NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (24/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 24 de setiembre de 2007 353970 3. Plano perimétrico cod. PP-021-INC_DREPH/ DA/SDIC-2007-PSAD56 de fecha 24 de abril de 2007 en el Datum provisional South American 1956; PSAD-56, a escala 1/1500 del sitio arqueológico Zapan II, con coordenadas de ubicación: Este 289,164.5969 y Norte: 8’705,707.7724, con un área de 5.33 ha y un perímetro de 912.83 m, ubicado en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 4. Plano topográ fico cod. PTOP-020-INC_DREPH/ DA/SDIC-2007-PSAD56 de fecha 24 de abril de 2007 en el Datum provisional South American 1956; PSAD- 56, a escala 1/1000 del sitio arqueológico Zapan II; con coordenadas de ubicación: Este 289,164.5969 y Norte: 8’705,707.7724, con un área de 5.33 ha y un perímetro de 912.83 m, ubicado en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y la Directora (e) de la O ficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi ficar el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1657/INC de fecha 5 de diciembre del 2005, el mismo que debe quedar redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Zapan I y Zapan II, ubicados en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima. ” Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano perimétrico cod. PP-020-INC_DREPH/DA/ SDIC-2007-PSAD56 de fecha 24 de abril de 2007, a escala 1/1500 del sitio arqueológico Zapan I, con un área de 6.67 ha y un perímetro de 985.81 m, ubicado en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 2. Plano topográ fico cod. PTOP-019-INC_DREPH/ DA/SDIC-2007-PSAD56 de fecha 24 de abril de 2007, a escala 1/750 del sitio arqueológico Zapan I; con un área de 6.67 ha y un perímetro de 985.81 m, ubicado en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 3. Plano perimétrico cod. PP-021-INC_DREPH/DA/ SDIC-2007-PSAD56 de fecha 24 de abril de 2007, a escala 1/1500 del sitio arqueológico Zapan II con un área de 5.33 ha y un perímetro de 912.83 m, ubicado en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 4. Plano topográ fico cod. PTOP-020-INC_DREPH/ DA/SDIC-2007-PSAD56 de fecha 24 de abril de 2007 a escala 1/1000 del sitio arqueológico Zapan II; con un área de 5.33 ha y un perímetro de 912.83 m, ubicado en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.-Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, municipalidad distrital y provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 111409-4 Retiran la condición de Monumentos Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a inmuebles ubicados en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1169/INC Lima, 7 de setiembre de 2007Visto el Expediente Nº 06358/2005, y, CONSIDERANDO:Que, mediante O ficio Nº 145-2005-MML-PROLIMA/DE la Arq. Flor de María Valladolid Illescas, Directora Ejecutiva del Programa Municipal de Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remite la documentación técnica de los 17 inmuebles propuestos para el Retiro de Condición de Monumento, ubicados dentro del Centro Histórico de Lima; Que, se tratan de inmuebles declarados Monumentos e integrantes de la Zona Monumental de Lima declarada mediante Resolución Suprema Nº 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972; Que, mediante Informe Nº 131-2007-INC/DPHCR-SDR la Sub Directora de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano comunica los resultados de la evaluación de la documentación técnica presentada mediante O ficio Nº 145-2005-MML-PROLIMA/DE, dando cuenta que corresponde a inmuebles integrantes de la Zona Monumental de Lima. Que, de la evaluación del expediente administrativo la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo emitió el Acuerdo Nº 06 de fecha 13 de julio de 2007, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. La documentación presentada por PROLIMA: O ficio Nº 145-2005-MML-PROLIMA/DE, planos de unidades inmobiliarias, fichas de identi ficación de inmuebles, información del estado actual de los inmuebles, registro fotográ fico del exterior de los inmuebles. 2. La documentación presentada por la Sub Dirección de Registro: antecedentes de los inmuebles, situación- diagnóstico del INC, planos de ubicación, registro fotográ fico de archivo y del estado actual de los inmuebles propuestos para el retiro de condición de Monumento. 3. El Informe Nº 131-2007-INC/DPHCR-SDR de la Sub Directora de Registro. CONSIDERANDO:1. Que, el inmueble original ubicado en Jr. Azángaro Nº 556 declarado Monumento mediante Resolución Suprema Nº 2900-72-ED, no existe, en su emplazamiento se ha construido un edi ficio contemporáneo de cinco pisos que abarca dos predios primigenios acumulados. El proyecto de obra nueva contó con la aprobación del INC mediante Acuerdo Nº 03 de fecha 7 de noviembre de 1995. La situación legal de la propiedad en cuanto al procedimiento sancionador por la demolición del inmueble ha sido saneada, habiendo culminado los trámites administrativos seguidos.