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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de abril de 2008 371229 VISTOS: El Informe Técnico Nº 030-2008-JAUIDU-MDM, el Informe Legal Nº 005-2008- AJ-MDM-H y los Acuerdos de la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de Marzo de 2008 donde se acuerda la declaratoria en Situación de Emergencia la adquisición de bienes y servicios para atender las emergencias por desastres naturales ocurridas en el presente mes dentro del distrito de Monzón. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fi scalizadoras, y al Alcalde, las funciones ejecutivas. Que, el Art. 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que: Los Acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, el Supremo Gobierno, mediante Decreto Supremo Nº 020-2008-PCM de fecha 13 de Marzo de 2008, ha declarado en Estado de Emergencia por desastre natural los departamentos de Huánuco y Amazonas, dando facultades a los sectores involucrados, entre ellos a los Gobiernos Locales a ejecutar las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas. Que, en los artículos 20º y 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, concordante con el Art. 142º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, establecen las formalidades de los procedimientos no sujetos al proceso de selección, asimismo establece sobre la situación de emergencia, aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. Que, asimismo el Art. 19º inciso c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que: Están exonerados de los procesos de selección para las adquisiciones y contrataciones que se realice en situaciones de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la Ley Que, es relevante para la entidad actuar de manera inmediata frente a los desastres naturales que se han producido dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Monzón, los mismos que han cobrado daños irreparables como son: La pérdida de vidas humanas, la obstrucción de vías de comunicación, la pérdida de viviendas y cultivos agrícolas de más que han afectado a más de 200 familias; por lo que se hace necesario adquirir de inmediato bienes y contratar servicios para atender a los damnifi cados, realizar acciones de rehabilitación de las infraestructuras sociales dañadas, y para realizar acciones de prevención frente a las nuevas contingencias que pudieran acarrear mayores daños. Que, además de atender los desastres de la naturaleza con trabajos de rehabilitación, se hace necesario la continuidad de la ejecución de las importantes obras de desarrollo que se encuentran paralizadas debido a los desastres, tales como: La ejecución de las 06 Obras programadas y fi nanciadas por el Programa de Reparaciones Colectivas de la CMAN – PCM, la ejecución del Proyecto de Electrifi cación II Etapa, la Construcción de la carretera de Integración Interregional Huánuco – Ancash, la construcción de 01 obra de infraestructura del Centro de Salud III Etapa y 01 obra del Complejo Educativo de Monzón. En uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; el Artículo 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y el Artículo 142º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; Con el voto unánime de los señores Regidores del Concejo Distrital de Monzón; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en SITUACIÓN DE EMERGENCIA la adquisición de materiales de construcción, insumos, artículos de primeros auxilios, herramientas, para la atención de los damnifi cados por desastres naturales, más combustible y repuestos para la maquinaria pesada que se empleará en la rehabilitación de los tramos colapsados a lo largo de la carretera Tingo María – Monzón - Chapacara y de los Caminos Vecinales de Chaupiyacu, Camote y La Chacrita, dañadas por aluviones y deslizamiento de taludes; así como la defensa ribereña del Río Monzón y Río Rondos, por el espacio de 30 días hábiles. Artículo Segundo.- EXONERAR, del Proceso de Selección la adquisición de los materiales, insumos, artículos de primeros auxilios, herramientas, combustible y repuestos para la maquinaria, en la cantidad y monto que se detalla a continuación: ITEM DESCRIPCIÓNVALOR REFERENCIAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO 01 MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN S/ 25,000.00 FONCOMUN 02 HERRAMIENTAS S/ 2,000.00 FONCOMUN 03 ARTICULOS DE PRIMEROS AUXILIOS S/ 1,000.00 FONCOMUN04 COMBUSTIBLE Y CARBURANTES S/ 12,000.00 FONCOMUN05 REPUESTOS DE TRACTOR ORUGA D7-GS/ 60,000.00 FONCOMUN Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Comité Especial Permanente de la Municipalidad a adoptar las acciones correspondientes de la referidas adquisición de bienes señalados en el artículo precedente. Artículo Cuarto.- HACER, de conocimiento a la Contraloría General de la República y del CONSUCODE, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM. Artículo Quinto.- DISPONER, a la Secretaría General de la Municipalidad, realice la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IBURCIO MORALES BALTAZAR Alcalde 191798-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO Exoneran de proceso de selección la contratación de ejecución de obra de electrificación rural ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2008-MDPN-F Pueblo Nuevo, 9 de abril del 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO, PROVINCIA DE FERREÑAFE – REGIÓN LAMBAYEQUE VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 9 de abril del 2008, los Informes Nºs. Nº 020-2008-GM- MDPN-F de la Gerencia Municipal y Nº 07-2008 de Asesoría Legal Externa, referentes a procedimiento de declaración en situación de desabastecimiento para la ejecución de obra y servicios de supervisión; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, a través de la Unidad Formuladora ha gestionado la Viabilidad del Proyecto de Inversión Pública “Construcción Electrifi cación Rural de los Caseríos Checlefe, La Yovera, San Roque, Macalopu, Manrique y La Capilla”, distrito de Pueblo Nuevo – Ferreñafe – Lambayeque”, habiéndosele asignado el código SNIP Nº 46318, el mismo que ha sido propuesto al Ministerio de Energía y Minas para su consideración y fi nanciamiento. Que, con Acuerdo de Concejo Municipal de fecha 4 de enero del 2008, se aprueba el convenio por el cual el Ministerio de Energía y Minas encarga a la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo la ejecución del Proyecto Descargado desde www.elperuano.com.pe