Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2008 (20/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

371002
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de MORDAZA de 2008

Que, mediante la Ley Nº 29146 se dejo sin efecto el Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, por el que se aprobo la fusion del CONADIS y del INDEPA con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, disponiendose la transferencia de los bienes muebles, inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posicion contractual, obligaciones, y pasivos y activos que fueron transferidos en virtud del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES; precisandose que se encuentran plenamente vigentes la Ley Nº 28495 ­ Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano ­ INDEPA, y los articulos 5º al 10º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, con la finalidad de llevar a cabo las acciones administrativas respectivas para la implementacion de lo dispuesto por la Ley Nº 29146, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo Multisectorial que dependera del MIMDES; De conformidad con el articulo 35º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y el articulo 5º del Decreto Ley Nº 21292; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir un Grupo de Trabajo Multisectorial cuyo objeto sera gestionar la transferencia a que se refiere el articulo 3º de la Ley Nº 29146, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES al Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS. El Grupo de Trabajo Multisectorial dependera del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, quien le prestara el apoyo tecnico administrativo y legal que pudiera requerir. Articulo 2º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial estara conformado por los siguientes integrantes: a) Un representante del Despacho del Viceministerio de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, quien lo presidira; b) El(la) Director (a) de la Direccion General de la Persona con Discapacidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; c) El(la) Director(a) General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; d) El(la) Director(a) General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; e) El(la) Director(a) de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; f) El(la) Director(a) de la Oficina de Tramite Documentario y Archivo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; y, g) Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial se instalara en el plazo de tres (3) dias habiles contados desde la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, plazo dentro del cual el Titular del Ministerio de Economia y Finanzas debe designar a su representante mediante Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial, en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 29146, tendra como funciones identificar los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posicion contractual, obligaciones, pasivos y activos que fueron transferidos por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, y gestionar su transferencia al Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, incluyendo la suscripcion de las actas de entrega recepcion respectivas, de acuerdo con el articulo 3º de la Ley Nº 29146. Asimismo, el Grupo de Trabajo podra efectuar recomendaciones sobre la estructura y funcionamiento del CONADIS, a fin de coadyuvar en la elaboracion de un proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones de dicho Consejo. El Grupo de Trabajo Multisectorial podra solicitar el asesoramiento y apoyo que requiera a las Unidades Organicas del MIMDES para el adecuado cumplimiento de sus fines.

Articulo 5º.- En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la instalacion del Grupo de Trabajo Multisectorial, el Presidente del Grupo de Trabajo debera entregar al Despacho de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social el Informe Final sobre la ejecucion de las funciones encomendadas por la presente Resolucion Ministerial. Dicho plazo podra ser prorrogado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social debidamente fundamentada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 190550-1

Constituyen Grupo de Trabajo Multisectorial cuyo objeto sera gestionar la transferencia a que se refiere la Ley Nº 29146 del MIMDES al INDEPA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 123-2008-PCM MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Oficio Nº 838-2008/MIMDES/SG del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES y el Oficio Nº 602-2008-EF/13.01 del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29146 se dejo sin efecto el Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, por el que se aprobo la fusion del CONADIS y del INDEPA con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, disponiendose la transferencia de los bienes muebles, inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posicion contractual, obligaciones, y pasivos y activos que fueron transferidos en virtud del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES; precisandose que se encuentran plenamente vigentes la Ley Nº 28495 ­ Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano ­ INDEPA, y los articulos 5º al 10º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0012008-MIMDES se dispuso la adscripcion del INDEPA al MIMDES, estableciendose en su articulo 2º que el MIMDES debera presentar el proyecto de adecuacion de su Reglamento de Organizacion y Funciones y el proyecto de MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones para el INDEPA; Que, con la finalidad de llevar a cabo las acciones administrativas respectivas para la implementacion de lo dispuesto por la Ley Nº 29146 y el Decreto Supremo N° 001-2008-MIMDES, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo Multisectorial que dependera del MIMDES; De conformidad con el articulo 35º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y el articulo 5º del Decreto Ley Nº 21292; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir un Grupo de Trabajo Multisectorial cuyo objeto sera gestionar la transferencia a que se refiere el articulo 3º de la Ley Nº 29146, del Ministerio de Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES al Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano ­ INDEPA, y coadyuvar en la elaboracion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de dicha institucion. El Grupo de Trabajo Multisectorial dependera del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, quien le prestara el apoyo tecnico administrativo y legal que pudiera requerir. Articulo 2º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial estara conformado por los siguientes integrantes:

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