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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de abril de 2008 371124 públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 23 al 24 de abril de 2008, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Daniel Chávez-Taffur Schmidt, Director de Comunidad Sudamericana de Naciones, de la Dirección General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad Andina, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, quien participará como delegado peruano en la LI Reunión del Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR y Estados Asociados (FCCP). Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 - Integración Política y Negociaciones Económico-Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo con el detalle siguiente: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Carlos Daniel Chávez-Taffur Schmidt 1,174.00 200.00 2+1 600.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 191238-1 Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Brasil para participar en la IV Reunión del Grupo de Trabajo Binacional sobre Cooperación Amazónica y Desarrollo Fronterizo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0513-2008-RE Lima, 21 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, en noviembre del año 2006, los presidentes del Perú y Brasil acordaron impulsar el desarrollo y la integración de las áreas de frontera en las que existe mayor interacción entre poblaciones de ambos países e instruyeron a sus Cancillerías para que intensifi quen esfuerzos intersectoriales que permitan contar en breve plazo con planes y proyectos conjuntos y complementarios para el desarrollo sostenible en las cuencas del río Yavarí (Islandia-Perú y Benjamín Constant-Brasil), del río Purús (Puerto Esperanza-Perú y Santa Rosa-Brasil) y del río Acre (Iñapari-Perú y Assís Brasil-Brasil)”; Que, en agosto de 2007, los Ministros de Relaciones Exteriores del Perú y Brasil acordaron reactivar el Grupo de Trabajo Binacional (GTB) sobre Cooperación Amazónica y Desarrollo Fronterizo, así como convocar a su IV Reunión y encargarle la formulación de los programas y proyectos de desarrollo sostenible para las áreas de frontera priorizadas por los Presidentes; Que, la República Federativa del Brasil ha propuesto realizar la referida reunión, los días 24 y 25 de abril de 2008, en la ciudad de Río de Janeiro de dicho país; Teniendo en cuenta el Memorándum (DDF) N° DDF0093/2008 de la Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo, de 4 de abril de 2008; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 24 al 25 de abril de 2008, para que participen en la IV Reunión del Grupo de Trabajo Binacional sobre Cooperación Amazónica y Desarrollo Fronterizo: Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Eduardo Martinetti Macedo, Director Nacional de Desarrollo Fronterizo, de la Subsecretaría para Asuntos de América; Consejero en el Servicio Diplomático de la República Lanzeth Nicanor Ludeña López, Cónsul General del Perú en Río Branco, República Federativa del Brasil; y, Señor Javier Lossio Olavarría, funcionario de la Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Eduardo Martinetti Macedo; y del señor Javier Lossio Olavaria, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 00917: Implementación de los Planes de Desarrollo Fronterizo, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Julio Eduardo Martinetti Macedo 989.25 200.00 2+1 600.00 30.25 Javier Lossio Olavaria 989.25 200.00 2+1 600.00 30.25 Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el viaje del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Lanzeth Nicanor Ludeña López, serán asumidos por la Asignación para Gastos de Funcionamiento y Gestión del Consulado General del Perú en Río Branco, República Federativa del Brasil. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, los mencionados funcionarios deberán presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Descargado desde www.elperuano.com.pe