineales; según los requerimientos que fluyen del expediente técnico de su propósito; por un valor referencial de S/. 4,500.00 nuevos soles (cuatro mil quinientos y 00/100 nuevos soles), suma que será abonado con recursos de CANON. Tercero.- Se dispone que el Comité de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, se encargue del cumplimiento del Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que señala el Art. 148º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y la compra venta será inmediata, autorizándose al señor alcalde firmar la minuta y respectiva escritura de compra venta, cancelando el precio; en razón de que la contratación tendrá el carácter de de finitivo; al no ser necesario llevar en adelante un nuevo proceso de selección. Cuarto.- Remitir copia del Acuerdo de Concejo Municipal y del informe legal que lo sustentara la Contraloría General de la República, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Quinto.- Se ordena publicar el contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario O ficial El Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.PAUL CRISTIAN DIAZ VASQUEZ Alcalde 111339-1 Exoneran de proceso de selección la ejecución de la construcción de patio de formación de centro educativo ubicado en la localidad de Catucancha ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 0501-2007-MDPL Pueblo Libre, 18 de setiembre del 2007EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO:En Sesión de Concejo Municipal del 18 de setiembre del 2007, el Informe Legal N° 106-2007-MDPL/AJ, con relación al proceso de exoneración por la causal de URGENCIA, para la ejecución de la obra: “Construcción del patio de formación del Colegio Nacional N° 86495 - San Juan Bautista - Pueblo Libre”, ubicado en la localidad de Catucancha, distrito de Pueblo Libre, provincia de Huaylas - Región Ancash; según el expediente de su propósito; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, de conformidad con lo establecido en el Inc. C) del Art. 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección las adquisiciones y contrataciones, entre otros, las obras que se realicen por urgencia, declaradas de conformidad con dicha Ley. Que, la causal descrita precedentemente guarda relación con lo normado en el Art. 141° del Dec. Supremo N° 084-2004-PCM, que en su 2do. parágrafo establece: