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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (17/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de abril de 2008 370773 N° de Informe AFISDNI. CanceladoRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesDNI. Vigente 2232 44322504 263-2007/SGDI Macario Teó fi lo Valerio Javel 41337779 2133 80624117 266-2007/SGDI Luzmila Clemencia Ramírez Arteaga08747787 1197 42531777 193-2007/SGDI Merleyter Moreno Ponte 17926655 1973 16708228 273-2007/SGDI Leonardo Omar Vásquez Terrones 329226941906 80504138 246-2007/SGDI José Julio Fernández Montes 09264796 1190 40858470 193-2007/SGDI Luís Alberto Leey Ventura 074731631185 07480999 193-2007/SGDI Alfredo Bendezú Delgadillo 28276140 1202 40532336 193-2007/SGDI Juan Bernardo Figueres Jara 15753304 1199 80572867 193-2007/SGDI Eliana Rabanal de Rubio 000711981196 29511520 193-2007/SGDI José Cupertino Coaguila Coaguila 30409502 3735 40850779 377-2007/SGDI Ermógenes Esgardo Ramírez Agusti09599197 2151 80554972 266-2007/SGDI Ambrocia Atencia de Alcántara 22458538 1894 80141848 246-2007/SGDI Amalia Torre Sullcaray 233674751047 42705675 169-2007/SGDI Carlos Félix Mendoza 23085747 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas excluyeron defi nitivamente la segunda inscripción del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, se presume que los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, habrían cometido en agravio del RENIEC el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537, la Ley N° 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: Rosa Irarica Manihuari, Henry Tiriats Sacach, Jorge Paredes Quinchocre, César Oscar Gloria Valverde, Alfredo Martín Olivari Valle, Florencio Córdova Ruíz, Macario Teófi lo Valerio Javel, Luzmila Clemencia Ramírez Arteaga, Merleyter Moreno Ponte, Leonardo Omar Vásquez Terrones, José Julio Fernández Montes, Luís Alberto Leey Ventura, Alfredo Bendezú Delgadillo, Juan Bernardo Figueres Jara, Eliana Rabanal de Rubio, José Cupertino Coaguila Coaguila, Ermógenes Esgardo Ramírez Agusti, Ambrocia Atencia de Alcántara, Amalia Torre Sullcaray y Carlos Félix Mendoza. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 188924-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de personas naturales en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 891-2008 Lima, 2 de abril de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por la señora María del Carmen Elsa Julia Vásquez Padilla para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 001-2008-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señora María del Carmen Elsa Julia Vásquez Padilla con matrícula Nº N-3919 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 188506-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 919-2008 Lima, 3 de abril de 2008EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por el señor Francisco Arturo Seminario West para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 001-2008-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la Descargado desde www.elperuano.com.pe