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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de abril de 2008 370046 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza Nº 151-MDSM.- Declaran zona rígida las cuadras 23,24,25 y 26 de la Avenida Costanera y área adyacente del colector costanero, en un radio de 100 metros a la redonda 370130 Acuerdo Nº 031-2008-MDSM.- Aprueban el Balance General y la Memoria Anual del Ejercicio Económico 2007 de la Municipalidad 370132 Acuerdo Nº 032-2008/MDSM.- Declaran en emergencia y zona rígida las cuadras 23, 24, 25 y 26 de la Avenida Costanera, prohibiéndose el tránsito de vehículos 370132 D.A. Nº 06-2008-MDSM.- Prorrogan plazo de Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria establecido en la Ordenanza N° 143-MDSM 370133 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza Nº 050-2008/MVMT.- Aprueban conformación del Consejo Distrital de Coordinación y Concertación de Lucha contra la Pobreza y Desnutrición Crónica Infantil de Villa María del Triunfo 370134 Ordenanza Nº 051-2008/MVMT.- Prorrogan fecha de vencimiento de la primera cuota del Iimpuesto Predial y Arbitrios correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008 370135D.A. Nº 004-2008/MVMT.- Establecen entrada en vigencia de la Ordenanza N° 040-2008/MVMT 370136 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza N° 000020.- Aprueban exoneración de pago por celebración del II Matrimonio Civil Comunitario 370136 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO R.A. Nº 087-2008-MPLP.- Imponen sanción disciplinaria de suspensión a ex funcionario de la Municipalidad 370137 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA Acuerdo Nº 013-2008-MDE.- Autorizan exoneración de proceso de selección para adquisición de insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad 370138 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 012-2007-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO QUE DECLARA NO HABER LUGAR A FORMACIÓN DE CAUSA CONTRA EL SEÑOR CONGRESISTA DE LA REPÚBLICA, RICARDO PANDO CÓRDOVA El Congreso de la República, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 100° de la Constitución Política del Perú, y el inciso i) del artículo 89° de su Reglamento, ha resuelto: Declarar NO HABER LUGAR a formación de causa contra el señor Congresista de la República, RICARDO PANDO CÓRDOVA, por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de Falsedad Genérica, previsto en el artículo 438º del Código Penal; y en consecuencia, el expediente se archiva. Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los tres días del mes de abril de dos mil ocho. ALDO ESTRADA CHOQUE Primer Vicepresidente, encargado de la Presidencia del Congreso de la República MARTHA MOYANO DELGADO Segunda Presidenta del Congreso de la República 184684-1PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Amplían plazo para la transferencia de funciones previstas en el artículo 62º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 025-2008-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 188º de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, y que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM, se dispone la culminación, al 31 de diciembre de 2007, de las transferencias programadas en el Plan de Mediano Plazo 2006-2010 de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales; y de los Fondos, Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversión en Infraestructura Productiva de alcance Regional, a los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda, en el marco de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM; Que, el citado Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM establece las funciones sectoriales incluidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que serán materia de transferencia al 31 de diciembre de 2007, entre ellas las previstas en su Artículo 62º referidas a la administración y adjudicación de terrenos urbanos y eriazos del Estado, a cargo actualmente de la Superintendencia