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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de abril de 2008 370765 Autorizan viaje de funcionario a Chile para participar en la Reunión de Coordinación de Funcionarios de países de UNASUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0474-2008-RE Lima, 15 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, el 18 de abril del 2008, se celebrará en la ciudad de Santiago, República de Chile, la Reunión de Coordinación de Funcionarios de países de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), en seguimiento de la I Cumbre de países de África y América del Sur (AFRAS) realizada en Abuja, República Federal de Nigeria, en noviembre de 2006; Que, la citada Cumbre de Abuja, inició un proceso de aproximación birregional sur-sur que tiene como objetivo desarrollar la cooperación en diferentes ámbitos para benefi cio de la población de sus respectivos países y para lo cual se estableció realizar un permanente seguimiento a través de reuniones a realizarse alternadamente en África y Suramérica; Que, la referida reunión de Funcionarios UNASUR se ocupará de preparar la II Reunión Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del foro AFRAS, que se llevará a cabo en noviembre de 2008, en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela; Que, el Perú ha participado en todas las reuniones del Foro AFRAS; Que, en el marco del Foro AFRAS es conveniente a los intereses del país desarrollar una política de acercamiento al continente africano; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAP) Nº 0313/2008, de la Subsecretaría para Asuntos de Asia, Cuenta del Pacífi co, África y Medio Oriente, de 10 de abril de 2008; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Luis Santiago Espinosa Oyola, Director de África, de la Dirección General de África y Medio Oriente, de la Subsecretaría para Asuntos de Asia, Cuenta del Pacífi co, África y Medio Oriente, a la ciudad de Santiago, República de Chile, el 18 de abril de 2008, para que participe en la Reunión de Coordinación de Funcionarios de países de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR). Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01281 - Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior (Política Bilateral), debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Luis Santiago Espinosa Oyola 780.42 200.00 1+1 400.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 189245-1 SALUD Aprueban Documento Técnico “Formulario Nacional de Medicamentos Esenciales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 259-2008/MINSA Lima, 14 de abril del 2008Visto el Ofi cio Nº 3597-2007-DIGEMID-DG/MINSA de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que, el artículo 75° de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, dispone que la Autoridad de Salud a nivel nacional vela por el uso racional de medicamentos, promoviendo la provisión de medicamentos esenciales; Que, en ese sentido, el artículo 51° de la precitada Ley, dispone que la Autoridad de Salud de Nivel Nacional aprueba el Formulario Nacional de Medicamentos, el cual contiene la lista de medicamentos que cuentan con registro sanitario en el país, así mismo, que el mismo será elaborado por una Comisión de Expertos, cuya conformación y funciones será determinada por el reglamento correspondiente, y precisará la forma farmacéutica, dosis, indicaciones, contraindicaciones, reacciones adversas, advertencias y otras especifi caciones que garanticen la efi cacia y seguridad para el uso de los medicamentos; Que, de conformidad con el literal I) del artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas está a cargo de coordinar la elaboración del Formulario Nacional de Medicamentos y promover su difusión, así mismo el literal b) del artículo 56° del citado Reglamento establece que la Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos, esta a cargo de promover la difusión del Formulario Nacional de Medicamentos Esenciales; Que, el Formulario Nacional de Medicamentos Esenciales, es un documento en el que se describen las monografías de aquellos principios activos que han sido aprobados en el Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, que satisfacen las necesidades asistenciales prioritarias de la población y se seleccionan prestando atención a su importancia para la salud pública, a las pruebas de su seguridad, efi cacia y a su efi cacia comparativa en relación al costo, el cual forma parte del Formulario Nacional de Medicamentos; Que, dentro de ese contexto, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas ha propuesto el Descargado desde www.elperuano.com.pe