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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de abril de 2008 371121 Moisés Eugenio Pacheco Enciso Pasaje aéreo US$ 1196.64 Viáticos US$ 1100.00Tarifa CORPAC US$ 30.25TOTAL US$ 2326.89 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar un informe detallando las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 192286-5 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de Viceministro de Comercio Exterior a Ecuador para participar en reuniones de la Tercera Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación entre la CAN y la UE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2008-MINCETUR Lima, 22 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, con ocasión de la XVII Reunión del Consejo Presidencial Andino, en la ciudad de Tarija, República de Bolivia, el 14 de junio de 2007, fueron lanzadas las negociaciones para lograr un Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Andina - CAN y la Unión Europea – UE, sobre la base de tres pilares: el diálogo político, la cooperación y el comercio; siendo el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo el responsable del grupo de negociación del pilar comercial; Que, el componente comercial de dicho Acuerdo de Asociación permitirá incrementar y consolidar el acceso de los productos del Perú a los mercados de bienes y servicios de la Unión Europea, así como incentivar la inversión extranjera directa proveniente de la Unión Europea; Que, a la fecha se han llevado a cabo dos rondas de negociaciones del Acuerdo de Asociación CAN-UE, habiéndose programado la Tercera Ronda los días 21 a 25 de abril de 2008, en la ciudad de Quito, República de Ecuador, precedida de reuniones de coordinación previas, los días 19 y 20 de abril, a realizarse en la misma ciudad; Que, es conveniente la participación del Viceministro de Comercio Exterior en la referida Ronda de Negociaciones, por lo que procede autorizar su viaje a la ciudad de Quito; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR es el organismo público responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias, Que, la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley N° 29142 antes citada, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Eduardo Ferreyros Kuppers, Viceministro de Comercio Exterior, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 23 al 24 de abril de 2008, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en las reuniones de la Tercera Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Andina - CAN y la Unión Europea - UE, a realizarse en dicha ciudad. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$ 1 186,35 Viáticos (US$ 200,00 x 2 días): US$ 400,00Tarifa CORPAC: US$ 30,25 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Articulo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 192286-7 DEFENSA Exoneran de proceso de selección la contratación de especialista para el dictado de curso taller en instalaciones del SENAMHI RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL EJECUTIVA N° 0103-SENAMHI-PREJ-OGP/2008 Lima, 16 de abril de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe