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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (05/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de abril de 2008 370048 Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a El Salvador, Guatemala y México y encargan su Despacho a la Ministra de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN SUPREMA N° 082-2008-PCM Lima, 4 de abril de 2008 CONSIDERANDO: Que, la política exterior del Perú hacia Centroamérica y el Caribe busca consolidar la presencia peruana en la esa región, en base a una estrategia de aproximación política, económico-comercial, cultural y de cooperación; Que en este marco, el señor Ministro de Relaciones Exteriores realizará visitas ofi ciales a El Salvador y Guatemala del 9 al 12 de abril de 2008, atendiendo las invitaciones de los Ministros de Relaciones Exteriores de ambos países, las cuales permitirán fortalecer las relaciones bilaterales con dichos países; Que asimismo, el III Foro Ministerial sobre la Iniciativa de la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano se desarrollará entre el 13 y el 14 de abril en la ciudad de Cancún, México; Que, la Iniciativa sobre la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano se enmarca en la propuesta peruana para establecer un “Arco del Pacífi co”, con la fi nalidad de consolidar un conjunto de alianzas para que, a partir de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), se conforme una “Comunidad del Pacífi co” integrada por Colombia, Ecuador, Perú, Chile (miembro asociado a la CAN), que se extendería a lo largo del continente, incorporando a México y Centroamérica; Que, la Iniciativa de la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano está liderada conjuntamente por las Cancillerías y por los Ministerios de Comercio de los países latinoamericanos de la Cuenca del Pacífi co, por lo que es necesario autorizar el viaje del señor Canciller a la ciudad de Cancún; De conformidad con el inciso m) del artículo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley N° 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, y el numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, a las ciudades de San Salvador, República de El Salvador, Guatemala, República de Guatemala, y Cancún, Estados Unidos Mexicanos, del 9 al 14 de abril de 2008, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro de Estado en el despacho de Relaciones Exteriores por concepto de pasajes US$ 2,089.00, viáticos US$ 1,460.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 30.25, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- Encargar el Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores a la Ministra de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, Verónica Zavala Lombardi, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones ExterioresRegístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 184690-5 Autorizan viaje de funcionario de DEVIDA a EE.UU. para participar en período de sesiones de la CICAD de la OEA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 083-2008-PCM Lima, 4 de abril de 2008 Visto el Ofi cio Nº 0303-2008-DV-GG del Gerente General de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; CONSIDERANDO: Que, entre los días 30 de abril al 2 de mayo de 2008, se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el Cuadragésimo Tercer Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas - CICAD de la Organización de Estados Americanos - OEA; Que en tal sentido, resulta de importancia nacional e institucional la participación del Director de Cooperación Internacional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto del citado funcionario serán asumidos con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; De conformidad con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Embajador Julio Florián Alegre, Director (e) de Cooperación Internacional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 28 de abril al 3 de mayo de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 500,00 Viáticos US$ 880,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.