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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de abril de 2008 371134 Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 191107-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1019-2008 Lima, 9 de abril de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por la señora Patricia Esperanza Coloma Diez Canseco para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 001-2008-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señora Patricia Esperanza Coloma Diez Canseco con matrícula Nº N-3928 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 191069-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren la apertura de agencia en Ica RESOLUCIÓN SBS Nº 1022-2008 Lima, 9 de abril de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren para que se le autorice la apertura de una agencia en la Avenida San Martín Nº 1218 Urbanización San Isidro, distrito, provincia y departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren ha cumplido con presentar la documentación exigida para la apertura de la ofi cina especial solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “A” mediante el Informe Nº 087-2008-DEM “A”; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Resolución SBS Nº 775-2008 y uso de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005 y Resolución SBS Nº 293-2008 del 14 de febrero de 2008; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren, la apertura de una agencia ubicada en la Avenida San Martín Nº 1218 Urbanización San Isidro, distrito, provincia y departamento de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 191075-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Modifican Normas Contables de las Instituciones de Compensaciones y Liquidación de Valores - ICLV RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 018-2008-EF/94.01.2 Lima, 21 de abril de 2008 VISTO:El Memorándum Nº 971-2008-EF/94.04.1 de fecha 7 de abril de 2008 presentado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Final del Reglamento de Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 031-99-EF/94.10 y sus modifi catorias, dispone que las normas que regulen el Plan de Cuentas de las Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores serán dictadas por CONASEV; Que, con el fi n de dar cumplimiento a la disposición antes referida y uniformizar el tratamiento contable, así como el régimen de información a que están obligadas las Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores, se aprobaron mediante Resolución CONASEV Nº 027-2000-EF/94.10, modifi cada por Resoluciones Gerencia General Nºs. 001-2003-EF/94.11, 064-2003-EF/94.11 y 015-2005-EF/94.11, así como por Resolución CONASEV Nº 098-2003-EF/94.10, las Normas Contables de las Descargado desde www.elperuano.com.pe