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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (17/04/2008)

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TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de abril de 2008 370759 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 360-2008-DE/SG Lima, 16 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 350 de fecha 01 de abril de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador, sin armas de guerra; Que, en el marco del Acuerdo A-9-V del Acta de la V Reunión de Estados Mayores y XIX Reunión Bilateral de Inteligencia Naval realizada entre la Armada del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú el año 2007, se estableció la realización de Intercambios Profesionales y Académicos para el año 2008; considerándose el Curso de Operaciones de Selva;Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos Descargado desde www.elperuano.com.pe