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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de abril de 2008 371011 Nombran integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0499-2008-RE Lima, 17 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, por el Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, de 11 de noviembre de 2003, se aprobó el Reglamento de los Traductores Públicos Juramentados, con la fi nalidad de optimizar los servicios públicos que proporciona el Estado; Que, mediante el Memorándum (DGL) Nº DGL0001/2008, de 28 de marzo de 2008, la Dirección General de Asuntos Legales, solicita al Archivo General y Documentación, la designación del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Enrique Carlos Cárdenas Aréstegui, como Segundo Representante de la Dirección General de Asuntos Legales ante la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados; Teniendo en cuenta lo solicitado en el Memorándum (JTP) Nº JTP0029/2008, de la Junta de Vigilancia de Traductores Públicos Juramentados, de 8 de abril de 2008; Que, en tal sentido, se ha dispuesto incorporar al citado funcionario diplomático a la Junta de Vigilancia de Traductores Públicos Juramentados, como Representante Alterno de la Dirección de Asuntos Legales, ante la citada Junta de Vigilancia; De conformidad con el artículo 37º del Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo Único.- Nombrar como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Enrique Carlos Cárdenas Aréstegui, como Representante Alterno de la Dirección General de Asuntos Legales, ante la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, con efectividad al 10 de abril de 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 190602-1 Cesan a Traductora Pública Juramentada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0505-2008-RE Lima, 18 de abril de 2008 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, de 11 de noviembre de 2003, se aprobó el Reglamento de los Traductores Públicos Juramentados, con la fi nalidad de optimizar los servicios públicos que proporciona el Estado; Que por Resolución Ministerial Nº 1426/RE, de 22 de noviembre de 2006, se nombró a los integrantes de la Comisión Supervisora del Proceso de Ratifi cación de los actuales Traductores Públicos Juramentados; Que por Resolución Ministerial Nº 0015/RE de 9 de enero de 2007, se aprobaron las Bases para culminar el Proceso de Ratifi cación de los actuales Traductores Públicos Juramentados; Que por Resolución Ministerial Nº 0752/RE de 4 de julio de 2007, se ratifi có a 60 personas como Traductores Públicos Juramentados, que cumplieron, con lo señalado en las Bases del Proceso de Ratifi cación antes mencionado y merecieron califi cación aprobatoria. Doña Ivonne Dirlewanger de Mould no fi gura en dicha Resolución, por no haberse presentado al citado proceso; Que mediante memorándum (JTP) Nº 060 de 25 de septiembre de 2007, de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados se solicitó a la Dirección General de Asuntos Legales opinión jurídica sobre la procedencia legal de cesar en la función de Traductora Pública Juramentada (TPJ) a doña Ivonne Dirlewanger de Mould; Que la Dirección General de Asuntos Legales, luego de analizar lo señalado en el memorándum (JTP) Nº 060 de 25 de septiembre de 2007, mediante memorándum (DGL) Nº 2015 de 24 de octubre de 2007, concluye considerando que es imposible la ratifi cación de la Traductora Pública Juramentada Ivonne Dirlewanger de Mould por cuanto no participó formalmente en el Proceso de Ratifi cación antes mencionado; De acuerdo al inciso c) del artículo 50º del Reglamento de los Traductores Públicos Juramentados, a la Ley Nº 27444, a la Resolución Ministerial Nº 015/RE de 9 de enero de 2007 y a la Resolución Ministerial Nº 0752/RE de 4 de julio de 2007; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Cesar como Traductora Pública Juramentada a doña Ivonne Dirlewanger de Mould, en la combinación de idiomas: alemán-castellano, inglés-castellano y castellano-inglés. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 190602-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Eliminan la obligación de presentar la información de las Planillas de Pago de Remuneraciones de los Trabajadores percibidas en el mes de junio de cada año, por aplicación de la Planilla Electrónica DECRETO SUPREMO N° 002-2008-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 0007-TC, del 27 de mayo de 1968, se estableció que las empresas privadas inscritas en el Registro Nacional de Centros de Trabajo deben remitir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo copia de su planilla mensual de sueldos al 30 de junio y de salarios correspondiente a la semana en que esté comprendido dicho día; Que mediante Decreto Supremo Nº 018-85-TR se dispuso que la Ofi cina General de Economía del Trabajo y Productividad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es la encargada de recibir anualmente la planilla mensual de sueldos al 30 de junio de cada año, y la de salarios correspondiente a la semana en que se cumple dicha fecha, de todas las empresas comprendidas en la obligación; Que mediante Decreto Supremo Nº 018-2007-TR se han establecido disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica”, cuya recepción se ha encargado a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, habiéndose aprobado mediante Resolución Ministerial N° 250-2007-TR la información que debe contener dicho documento, Descargado desde www.elperuano.com.pe