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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de abril de 2008 370814 Encargan las Jefaturas de los Parques Nacionales Tingo María y Yanachaga Chemillén y de las Reservas Nacionales de Lachay y de Alpahuayo Mishana RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 099-2008-INRENA Lima, 14 de abril de 2008VISTO:El Informe Nº 205-2008-INRENA-IANP/DOANP mediante el cual la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas sustenta la propuesta para encargo de diversas Jefaturas de ANP. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, el Instituto de Recursos Naturales – INRENA es la autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SINANPE; Que, el artículo 35º del Reglamento de Organización y Funciones de INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG modifi cado por los Decretos Supremos Nº 018-2003-AG y Nº 004-2005-AG, señala que los jefes de las áreas naturales protegidas de carácter nacional forman parte del organigrama de INRENA, cuentan con un conjunto de atribuciones y funciones que se encuentran establecidas en la legislación especial sobre la materia; Que, de conformidad con lo previsto por la Ley de Áreas Naturales Protegidas en su artículo 8º inciso m) y el artículo 6° inciso o) de su reglamento, corresponde al INRENA nombrar al jefe de cada área natural protegida de carácter nacional y establecer sus funciones; Que, el artículo 24° del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en sus acápites 24.1 y 24.2, establece que el jefe del área natural protegida es la máxima autoridad en el ámbito de su jurisdicción y dentro de sus competencias, siendo como tal, el responsable de dirigir y supervisar la gestión del área natural protegida; y asimismo que su designación se efectúa mediante resolución jefatural de INRENA, a propuesta de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, de quien depende jerárquicamente; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 069-2004- INRENA se designó como Jefe del Parque Nacional Tingo María, al Biólogo Fernando Mejía Vargas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 339-2006- INRENA se encargó las funciones de Jefe de la Reserva Nacional de Lachay y de la Reserva Nacional Alpahuayo Mishana, al Biólogo Antonio José Tejada Moncada y al Sociólogo Luís Alberto Salas Martínez, respectivamente; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 181-2006- INRENA se encargó las funciones de Jefe del Parque Nacional Yanachaga Chemillén, al señor Eduardo De la Cadena Mori, quien con Carta S/N de fecha 18 de marzo de 2008 renuncia al cargo; Que, mediante documento del visto la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas propone el reemplazo de los profesionales precitados en los párrafos precedentes y sustenta la misma en virtud a la normativa legal vigente; Que, la Ley de Procedimiento Administrativo General dada por Ley Nº 27444 en el numeral 73.1 de su artículo 73º señala, que el desempeño de los cargos de los titulares de los órganos administrativos puede ser suplido temporalmente en caso de vacancia o ausencia justifi cada, por quien designe la autoridad competente para efectuar el nombramiento de aquellos; Que, el Informe del visto señala que la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 dispone una excepción a la prohibición de ingreso de personal en su artículo 7º literal a), para los casos de reemplazo o suplencia temporal de los servidores del Sector Público, siempre y cuando se cuente con la plaza. En el caso de los reemplazos, que comprende al cese que se hubiese producido desde el Año Fiscal 2007, se debe tomar en cuenta que el ingreso a la administración pública se efectúa, necesariamente, por concurso público de méritos; señalando asimismo que en el caso de la suplencia de personal, una vez finalizada la labor para la cual fue contratada la persona, los contratos respectivos quedan resueltos automáticamente; Que, de otro lado la norma citada considera en su Primera Disposición Final, que las entidades pueden prorrogar, directamente y sucesivamente los contratos de locación de servicios o servicios no personales suscritos con personas naturales, que estén vigentes al 31 de diciembre de 2007, previa evaluación. El plazo de dichos contratos, conforme a la presente norma, puede prorrogarse hasta por un año. Asimismo, celebrar nuevos contratos de locación de servicios o servicios no personales siempre y cuando sea para el reemplazo de aquel que venía prestando servicios y cuya relación contractual haya culminado; Que, asimismo el Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 – Ley Nº 29142”, aprobado mediante RD Nº 049-2007-EF/76.01 considera en su artículo 3º cómo operan los contratos de locación de servicios o servicios no personales, señalando en su literal b) que: Los nuevos contratos de locación de servicios, servicios no personales y consultoría (persona natural) que suscriban los pliegos durante el año fi scal 2008y que no están dentro de los alcances de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley de Presupuesto, se orientan a la contratación de locadores para acciones de carácter temporal o eventual (no permanente) y funciones no equivalentes a las que desempeñe el personal establecido en el CAP de la entidad; dejando evidenciado que los contratos a que se refi ere la Primera Disposición Final de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, no se sujetan a esta limitación; Que, los Jefes de Área(e) comprendidos en la presente resolución jefatural, fi rmarán Contrato de Locación de Servicios, dentro de los lineamientos que establece la Primera Disposición Final de la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2008; En uso de las facultades conferidas en el literal j) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG y sus respectivas modifi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluidas, a partir del 16 de abril de 2008, los encargos de funciones y las designaciones de los Jefes de Áreas Naturales Protegidas, consignados a continuación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Profesional Área Natural Protegida 1 Biólogo Fernando Mejía Vargas Parque Nacional Tingo María 2 Biólogo Antonio José Tejada Moncada Reserva Nacional de Lachay 3 Sociólogo Luís Alberto Salas Martínez Reserva Nacional Alpahuayo Mishana 4 Sr. Eduardo De la Cadena Mori Parque Nacional Yanachaga Chemillén Artículo 2º.- Encargar las Jefaturas de las Áreas Naturales Protegidas detalladas en el artículo 1º, con efectividad al 16 de abril de 2008, en tanto se designe a sus titulares, según se detalla a continuación: Profesional Área Natural Protegida 1 Ingeniero Lorenzo Luis Flores Cordero Parque Nacional Tingo María 2 Biólogo Fernando Mejía Vargas Reserva Nacional de Lachay3 Bióloga Gloria del Carmen Rojas Ríos Reserva Nacional Alpahuayo Mishana 4 Ingeniero Gilberto Camilo Alván Paino Parque Nacional Yanachaga ChemillénDescargado desde www.elperuano.com.pe