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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (25/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de abril de 2008 371275 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: La Ordenanza Nº 110 del 21.04.2007, el Documento con Registro Nº 17619-S1-2008 de fecha 25.03.2008 que contiene el Ofi cio Nº 004-090-00004580, el Informe Nº 170-2008-MDSJL-GDU/AL de fecha 08.04.2008, el Memorándum Nº 443-2008-GP/MDSJL de fecha 09.04.2008, el Informe Nº 017-2008-MDSJL-GDU/SGHU de fecha 08.04.2008, el Informe Nº 214-2008-GAJ/MSJL de fecha 15.04.2008, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, se señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad. Que, el Artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 110 del 21.04.2007 y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 27.04.2007, se aprueba el “Procedimiento de Visación de Planos para Asentamientos Humanos y Organizaciones Sociales con fi nes de vivienda para acceder a los servicios públicos básicos”, precisándose su fecha de entrada mediante Decreto de Alcaldía Nº 027 de fecha 21.11.2007 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 26.11.2007. Que, en cumplimiento a lo estipulado por el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, dicha Ordenanza fue remitida a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación; luego de lo cual mediante Ofi cio Nº 004- 090-00004580, el Servicio de Administración Tributaria ha formulado observaciones técnicas y legales detectadas durante la evaluación de la solicitud de ratifi cación. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe