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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de abril de 2008 371002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29146 se dejó sin efecto el Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, por el que se aprobó la fusión del CONADIS y del INDEPA con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, disponiéndose la transferencia de los bienes muebles, inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual, obligaciones, y pasivos y activos que fueron transferidos en virtud del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES; precisándose que se encuentran plenamente vigentes la Ley Nº 28495 – Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano – INDEPA, y los artículos 5º al 10º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, con la fi nalidad de llevar a cabo las acciones administrativas respectivas para la implementación de lo dispuesto por la Ley Nº 29146, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo Multisectorial que dependerá del MIMDES; De conformidad con el artículo 35º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 5º del Decreto Ley Nº 21292; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir un Grupo de Trabajo Multisectorial cuyo objeto será gestionar la transferencia a que se refi ere el artículo 3º de la Ley Nº 29146, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS. El Grupo de Trabajo Multisectorial dependerá del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, quien le prestará el apoyo técnico administrativo y legal que pudiera requerir. Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial estará conformado por los siguientes integrantes: a) Un representante del Despacho del Viceministerio de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, quien lo presidirá; b) El(la) Director (a) de la Dirección General de la Persona con Discapacidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; c) El(la) Director(a) General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; d) El(la) Director(a) General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; e) El(la) Director(a) de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; f) El(la) Director(a) de la Ofi cina de Trámite Documentario y Archivo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; y, g) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial se instalará en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial, plazo dentro del cual el Titular del Ministerio de Economía y Finanzas debe designar a su representante mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 29146, tendrá como funciones identifi car los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual, obligaciones, pasivos y activos que fueron transferidos por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, y gestionar su transferencia al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, incluyendo la suscripción de las actas de entrega recepción respectivas, de acuerdo con el artículo 3º de la Ley Nº 29146. Asimismo, el Grupo de Trabajo podrá efectuar recomendaciones sobre la estructura y funcionamiento del CONADIS, a fi n de coadyuvar en la elaboración de un proyecto de Reglamento de Organización y Funciones de dicho Consejo. El Grupo de Trabajo Multisectorial podrá solicitar el asesoramiento y apoyo que requiera a las Unidades Orgánicas del MIMDES para el adecuado cumplimiento de sus fi nes.Artículo 5º.- En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la instalación del Grupo de Trabajo Multisectorial, el Presidente del Grupo de Trabajo deberá entregar al Despacho de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social el Informe Final sobre la ejecución de las funciones encomendadas por la presente Resolución Ministerial. Dicho plazo podrá ser prorrogado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social debidamente fundamentada. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 190550-1 Constituyen Grupo de Trabajo Multisectorial cuyo objeto será gestionar la transferencia a que se refiere la Ley Nº 29146 del MIMDES al INDEPA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 123-2008-PCM Lima, 18 de abril de 2008VISTO:El Oficio Nº 838-2008/MIMDES/SG del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y el Oficio Nº 602-2008-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29146 se dejó sin efecto el Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, por el que se aprobó la fusión del CONADIS y del INDEPA con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, disponiéndose la transferencia de los bienes muebles, inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual, obligaciones, y pasivos y activos que fueron transferidos en virtud del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES; precisándose que se encuentran plenamente vigentes la Ley Nº 28495 – Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano – INDEPA, y los artículos 5º al 10º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001- 2008-MIMDES se dispuso la adscripción del INDEPA al MIMDES, estableciéndose en su artículo 2º que el MIMDES deberá presentar el proyecto de adecuación de su Reglamento de Organización y Funciones y el proyecto de nuevo Reglamento de Organización y Funciones para el INDEPA; Que, con la fi nalidad de llevar a cabo las acciones administrativas respectivas para la implementación de lo dispuesto por la Ley Nº 29146 y el Decreto Supremo N° 001-2008-MIMDES, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo Multisectorial que dependerá del MIMDES; De conformidad con el artículo 35º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 5º del Decreto Ley Nº 21292; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir un Grupo de Trabajo Multisectorial cuyo objeto será gestionar la transferencia a que se refi ere el artículo 3º de la Ley Nº 29146, del Ministerio de Mujer y Desarrollo Social – MIMDES al Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano – INDEPA, y coadyuvar en la elaboración del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de dicha institución. El Grupo de Trabajo Multisectorial dependerá del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, quien le prestará el apoyo técnico administrativo y legal que pudiera requerir. Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial estará conformado por los siguientes integrantes: Descargado desde www.elperuano.com.pe