NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (28/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 27
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de setiembre de 2007 354241 fecha 15 de abril de 1999, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 935, de fecha 10 de octubre de 2003, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a la Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, no están gravadas con dichos impuestos, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público, siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, según lo señalado por el Decreto Supremo Nº 041- 2004-EF, que aprueba el Reglamento de la Inafectación del IGV e ISC a las Donaciones, se ha cumplido con la presentación de toda la documentación requerida para la aprobación de la donación a que se re fi ere la presente resolución; De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, el Decreto Legislativo Nº 935 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, así como por las demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de los equipos detallados en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución, efectuada por parte de la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (ACDI), a través del Servicio Geológico de Canadá (GSC), a favor del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, por un valor ascendente a $ 8,336.00 (Ocho Mil Trescientos Treinta y Seis con 00/100 Dólares Canadienses). Artículo 2º .- Comprender a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del literal k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º .- La donación efectuada por la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (ACDI) a favor del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, de un (1) Set de Equipos de Posicionamiento - GPS Diferencial por un valor ascendente a $ 8,336.00 (Ocho Mil Trescientos Treinta y Seis con 00/100 Dólares Canadienses), se encuentra inafecta al IGV e ISC. Artículo 4º .- Agradecer a la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (ACDI) y al Servicio Geológico de Canadá (GSC), por su importante contribución al Sector Minero peruano. Artículo 5º .- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas Anexo a la R.M. Nº 456-2007-EM a) Denominación : Un Set de Equipos de Posicionamiento - GPS Diferencial b) Detalle Técnico : Marca ProMark 3, Modelo LC 801008, compuesto de lo siguiente: -02 Equipos Receiver -02 Aluminum Tripod -02 Tribrach Adapter -02 Optical plummet tribrach -01 Bipod Aluminum -01 2M Carbon Fiber Pole c) Precio : USD 8,336.00 Dólares Canadienses d) Estado de Conservación : Bueno y disponible a disposición de la Dirección de Geología Ambiental y Riesgos Geológicos 113509-1 Aprueban transferencias financieras a favor del Gobierno Regional de Cajamarca y de la Municipalidad Provincial de Gran Chimú - Cascas para la ejecución de proyectos de electrificación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 457-2007-MEM/DM Lima, 24 de setiembre de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 624-2006- MEM/DM de fecha 29 de diciembre de 2006, se aprueba el Presupuesto Institucional de Ingresos y Egresos, así como la Estructura Funcional Programática de Apertura proporcionada por la Dirección Nacional de Presupuesto Público, correspondiente al Año Fiscal 2007, por Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad y/o Proyecto, que incluye a las Unidades Ejecutoras Nº 001- MEM-Central; Nº 002- Dirección Ejecutiva de Proyectos y Nº 003- Unidad de Gerencia Proyecto FONER; Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 28979, dada el 15 de febrero de 2007, autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la suma de MIL DOSCIENTOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 206 891 607,00), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con el objeto de dar atención a gastos orientados a la ejecución de proyectos, entre otras obligaciones a cargo de diversos Sectores; Que, mediante el O fi cio Circular Nº 008-2007-EF/76.12 de fecha 16 de febrero de 2007, la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas remitió el Anexo con Código AIR57A6C - Distribución del Gasto del Gobierno Nacional por Actividad y Proyecto y Grupo Genérico de Gasto de la Ley Nº 28979, que constó de 09 páginas y registró el crédito presupuestario asignado al Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas por el monto de CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 56 378 191,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 1º de la Ley antes referida, mediante la Resolución Ministerial Nº 076-2007-MEM/DM de fecha 21 de febrero de 2007, el Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas, aprobó la desagregación de los recursos provenientes del Crédito Suplementario a nivel de función, programa, sub programa, actividad, proyecto y grupo genérico del gasto, hasta por la suma de S/. 56 378 191,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, el Ministerio de Energía y Minas como parte del Gobierno Nacional ha suscrito convenios con el Gobierno Regional de Cajamarca y la Municipalidad Provincial de Gran Chimú, para la ejecución de los proyectos, los que se realizarán mediante Transferencias Financieras del Gobierno Nacional a favor del Gobierno Regional y Gobierno Local, para la ejecución de los proyectos de acuerdo a lo establecido en el literal g) del Artículo 5º de la Ley Nº 28927; Que, con Memorándum Nº 0533-07-MEM/DEP/DAF, la Unidad Ejecutora Nº 002- Dirección Ejecutiva de Proyectos conformante del Pliego Institucional, ha solicitado la aprobación de las transferencias fi nancieras a efectuarse a favor del GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA; y MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE GRAN CHIMU - CASCAS (LA LIBERTAD), en el marco de la Ley Nº 28979, para la ejecución de 07 proyectos de electri fi cación rural descritos en los Anexos Nºs. 01 y 02, constitutivos de la parte resolutiva del presente dispositivo, por la suma de S/. 1 876 857,00 y 825 695,00, respectivamente. Que, mediante Informe Nº 066-2007-MEM-OGP/ PRES de fecha 14 de setiembre de 2007, la O fi cina de Presupuesto ha emitido opinión favorable, certi fi cando la disponibilidad presupuestaria en las cadenas funcionales programáticas y de gasto que harán factible las operaciones de transferencias fi nancieras al Gobierno Regional y Local señalados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; y, la Ley Nº 28979 - Ley que autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 para la continuidad de Inversiones y dicta otras disposiciones; Con la opinión favorable del Director de Presupuesto (e) y el Vº Bº del Director General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de Asesoría Jurídica y del Secretario General del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera por la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA