TEXTO PAGINA: 32
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de abril de 2008 370826 que al fi nalizar el ejercicio anual, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero verifi cará el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas mensuales y anual correspondiente al ejercicio anterior, así como el pago de los derechos de pesca. En caso se verifi que algún incumplimiento, se expedirá una Resolución Directoral notifi cando al armador para que en un plazo no mayor de 10 días hábiles cumpla con efectuar el pago o presentar la(s) declaración(es) jurada(s), según corresponda. Vencido el plazo señalado en la Resolución Directoral, se suspenderán los permisos de pesca de las embarcaciones cuyos armadores hayan incumplido con pagar, total o parcialmente, los derechos incluido los intereses que corresponda o con presentar la(s) declaración(es) jurada(s). Dicha suspensión tiene un plazo de 10 días de pesca efectiva. El incumplimiento de las obligaciones en el plazo concedido conlleva la caducidad del permiso de pesca; De conformidad con las disposiciones de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 007, 011-2002 y 015-2007-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 43º del Reglamento de la Ley General de Pesca modifi cado por Decreto Supremo Nº 011-2002-PRODUCE: SE RESUELVE:Artículo 1º.- Notifi car a los armadores que han incumplido con presentar las declaraciones juradas mensuales o pagar total o parcialmente los derechos de pesca del ejercicio 2006, cuyas embarcaciones pesqueras se encuentran incluidas en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución.Artículo 2º.- Determinar como interés moratorio aplicable el calculado según la “tasa de interés: Legal Efectiva”, publicada diariamente en el Diario Oficial El Peruano, en el día de hacerse efectivo el pago. Artículo 3º.- Otorgar un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de recibida la notifi cación de la presente Resolución, a los armadores cuyas embarcaciones pesqueras se encuentran consignadas en los Anexos I y II de la presente Resolución Directoral, para que cumplan con efectuar el pago o presentar la declaración jurada mensual, según corresponda. Los armadores consignados en el Anexo II previo al pago respectivo, deberán solicitar a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero el monto actualizado, conforme el artículo 2º de la presente Resolución Directoral. Vencido el plazo señalado, se procederá a suspender los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras cuyos armadores hayan incumplido con pagar total o parcialmente los derechos de pesca incluido los intereses correspondientes y/o con la presentación de las declaraciones juradas por un plazo de diez (10) días de pesca efectiva. El incumplimiento de las obligaciones en el plazo concedido conlleva la caducidad del permiso de pesca, procediendo la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero a publicar la relación de embarcaciones pesqueras. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERÓN Director General de Extraccióny Procesamiento Pesquero ANEXO I EMBARCACIONES CUYOS ARMADORES NO HAN PRESENTADO LAS DECLARACIONES JURADAS PAGO DE DERECHO DE PESCA - 2006 Fecha de Imp. 01/04/2008 Nº EMBARCACION MATRICULA ENE. FEB. MAR. ABR. MAY. JUN. JUL. AGO. SEPT. OCT. NOV. DIC. DECRETO LEY Nº25977 1 ALMIRANTE GRAU Nº 2 PL-11759-CM X2 ANGIE-K PT-4605-CM XXXXXXXXXXX X 3 ANTONELLA CO-12194-PM X X X4 AREQUIPA 10 CO-1459-PM X X5 ARIANA PT-11386-CM X X X6 AUDAZ CO-11151-CM X 7 AUDAZ CO-12243-CM XXXXXXXXXXX X 8 AUDAZ II CO-17749-PM XXXXXXXXXXX X 9 AUGUSTUS II PT-3977-CM XXX 10 AURITA PT-22684-CM X X X 11 BALLESTAS 1 CO-5245-PM XX 12 BAMAR I CE-16660-PM X XXXXXX X 13 BAMAR II CE-16661-PM X XXXXXX X 14 BAMAR IV CE-18002-PM X X 15 BARBARA PT-11607-CM X XXXXXX X 16 BLANDI CE-21211-PM XXX 17 BRAVO 9 PS-22771-PM X 18 CAPE MERCI PT-3844-CM XXXXXX XXXX 19 CARMEN ROSA PL-4165-BM XXXXXXXXXXX X 20 CECI CO-4131-CM XXXXXXXXXXX X 21 CHIMU PT-0936-CM X XXXXXX X 22 CONDOR PT-6257-PM X 23 CONDOR ANDINO CO-12594-PM XXXXXXXXXXX X 24 COSTA DE ORO CO-22904-PM X X X25 DANITZA CE-22870-PM X X X X 26 DIANA CO-0244-BM X X27 DOMINGUIN ZS-2820-CM XXXXXXXXXXX X 28 DON ABELARDO CO-4537-PM X X X X X Descargado desde www.elperuano.com.pe