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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (23/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de abril de 2008 371129 De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, su modifi catoria y ampliatorias, y la Resolución Directoral Nº 009-2007-EF/68.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Selección de Distritos a intervenir con el Componente “La Calle Mi Barrio” en las zonas declaradas en emergencia. Aprobar la selección de diecisiete (17) Distritos ubicados en las zonas declaradas en emergencia mediante el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, su modifi catoria y ampliatorias, en los cuales se ejecutarán diecinueve (19) proyectos de inversión pública en el marco del Componente “La Calle de Mi Barrio” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, detallados en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Selección de Centros Poblados a intervenir con el Componente “Mejorando Mi Pueblo” en las zonas declaradas en emergencia Aprobar la selección de dos (02) Centros Poblados, ubicados en las zonas declaradas en emergencia mediante el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM , su modifi catoria y ampliatorias, en los cuales se ejecutarán tres (03) proyectos de inversión pública en el marco del Componente “Mejorando Mi Pueblo” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, detallados en el Anexo B que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Del fi nanciamiento Las intervenciones a ejecutarse en los distritos y centros poblados seleccionados, descritos en los Anexos A y B de la presente Resolución Ministerial, serán fi nanciados en un 100% por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, correspondientes al ejercicio presupuestal 2008, en atención a que se encuentran ubicados en zonas declaradas en emergencia. Artículo 4º.- Autorización de Ejecución de Expedientes Técnicos Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos, así como la ejecución de los Proyectos una vez que los proyectos sean declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP, para las obras de los Componentes “La Calle de Mi Barrio” y “Mejorando Mi Pueblo” a ejecutarse en las zonas declaradas en emergencia por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM sus modifi catorias y ampliatorias, para su posterior aprobación mediante Resolución Directoral del Director Nacional de Urbanismo, en tanto se apruebe el Manual de Operaciones del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento R.M. Nº 115-2008-VIVIENDA ANEXO A DISTRITOS A INTERVENIR EN ZONA DE EMERGENCIA PROYECTO “LA CALLE DE MI BARRIO” DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO ICA PISCO PISCO ICA PISCO SAN CLEMENTE ICA PISCO SAN ANDRES ICA PISCO INDEPENDENCIA ICA PISCO TUPAC AMARU INCA ICA CHINCHA CHINCHA ALTA ICA CHINCHA GROCIO PRADO ICA CHINCHA PUEBLO NUEVO ICA CHINCHA SUNAMPE ICA ICA ICA ICA ICA LOS AQUIJES ICA ICA PARCONA ICA ICA SALAS ICA ICA SUBTANJALLA LIMA CAÑETE IMPERIAL LIMA CAÑETE NUEVO IMPERIAL LIMA CAÑETE SAN VICENTE DE CAÑETE ANEXO B LISTA DE CENTROS POBLADOS A INTERVENIR EN ZONA DE EMERGENCIA PROYECTO “MEJORANDO MI PUEBLO” DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO ICA PISCO HUMAY BERNALES ICA PISCO PISCO SAN MIGUEL 191927-1 Disponen que PROINVERSIÓN transfiera bienes y activos que se obtengan por ejecución de proyecto de mejoramiento de sistema de agua a la Municipalidad Distrital de Cristo Nos Valga RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2008-VIVIENDA Lima, 22 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28401 se estableció que los programas ejecutados en aplicación del tercer párrafo del artículo 33º del Decreto Supremo Nº 070-92-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 033-93-PCM, con rango de Ley según la Ley Nº 26438, incluyen programas de carácter social destinados a la ejecución de proyectos de desarrollo sostenible en benefi cio de la población ubicada en la zona de infl uencia del proyecto promovido; Que, a tal efecto, el artículo 1º de la Ley Nº 28401 dispone que los programas de carácter social antes citados, se ejecutan a través de un fideicomiso, en el cual el Estado participa como fideicomitente representado por la empresa incluida en el proceso de promoción de la inversión privada y otra entidad designada por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Resolución Ministerial Nº 490-2004-EF.10, se designó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada-PROINVERSION, como representante del Estado en calidad de Fideicomitente en los Fidecoimisos que se constituyan para la ejecución de los programas de carácter social que se realicen en el marco de la Ley Nº 28401; Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2005-EF se reglamentó la Ley Nº 28401, estableciéndose que PROINVERSION y la empresa incluida en el proceso de promoción de la inversión privada se encuentran facultados para transferir directamente los bienes y activos obtenidos como consecuencia de la ejecución de los proyectos de carácter social a que se refi ere la Descargado desde www.elperuano.com.pe