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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de abril de 2008 370757 PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2008-MINCETUR/DM Lima, 11 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante el inciso 32.1 del artículo 32º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se establece que por la fi scalización posterior, la entidad ante la que es realizado un procedimiento de aprobación automática o evaluación previa, tiene la obligación de verifi car de ofi cio mediante el sistema del muestreo, la autenticidad de las declaraciones, de los documentos, de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el administrado; Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 096-2007- PCM, que regula la fi scalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos por parte del Estado, dispone que toda entidad dictará las normas internas referidas al personal a cargo de la fi scalización posterior, correspondiendo a los directivos a cargo de los órganos y dependencias de las entidades que tramitan los procedimientos administrativos previstos en el TUPA respectivo, realizar la evaluación de los resultados de la fi scalización posterior, así como adoptar las acciones que correspondan; Que, a tal efecto, mediante la Resolución Ministerial Nº 035-2008-MINCETUR/DM publicada el 11 de marzo de 2008, se aprobó la Directiva Nº 002-2008-MINCETUR/DM, “Lineamientos para la Fiscalización posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”, cuya Primera Disposición Complementaria establece que la Titular de la Entidad designará al Equipo Técnico de Fiscalización Posterior, mediante Resolución Ministerial; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ley Nº 27790, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, la Ley Nº 27444 y el Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual estará a cargo del proceso de fi scalización aleatoria de los procedimientos administrativos del MINCETUR, conforme al Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM y a la Directiva Nº 002-2008-MINCETUR/DM, aprobada por Resolución Ministerial Nº 035-2008-MINCETUR/DM. Dicho Equipo Técnico estará integrado por: - Sra. Manuela Banda Pérez, de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo, quien ejercerá la presidencia del Equipo Técnico. - Sr. Luis Camacho Barrera, de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico. - Sr. Walter Infante Luis, de la Dirección Nacional de Artesanía. - Sr. José Humberto Díaz Romero, de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales - Sr. Luis Alberto Coronel Arévalo, de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas.- Sr. Robinson Alex Santa Cruz Ambrosio, de la Ofi cina Técnica CITEs de Artesanía y Turismo. - Sra. Dora Bravo León, de la Ofi cina de Personal de la Ofi cina General de Administración Artículo 2º.- El personal que conforme el Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, deberá registrarse en la Central de Riesgo Administrativo, que será implementada por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de la Directiva Nº 001-2008-PCM – “Lineamientos para la implementación y funcionamiento de la Central de Riesgo Administrativo”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 048-2008-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 189308-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU., Argentina y Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 357-2008 DE/SG Lima, 16 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 362, de fecha 8 de abril de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el Comando Sur de los Estados Unidos de América cada año fi scal auspicia algunos ejercicios de ingeniería, y de entrenamiento Combinado Conjunto de Acción Cívica Humanitaria denominados “Nuevos Horizontes”, tanto en América del Sur, América Central y en el Caribe; Que, un equipo de avanzada conformado por siete personas de la Aviación de los Estados Unidos de América ingresará a territorio nacional; Que, este equipo de avanzada está encargado de escotar y operar los cuatro (4) helicópteros Chinook desensamblados, que posteriormente serán ensamblados en Pisco, para su participación en el Ejercicio Nuevos Horizontes 2008 (NH-08) en la ciudad de Ayacucho; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; yDescargado desde www.elperuano.com.pe