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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (20/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de abril de 2008 370997 Res. Nº 091-2008-MML-GDU-SPHU.- Establecen conformidad de resolución expedida por la Municipalidad de Santiago de Surco que aprobó proyectos de habilitación urbana nueva de lote único de terreno 371041 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Acuerdos Nºs. 004 y 005-2008-MDI.- Ratifi can montos de dieta de Regidores y de remuneración del Alcalde Distrital 371042 D.A. Nº 002-2008-MDI.- Establecen cronograma de vencimiento de Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2008 371043 R.A. Nº 116-2008.- Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios y/o servidores públicos de la Municipalidad 371043 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Fe de Erratas Ordenanza Nº 285-MPL 371045 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Ordenanza Nº 000065-2008-MDSJM.- Aprueban realización del Primer Sorteo del Programa de Reconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJP del año 2008 371045 Ordenanza Nº 000066-2008-MDSJM.- Establecen disposiciones para la regularización de licencia de obra para edifi caciones y certifi cado de parámetros urbanísticos edifi catorios 371046 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Acuerdo Nº 026-2008-MDSM.- Autorizan viaje de Alcalde a España, en visita ofi cial a la Comunidad de Madrid 371048 R.A. Nº 076-2008-MDSM.- Autorizan viaje del alcalde a España en el marco de convenio de cooperación técnica internacional 371049 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Fe de Erratas Ordenanza Nº 002-2008-MDCLR . 371049 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Acuerdo Nº 006-011/2008-MDLP.- Aprueban convocatoria y bases del Primer Concurso Público N° 001-2008-MDLP para selección de personal administrativo y obrero contratado y para el Primer Concurso Interno 2008 371050 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Establecen criterios de clasificación y jerarquización de los Almacenes de Defensa Civil para brindar ayuda humanitaria en casos de desastres DECRETO SUPREMO Nº 031-2008-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 19338 - Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, sus modifi catorias y ampliatorias, establece en su artículo 1º, que el Sistema Nacional de Defensa Civil – SINADECI es parte integrante de la Defensa Nacional y tiene la fi nalidad de proteger a la población, previniendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecuada, y asegurando su rehabilitación en casos de desastres o calamidades de toda índole, cualquiera sea su origen; Que, el literal c) del artículo 3º del citado Decreto Ley, establece que para alcanzar sus objetivos y cumplir sus fi nes, el SINADECI debe planear y coordinar la utilización de todos los recursos necesarios, públicos y privados, a fi n de contar en forma oportuna y adecuada con los medios indispensables para proporcionar ayuda en la recuperación de las personas y los bienes; asimismo, el literal d) del artículo 3º del Decreto Ley Nº 19338 - Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, dispone que el SINADECI debe asegurar la movilización inmediata de los elementos de rescate y recursos de todo orden a las zonas afectadas, con el fi n de adoptar las medidas de emergencia indispensables de acuerdo a las circunstancias; Que, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, establece en el literal a) de su artículo 5º, que unos de los principios específi cos de la descentralización fi scal es que las competencias deban estar claramente defi nidas, manteniendo una distribución clara y precisa de funciones entre los niveles de gobierno nacional, regional y local, con el fi n de determinar la responsabilidad administrativa y funcional en la provisión de servicios de cada uno de ellos, propiciando que los gobernantes puedan rendir cuenta del desarrollo de su gestión; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en el literal a) de su artículo 45º dispone que es competencia exclusiva del Gobierno Nacional determinar la jerarquización de los activos, empresas y proyectos por su alcance nacional, regional o local, la cual se aprobará mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, previa opinión técnica del Consejo Nacional de Descentralización, la que a la fecha, acorde a los Decretos Supremos Nº 007-2007-PCM y Nº 063-2007-PCM, corresponde ser emitida por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la citada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone en su artículo 61º, que son funciones en materia de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales, organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnifi cados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas; Que, conforme a la defi nición contenida en el artículo 6º del Decreto Ley Nº 19338, se considera atención de emergencia la acción de asistir a un grupo de personas que se encuentren en una situación de peligro inminente o que haya sobrevivido a los efectos devastadores de un fenómeno natural o inducido por el hombre, a través de la asistencia de techo, abrigo y alimento así como la recuperación provisional de los servicios públicos esenciales; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en su condición de ente rector y conductor del SINADECI, en cumplimiento de sus funciones de ley, implementó a nivel nacional una red de almacenes ubicados en lugares estratégicos, articulando la organización de los Comités de Defensa Civil, con la infraestructura física, vial, aeroportuaria, fl uvial, así como, teniendo en cuenta la recurrencia de eventos generadores de desastres, de modo tal que permitan brindar atención efi ciente y oportuna a la población afectada y/o damnifi cada, mediante la entrega de bienes de ayuda humanitaria, consistente en techo, abrigo, alimento, herramientas y equipos, los cuales constituyen activos registrados en los Estados Financieros de la Unidad Ejecutora Nº 09 - INDECI, y que de acuerdo al planeamiento operacional para la atención de las emergencias, determinó la existencia de los Almacenes Nacionales en los que se centraliza el acopio Descargado desde www.elperuano.com.pe